El final de las objeciones presidenciales a la JEP

La Corte Constitucional señaló que, en las votaciones en el Congreso, se hundieron los reparos que hizo el presidente Iván Duque a la ley estatutaria de la Jurisdicción Especial para la Paz y que el paso a seguir es que el jefe de Estado sancione la norma sin más demoras.

Redacción Judicial
29 de mayo de 2019 - 11:06 p. m.
Los magistrados Gloria Stela Ortíz y Antonio José Lizarazo, mientras anunciaban el fin de las objeciones a la JEP.
  / Mauricio Alvarado - El Espectador
Los magistrados Gloria Stela Ortíz y Antonio José Lizarazo, mientras anunciaban el fin de las objeciones a la JEP. / Mauricio Alvarado - El Espectador
Foto: MAURICIO ALVARADO
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Estaba cantado. La Corte Constitucional le dio la estocada final a las objeciones que presentó  el presidente Iván Duque Márquez, a la ley estatutaria de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP). El debate político y jurídico que despertó la decisión del primer mandatario, que se conoció el pasado 10 de marzo, estuvo ayer en el orden del día de la Sala Plena del alto tribunal y, luego de estudiar la ponencia que presentó el magistrado Antonio José Lizarazo, quedó claro que el Congreso hundió los reparos a la ley y que ahora no hay ningún otro recurso para aplazar la sanción presidencial de la norma que le hacía falta a la jurisdicción especial para funcionar a cabalidad.

Con siete votos contra uno, la Sala Plena aseguró que en el debate del pasado 2 de mayo en el Senado, sí hubo quórum, pese a los reparos que presentaron varios congresistas quienes aseguraron que las objeciones no se podían hundir pues no había los votos suficientes. Según la Corte, en ese momento había 92 senadores habilitados, que los 14 impedimentos que se presentaron eran legales y que había dos plazas vacantes (una de ellas la de Aída Merlano, capturado por supuestos delitos electorales). Así, los 47 votos que se contaron para hundir las objeciones en esa sesión, fueron suficientes, precisó el alto tribunal. El único en apartarse de esta decisión fue el magistrado Luis Guillermo Guerrero, quien salvó voto.

El magistrado Lizarazo aclaró que, según la documentación que le envió el Congreso, “la votación equivale a la mitad más uno de los votos que integran el Senado”. Es decir, se cumplió con la cuota de votos que requiere la Constitución para hundir una petición como la que presentó Duque sobre la objeciones a la JEP. Pese a que la decisión no tuvo mayor debate jurídico, la Corte Constitucional esquivó una discusión que prometía todavía más polémica. Según le contaron varios funcionarios de la Corte a este diario, la idea de algunos magistrados era que, además de estudiar la ponencia de Lizarazo, el alto tribunal se pronunciara sobre si el presidente podía o no objetar una ley ya revisada por la Corte.

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Sin embargo, esto no sucedió. La razón que dio la presidente del alto tribunal, Gloria Ortiz, fue que el Congreso en ningún momento modificó lo ya dicho por la Corte y que, en consecuencia, no debía pronunciarse de fondo, y “nos limitamos a remitir el proyecto a la presidencia para su sanción”. No sin antes soltar una frase, ante preguntas de los periodistas, que sirvió para concluir el debate que ha acaparado gran parte del ambiente jurídico y político del país: “Frente a decisiones del alto tribunal, no existen más recursos”, dijo la magistrada. Por su parte, tras conocerse la decisión de la Corte Constitucional, el presidente Iván Duque aseguró que acatará la decisión de la Corte.

El jefe de Estado, no obstante, insistió en que los puntos objetados eran necesarios y pidió a los colombianos “reflexionar sobre las herramientas que quedaron abiertas (con esta decisión de la Corte) para corregir las cosas que no están saliendo bien (...) Acato la decisión que toma la Corte Constitucional como colombiano y defensor de la legalidad, pero nunca dejaré de defender los principios de una paz con justicia”, agregó Duque, quien en los próximos días deberá sancionar la ley estatutaria de la JEP, tal cual la aprobó la propia Corte el 16 de agosto del año pasado.

>>¿Quién ganó en el debate de las objeciones a la estatutaria de la JEP? 

Después de la plenaria del Senado del pasado 2 de mayo, en donde se votó si debían o no ser rechazadas las objeciones, el resultado fue de 47 votos a favor de hundirlas y 34 a favor de tenerlas en cuenta. Sin embargo, según la Mesa Directiva del legislativo, para rechazar los reparos se necesitaban 48 votos. Las discrepancias entre los congresistas sobre cuánto debía ser el quórum no se pudieron solucionar ese día y, en consecuencia, le pidieron a la Corte Constitucional que resolviera la duda. Los magistrados aceptaron intervenir, no sin percibir tensión por la trascendencia de su sentencia. Finalmente esta ha sido una de las movidas más importantes del gobierno Duque.

Como trascendió en semanas pasadas, al parecer, a raíz de este expediente, la Embajada de Estados Unidos les retiró la visa a dos magistrados: al propio ponente del caso, Antonio Lizarazo, y a Diana Fajardo. Ambos ya solucionaron el episodio con los estadounidenses, pero no sin dejar una estela de especulaciones por la razón verdadera de la decisión de los diplomáticos. Con la presión de estos episodios, el desayuno en la Embajada que los magistrados rechazaron, más rumores de interceptaciones ilegales de sus comunicaciones, campañas de desprestigio y hasta amenazas, los magistrados no la tuvieron fácil.

Aprobada esta ponencia, la Corte tendrá que expedir un auto pidiendo al presidente Iván Duque que sancione la ley sin más demoras, a lo cual el mandatario, tal y como lo dijo la magistrada Ortiz, no podría oponerse —o, por lo menos, no existen precedentes de ello—.

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Por Redacción Judicial

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