El futuro incierto de la Procuraduría que se resolverá en primer semestre de 2023
La Corte Constitucional estudia la reforma que la Procuraduría impulsó para tener las funciones de un juez y poder destituir a funcionarios de elección popular, como pasó con el hoy presidente Gustavo Petro en 2013. Esto argumentan los expertos, en un debate hasta ahora desfavorable desde la sociedad civil contra la entidad.
Jhoan Sebastian Cote
La Corte Constitucional tiene en sus manos una decisión que podría cambiar el proyecto más importante que la Procuraduría ha construido en los últimos años: la Ley 2094 de 2021, la reforma al órgano de control, que le permite destituir a funcionarios de elección popular, como alcaldes y gobernadores, si encuentra faltas disciplinarias de alta gravedad. La Corte estudia una demanda ciudadana que pide tumbar esa reforma, pues se considera contraria a la Constitución. Para tomar su decisión, el alto tribunal ha recopilado una serie de conceptos que, hasta el momento, marcan el descontento de la academia y reflejan la transición de Gobierno.
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La Corte Constitucional tiene en sus manos una decisión que podría cambiar el proyecto más importante que la Procuraduría ha construido en los últimos años: la Ley 2094 de 2021, la reforma al órgano de control, que le permite destituir a funcionarios de elección popular, como alcaldes y gobernadores, si encuentra faltas disciplinarias de alta gravedad. La Corte estudia una demanda ciudadana que pide tumbar esa reforma, pues se considera contraria a la Constitución. Para tomar su decisión, el alto tribunal ha recopilado una serie de conceptos que, hasta el momento, marcan el descontento de la academia y reflejan la transición de Gobierno.
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La reforma a la Procuraduría tiene su génesis, según la procuradora Margarita Cabello, en el fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos contra Colombia, por la destitución del presidente Gustavo Petro como alcalde en 2013. El entonces procurador Alejandro Ordóñez lo sacó del puesto, dada la emergencia por basuras en Bogotá. No obstante, Petro llevó su caso a instancias internacionales, donde la CorteIDH le respondió a Colombia, en 2014, que la Procuraduría, como entidad administrativa, no puede hacer las veces de un juez penal y destituir funcionarios de elección popular.
En la reforma, la Procuraduría propuso que, entonces, se pudiesen destituir alcaldes y gobernadores siempre y cuando su proceso transite por dos etapas: una de instrucción (investigación) y otra de juzgamiento, que serán adelantadas por funcionarios distintos. Esa es una idea que al Ministerio de Justicia del gobierno de Iván Duque le sonaba. De hecho, este año envió un concepto positivo a la Corte, argumentando que una Procuraduría eficiente es “una manifestación soberana con la pretensión de fortalecer el derecho interno en armonía con el derecho internacional”. Y dejó por escrito que no es cierto que los procuradores generales tengan injerencia en las destituciones.
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Pero, con la llegada de Gustavo Petro al poder, el concepto sobre la Procuraduría de la cartera de Justicia resultó distinto. En entrevista con El Espectador, el ministro Néstor Osuna aseguró que no va a eliminar el órgano de control como en algún fue el rumor, pero que sí está trabajando en un rediseño de sus funciones y una adecuación plena a lo determinado por la Corte IDH en 2014. “A ese estado de cosas tenemos que ponerle remedio pronto mediante las reformas necesarias a nuestro ordenamiento interno que, ciertamente, pasan por retirarle a la Procuraduría las atribuciones sancionatorias frente a los funcionarios elegidos”, dijo.
En defensa de su reforma, la Procuraduría señaló a la Corte Constitucional que, como entidad ejerce la justicia en términos de corrupción. Su función está protegida dado que persigue conductas como sobornos, tráfico de influencias, evasión fiscal, extorsiones, prevaricato, nepotismo, malversación de recursos públicos y conflictos de intereses. La Procuraduría argumentó que ha echado mano a sucesos de trascendencia social, económica y política, que involucran a altos directivos de instituciones y, por supuesto, funcionarios de elección popular.
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La Academia Colombiana de Jurisprudencia considera, por su parte, que los procuradores no deben ocupar el puesto de los jueces. Señala que el órgano de control no puede manejar procesos penales, dado que su objeto no es la investigación y juzgamiento de delitos, sino de faltas disciplinarias. La Universidad del Externado establece que, incluso, en su reforma la Procuraduría habría sido tan ambigua que incluso tendría la capacidad de juzgar a servidores públicos que antes si quiera eran de su resorte. “Las competencias deben ser no solo expresas sino también limitadas”, concluyó la universidad.
La Academia de Derecho Internacional también se opone a la reforma. Señaló que en casos como el de Petro y el opositor venezolano Leopoldo López, quien fue inhabilitado por la Contraloría en 2008, la CorteIDH registró la manera en que el poder jurisdiccional del Estado funcionó para perseguir políticamente a adversarios. Se refirió al voto disidente del entonces juez Pazmiño Freire, en el caso Petro, quien argumentó que, en su momento, la Procuraduría encubrió una intención “persecutoria, discriminatoria o de represalia”. La reforma, bajo esa consideración, dejaría las puertas abiertas a una “guerra judicial” y, por tanto, sería contraria a la Constitución.
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La Universidad de los Andes, al contrario, consideró que este es un debate que tiene su origen en la Constitución y, para no ir más lejos, en ella se establece que la Procuraduría vigila la conducta de quienes desempeña funciones públicas y entre sus funciones tiene “imponer las respectivas sanciones conforme a la ley”. Y, en principio, la reforma estaría reforzando lo escrito desde 1991. Sin embargo, la universidad reprocha que el trámite de la norma se adelantó como una ley ordinaria, cuando debería haberse surtido en debates más profundos como ley estatutaria, ya que modifica la administración de la justicia nacional.
Con esos argumentos, la Corte Constitucional decidirá si le da validez a la reforma a la Procuraduría que fue anunciada hace más de un año y que pende del hilo de los magistrados del alto tribunal. La Procuraduría concluye exponiendo que la reforma, en general, representa mayores garantías para los funcionarios públicos denunciados. Por ejemplo, desde el año pasado los procesados tienen derecho a una segunda instancia, que igual tendrá una última ronda a través de una revisión del Consejo de Estado. El 2023 marcará el futuro del órgano de control del cual, aparte, el ministro Osuna buscará reubicar a algunos de sus funcionarios.
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