El expediente que podría frenar proyectos con graves impactos en el medio ambiente
La Corte Constitucional estudiará una demanda de expertos en medio ambiente y justicia ambiental que busca cambiar la forma en que se tramitan las licencias ambientales que permiten, por ejemplo, la explotación de hidrocarburos o la extracción minera. Según el recurso, esos permisos y estudios no tienen en cuenta la lucha contra la crisis climática.
Para comenzar el año judicial, la Corte Constitucional tomó una decisión que abre un camino histórico para el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales en Colombia. A través de un documento de cinco páginas, el magistrado Antonio José Lizarazo Ocampo admitió una demanda que busca cambiar la manera en que se aprueban las licencias ambientales que permiten, por ejemplo, la explotación de hidrocarburos, la producción de energía o la extracción minera. La petición que avaluará el alto tribunal podría ponerle un freno de mano a este tipo de proyectos que producen graves impactos para el medio ambiente por una razón: las licencias y los estudios que los permiten no tienen en cuenta la lucha contra la crisis climática.
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Para comenzar el año judicial, la Corte Constitucional tomó una decisión que abre un camino histórico para el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales en Colombia. A través de un documento de cinco páginas, el magistrado Antonio José Lizarazo Ocampo admitió una demanda que busca cambiar la manera en que se aprueban las licencias ambientales que permiten, por ejemplo, la explotación de hidrocarburos, la producción de energía o la extracción minera. La petición que avaluará el alto tribunal podría ponerle un freno de mano a este tipo de proyectos que producen graves impactos para el medio ambiente por una razón: las licencias y los estudios que los permiten no tienen en cuenta la lucha contra la crisis climática.
Los autores de la demanda son pesos pesados del mundo del derecho y de las iniciativas que han puesto al mundo judicial a pensar en cómo puede contribuir a proteger los recursos naturales. De un lado está el centro de estudios jurídicos y sociales, Dejusticia, y la organización liderada por abogadas afrocolombianas provenientes de distintas regiones del país, Ilex Acción Jurídica. Y por el otro, los investigadores Sibelys Mejía, David Cruz y Julián González. Sus argumentos los condensaron en una demanda que presentaron ante el alto tribunal el año pasado, pero que solo hasta ahora aceptó la Corte después de varias correcciones y ajustes.
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Lo que plantean estos expertos es que la ley que reglamenta la expedición de las licencias ambientales está obsoleta. Es decir, que está desactualizada y necesita un cambio urgente para que Colombia pueda cumplir con los estándares constitucionales y normas del derecho internacional que obligan al Estado colombiano para luchar contra la crisis climática. Se trata de una norma que ya cumple 30 años y que fue aprobaba con el nacimiento de la Constitución Política de 1991 cuando se creó el Ministerio de Ambiente, como una entidad que velaría por proteger el derecho a un ambiente sano, que se incluyó por primera vez en la carta política, y a participar en las decisiones que afectaban su entorno.
Este es el documento con el que la Corte Constitucional aceptó estudiar la demanda:
En el mundo legal se conoce como la Ley 99 de 1993 que, además de crear el ministerio, sentó las bases para que las autoridades emitieran las licencias ambientales para evaluar y autorizar proyectos que pudieran representar un daño grave a los recursos naturales. En términos más prácticos, siempre que una empresa o una persona quiere aprovechar los recursos de un río, una mina o un páramo, debe elaborar un estudio de impacto ambiental en donde avalúe las afectaciones ambientales de su proyecto y diseñar planes para prevenir, mitigar, corregir y compensar los impactos. Luego, ese documento lo reciben las autoridades ambientales para su estudio.
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¿Quiénes son los encargados de esa revisión? Las Corporaciones Autónomas Regionales (CAR), grandes centros urbanos, como Bogotá o Medellín, y la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA). Son ellos quienes tienen la última palabra para la emisión de una licencia, y quienes tienen en cuenta qué tan graves son los daños que plantea el proyecto y de si realmente son viables. Como lo explica la demanda, desde 1993 al sol de hoy, los estudios de impacto ambiental deben cumplir con tres requisitos para evaluar sus impactos: “el análisis de los elementos bióticos (vivos), abióticos (componentes sin vida que afectan a organismos vivos) y socioeconómicos del área en donde se solicita una licencia ambiental”.
Esta es la demanda:
Lo que plantean los demandantes es que esos tres temas, en tiempos de emergencia climática, ya no son suficientes. “Los riesgos climáticos son complejos y sus variables requieren una evaluación especializada y particular, que incluya aspectos como afectación en las economías locales, seguridad alimentaria, riesgos por eventos climáticos catastróficos, entre otros. Lo anterior permitiría que las autoridades ambientales tomen mejores decisiones y que el licenciamiento ambiental se ajusten a los desafíos contemporáneos de la justicia ambiental, social y climática”, se lee en un artículo en el que los autores del recurso explicaron las razones de su demanda.
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Según el recurso que aceptó la Corte Constitucional, existe una relación directa entre las actividades que regulan las licencias ambientales y los graves efectos que tienen y que afectan la ya dramática emergencia climática. “Dentro de los impactos más frecuentes está la remoción de la capa vegetal, que libera CO2. También, para la extracción de hidrocarburos, se queman gases atrapados en el subsuelo que, a su vez, liberan más gases de efecto invernadero”, explican los demandantes. Asimismo, dicen, actividades pueden profundizar los riesgos o vulnerabilidades asociados al cambio climático de las comunidades locales, en especial cuando es necesario modificar cauces de ríos o se afecta el subsuelo.
Lo anterior, además, “incide en la disponibilidad, accesibilidad y calidad de las fuentes de agua, así como en el aumento de riesgos por sequía, inundación o remoción en masa y, consecuentemente, en las actividades de producción de alimentos y otras que les permiten mantener sus economías locales”. En ese mismo documento, así como en las consideraciones que le enviaron a la Corte, los demandantes entregaron cifras para dimensionar la importancia del tema y para insistir en que la lucha contra el cambio climático es ineludible. Recordaron, por ejemplo, que según el Panel Intergubernamental sobre Cambio Climático (IPCC), el planeta necesita reducir urgente las emisiones de gases de efecto invernadero en un ritmo mucho más rápido y en una dimensión más alta de lo que inicialmente se pensaba.
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“La exacerbación de fenómenos climáticos, como huracanes, incendios, sequías e inundaciones, y el agravamiento de desplazamientos climáticos, algunas epidemias y hambrunas, son, según el IPCC, reflejo de cómo el clima nos está cambiando. Proyecciones del Programa de la ONU para el Desarrollo indican que para 2070 la temperatura media en Colombia podría aumentar entre dos y cuatro grados centígrados, reduciendo hasta en un 30% los niveles de lluvias”, dice el artículo. Para los demandantes, estos datos muestran que los Estados deben adoptar medidas para frenar actividades que contribuyen a generar gases de efecto invernadero, pero también las que impactan en la vida de las personas.
Dejusticia, Ilex Acción Jurídica, Sibelys Mejía, David Cruz y Julián González sostienen que, para que el Estado colombiano cumpla con sus obligaciones en la lucha contra el cambio climático, “es urgente que el país pueda identificar cómo los proyectos, obras o actividades que están sometidas a licenciamiento ambiental inciden en las emisiones de gases de efecto invernadero y, consecuentemente, en los compromisos de mitigación de Colombia frente al mundo”. Por eso, lo que le pidieron a la Corte no es que tumbe ese artículo que reglamenta las licencias, sino que declare que el licenciamiento solo puede existir si los permisos se emiten teniendo en cuenta una evaluación para prevenir los efectos del cambio climático.
La decisión del alto tribunal de revisar la demanda también incluyó una invitación masiva para que cualquier persona o entidad que quiera intervenir en el proceso lo haga dentro de los siguientes 10 días. Además, el magistrado Lizarazo le pidió a una serie de expertos, académicos y organizaciones sociales que también intervengan en el caso y les planteó ocho preguntas puntuales para robustecer de argumentos el debate. Una de ellas podría marcar el centro del debate, pues el jurista quiere entender si la lucha contra el cambio climático es una obligación constitucional del Estado que, al no trabajar en su lucha, lo convertiría en un violador del derecho fundamental de los colombianos a gozar de un ambiente sano.
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