El nuevo Código Electoral empezó a moverse en la Corte Constitucional
La norma de más de 250 artículos se enfrenta a un estudio por parte del alto tribunal. La intención del magistrado ponente, Jorge Enrique Ibáñez, es que haya una decisión de fondo antes de las elecciones presidenciales. Así va el expediente.
A toda marcha. Así se encuentra el despacho de Jorge Enrique Ibáñez, magistrado de la Corte Constitucional, que tiene la tarea de estudiar los más de 250 artículos del nuevo Código Electoral que pretende reformar las elecciones en Colombia y definir si se ajustan a la Constitución o no. Una decisión crucial de cara a las jornadas electorales del próximo año, pues desde el alto tribunal aseguran que se conocerá antes de las primeras elecciones al Congreso en mayo. Su contenido es la apuesta del gobierno Duque y varias colectividades de actualizar unas reglas que no se tocan desde 1986 para modernizarlas y blindar las contiendas de posibles actos de corrupción.
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A toda marcha. Así se encuentra el despacho de Jorge Enrique Ibáñez, magistrado de la Corte Constitucional, que tiene la tarea de estudiar los más de 250 artículos del nuevo Código Electoral que pretende reformar las elecciones en Colombia y definir si se ajustan a la Constitución o no. Una decisión crucial de cara a las jornadas electorales del próximo año, pues desde el alto tribunal aseguran que se conocerá antes de las primeras elecciones al Congreso en mayo. Su contenido es la apuesta del gobierno Duque y varias colectividades de actualizar unas reglas que no se tocan desde 1986 para modernizarlas y blindar las contiendas de posibles actos de corrupción.
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Para participar del estudio que deberá hacer el alto tribunal, con base en la ponencia que presente el magistrado Jorge Enrique Ibáñez, a la Corte han llegado más de 22 conceptos de expertos, juristas, partidos políticos y entidades públicas. Allí, expresan su postura frente a la importancia del expediente, pero también los peros que considera tiene el articulado que estudiarán los magistrados en Sala Plena. El último concepto en llegar fue el de la Procuraduría. Del puño de la propia procuradora Margarita Cabello, el ente disciplinario señaló, en un documento de 144 páginas, que está de acuerdo con darle luz verde a la iniciativa del Gobierno.
El Ministerio Público, entre otras cosas, le pidió al alto tribunal ponerle acelerador al tema de estudio porque se acercan las elecciones en las que se definirá el nombre del nuevo jefe de Estado. A su juicio, “es imperioso un pronunciamiento oportuno sobre el cuerpo normativo a efectos de evitar inseguridad jurídica en el desarrollo de las mismas”. El documento firmado por Cabello estudió más de 250 artículos y sobre estos estimó que el alto tribunal sólo debía declarar inexequibles tres expresiones que reposan en artículos diferentes. Otros actores importantes en esta discusión son los partidos políticos y las entidades que integran el orden electoral que también enviaron sus conceptos.
Reforma al Código Electoral: puntos claves y sus controversias
Desde el partido político Mira, por ejemplo, le pidieron a la Corte declarar la constitucionalidad del nuevo código. Entre sus argumentos, expresaron que la nueva reforma busca que el ciudadano tenga acceso a las urnas. Apoyan la iniciativa de instalar puestos de votación en zonas suburbanas y centros rurales en resguardos indígenas y consejos comunitarios. A su juicio, con ello atienden las condiciones de distancia que antes era un impedimento para que los colombianos que habitan zonas alejadas del país pudieran ejercer el derecho al voto. También destacaron el componente tecnológico que se incorporará, pues uno de los puntos claves es la modernización del sistema.
En concreto, la ley estatutaria que estudia la Corte (lo hace de manera automática para revisar si se ajusta a la Constitución) habla sobre la introducción al sistema electoral del país de tecnología biométrica, el voto electrónico mixto (en lugar de marcar un tarjetón con un esfero, el elector elige a su candidato en una máquina que imprime en un papel su selección para depositarlo en una urna) y la adquisición de un software propio para la realización de los escrutinios. Otra de las novedades de la naciente reforma es la regla que obliga a cualquier partido que quiera aspirar a cinco o más curules a que la mitad de sus listas esté compuesta por candidatas.
Sobre otras intervenciones, el partido de la U también remitió su concepto a la Corte. Allí consignó su respaldo a la nueva reforma electoral que no se había actualizado en tres décadas. La colectividad, en este caso, si bien resaltó la igualdad que brinda el Código frente a la posibilidad de que los partidos políticos incluyan en sus equipos personas en condición de discapacidad, de la comunidad LGBTI y cualquier otra población, señaló que el hecho de que se deje esta facultad, únicamente a los partidos políticos, desconoce la existencia de otras modalidades de agrupación política y representación democrática. Otro reparo que también reposa en el despacho del magistrado Ibáñez es el de Colombia Humana.
El grupo político, liderado por el senador Gustavo Petro, reprochó que el nuevo código no permitiría que un movimiento que haya alcanzado gran número de votos en las elecciones pueda ser inscrito como partido político si no tiene la personería jurídica que le otorga el Consejo Nacional Electoral (CNE). Esa puja la zanjó el senador ante la Corte Constitucional y, a través de una acción legal, le otorgaron esa figura jurídica para establecer la Colombia Humana como partido político. Otro concepto inconforme con el proyecto es el de la Cámara Colombiana de Informática y Telecomunicaciones, que expresó que habría violación a varios derechos fundamentales en el nuevo código.
En su concepto, la entidad consideró que era pertinente un estudio detallado de la Corte Constitucional por vicios de fondo, y no solo de forma, debido a que están involucrados derechos fundamentales respecto al uso de información biométrica (como huellas digitales) y el tratamiento de datos sensibles que, a su juicio, pueden quedar al descubierto una vez se implemente su utilización. “La medida propuesta en el artículo 44 implicaría la generación de un monopolio estatal (en cabeza de la Registraduría Nacional) de los datos biométricos o sistemas de autenticación”, expuso la Cámara Colombiana de Informática y Telecomunicaciones.
La Registraduría Nacional y el CNE, por su parte, expresaron su visto bueno a esta ley estatutaria. Las entidades, encargadas en gran parte de las contiendas electorales, coincidieron en que el proyecto pretende fomentar garantías de vigilancia, control y acceso a las tecnologías durante los próximos escrutinios. Con estos argumentos, el balón ahora está en la cancha del magistrado Ibáñez, quien, tras su análisis, tiene la responsabilidad de llevar la ponencia a Sala Plena para que los magistrados tomen una decisión de fondo. Se espera que el ponente entregue el proyecto de fallo en los próximos días para ponerle el acelerador al debate con sus compañeros.