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                                                                                                                                El mico en la ley de presupuesto que ni la Corte Constitucional ha logrado frenar

                                                                                                                                El alto tribunal declaró que se trata de un expediente de urgencia nacional. Sin embargo, esa decisión no tiene efectos en el corto plazo y, aunque la Corte tuvo la oportunidad de frenarlo, no lo hizo. Detalles de una polémica discusión.

                                                                                                                                Corte Constitucional - Sala Plena
                                                                                                                                Foto: Mauricio Alvarado / El... - Mauricio Alvarado
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Gánale la carrera a la desinformación NO TE QUEDES CON LAS GANAS DE LEER ESTE ARTÍCULO

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                                                                                                                                Foto: Mauricio Alvarado / El... - Mauricio Alvarado
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Todo arranca cuando el gobierno presentó la ley de presupuesto y allí incluyó una modificación a un artículo de una norma completamente distinta: la ley de garantías. La explicación del ejecutivo es que se trataba de una apuesta para la reactivación económica del país y para incentivar empleo en las regiones. Sin embargo, el cambio en ese artículo implicaba volver a  una práctica que ha estado prohibida desde 2005: celebrar contratos entre la Nación y las regiones antes de las elecciones y de esta manera, evitar que los gobernantes, en especial el presidente, usen la contratación para favorecerse en el proceso electoral.

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                A pesar de las advertencias de que se estaba avalando un acto controversial en plenas campañas políticas, el Congreso aprobó ese cambio. Con un agravante todavía más polémico: la ley de garantías es una norma estatutaria y no ordinaria. La diferencia es crucial pues, a grandes rasgos, mientras la segunda tiene un proceso más sencillo para aprobarse en el legislativo y solo necesita la firma del presidente para cobrar vigencia, la segunda es mucho más exigente durante su aprobación y, sí o sí, debe tener el control previo, automático e integral de la Corte Constitucional antes de cobrar vida.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Ahí, de nuevo, el tema vuelve al terreno de lo técnico y jurídico. Los magistrados Alejandro Linares, Antonio José Lizarazo, Cristina Pardo, Gloria Ortiz y Paola Meneses explicaron que la Constitución no permite que la Corte Constitucional suspenda o emita medidas cautelares para detener la vigencia de un acto administrativo (en este caso, la ley de presupuesto). Los únicos facultados para hacerlo son los jueces de lo contencioso administrativo (como el Consejo de Estado) y nunca un juez constitucional. En otras palabras, así la Corte quisiera suspender una norma de este tipo, no tiene los dientes para hacerlo.

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                Aunque la propuesta de Fajardo terminó derrotada, la Sala llegó a otra fórmula porque sabe la importancia del expediente. Con ponencia del magistrado Jorge Enrique Ibáñez, la Corte declaró que se trata de un expediente de urgencia nacional, es decir, que tendrá prioridad por encima de cualquier expediente. Esta estrategia es clave para el futuro del caso porque, además de poder estudiarlo con rapidez, la sentencia que finalmente se emita en este caso podría contener duras sanciones, penales o disciplinarias, para quienes hayan podido cometer irregularidades en el trámite de esta polémica ley.

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                Lea también: Corte Constitucional, último intento para evitar cambios a la Ley de Garantías

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                Lea aquí: Corte Constitucional acepta 21 demandas contra modificación a la Ley de Garantías

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

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