El rol de Coproagrosur en el despojo paramilitar en Bolívar
Por aliarse con las autodefensas, la Corte Suprema de Justicia acaba de ratificar la condena a Luis Bernardo Gaviria gerente de la cooperativa.
Para 1999, en pleno fragor del conflicto, paramilitares del Bloque Central Bolívar de las Autodefensas Unidas de Colombia le quitaron a la fuerza la finca “Patio Bonito” a sus dueños Jairo y Fredy Triviño Alzate. Se trata de un predio ubicado en el corregimiento de San Blas en Simití (Bolívar) que se convirtió en un centro de operaciones de narcotráfico, mientras que sus propietarios tuvieron que salir desplazadas por amenazas. Por estos hechos, la Corte Suprema de Justicia acaba de ratificar la condena a Luis Bernando Gaviria del Río, entonces gerente de la cooperativa Coproagrosur.
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Para 1999, en pleno fragor del conflicto, paramilitares del Bloque Central Bolívar de las Autodefensas Unidas de Colombia le quitaron a la fuerza la finca “Patio Bonito” a sus dueños Jairo y Fredy Triviño Alzate. Se trata de un predio ubicado en el corregimiento de San Blas en Simití (Bolívar) que se convirtió en un centro de operaciones de narcotráfico, mientras que sus propietarios tuvieron que salir desplazadas por amenazas. Por estos hechos, la Corte Suprema de Justicia acaba de ratificar la condena a Luis Bernando Gaviria del Río, entonces gerente de la cooperativa Coproagrosur.
Y es que si bien fueron los paramilitares conocidos como Pedro Mafia y Camilo Dueñas quienes sustrajeron la finca a los Triviño Álzate con un pago irrisorio, las amenazas continuaron en el tiempo. En 2006 uno de los hermanos fue obligado a firmar un poder para transferir el dominio del terreno a manos de Gaviria del Río que manejaba una cooperativa que, en ese entonces, tenía como objeto social la erradicación de cultivos ilícitos y su reemplazo por cultivos de palma africana. Sin embargo, la justicia probó que el proyecto era dirigido y auspiciado por excomandantes desmovilizados de las Autodefensas.
Gaviria del Río fue condenado por el Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Cartagena en febrero de 2017 condenó al acusado a la pena principal a 6 años y 9 meses de prisión por concierto para delinquir agravado. Esa decisión quedó en firme por el Tribunal Superior de dicha ciudad en octubre de 2018 y acaba de ser ratificada por la Corte Suprema que estudió un recurso extraordinario con el cual el empresario buscaba quedar libre. Luis Bernardo Gaviria fue detenido en mayo de 2012 y en su defensa alegaba que la cooperativa había comprado los terrenos sin que nunca fuera advertido de la presión paramilitar ni del despojo o el desplazamiento.
En este caso, la Fiscalía señaló que, si bien Gaviria del Río no ocasionó el desplazamiento, “con su actuar apoyó a quienes, a través de las armas, obligaron a salir a los señores Triviño de su tierra”. Los jueces de instancia insistieron en que esto permitió la continuidad del desplazamiento e indicaron que el empresario sí sabía de los intereses que tenían los paramilitares en dicha finca que pasó luego, “inexplicablemente a sus manos en virtud de contrato de compraventa”.
“Si le fue o no entregada (a los Triviño) alguna remuneración por la enajenación del predio, ello no desdice que haya sido obligado a salir de la propiedad bajo coacción y a firmar el poder con el cual se efectuó el traslado jurídico del mismo, eje fundamental de su declaración (…) La influencia ejercida por los denominados grupos paramilitares en el sur del Bolívar y en muchas regiones del país, fue correlativa al empleo de la violencia sobre los miembros de la población civil y, el desplazamiento que se concretó con la finalidad de resguardar sus vidas”, señaló la Corte Suprema.
En fallo conocido por El Espectador, la Sala Penal indicó que los poderes no fueron entregados de manera voluntaria por los hermanos Triviño y resaltó que la firma de uno de ellos fue falsificada: “No es sólo es la pertenencia a la cooperativa de la que se deduce el compromiso penal, sino haberse acreditado que Luis Bernardo del Río se concertó con los paramilitares para que por intermedio suyo se obtuvieran los títulos de la propiedad de las tierras de los Triviño, con la finalidad de establecer cultivos de palma africana”.
“La organización paramilitar estuvo detrás de la conformación de cooperativas palmicultoras que se establecieron para esa época, controlaban sus operaciones y se beneficiaban de sus utilidades, como ha sido documentado en decisiones judiciales ya ejecutoriadas, al punto que, Coproagrosur fue entregada por «Macaco» a la jurisdicción transicional con fines de reparación de las víctimas”, insistió la Corte. En el caso declaró Hernán Ospina Escobar, alias Llavecita, quien ratificó que la si bien la cooperativa Coproagrosur inicialmente fue una iniciativa campesina, pasó a ser un activo paramilitar.
“Así, informó que luego de propiciar su creación con algunos líderes comunitarios, se truncó por oposición del grupo paramilitar a través del comandante «Gustavo», quien, posteriormente, decidiría darle impulso involucrándose en el proyecto de sustitución de cultivos ilícitos como una alternativa de debilitamiento de la guerrilla que se financiaba con ellos -esto según se lo manifestó alias «Julián Bolívar» a Hernán Ospina- y para el cual, incluso, se impuso como asociados a miembros o familiares del bloque central Bolívar que operaba en la zona”.
Según el testigo, nombre Coproagrosur fue impuesto por Iván Roberto Duque Gaviria, alias Ernesto Báez» mientras que Carlos Mario Jiménez alias Macaco facilitó la semilla para los cultivos en el vivero que se instalaron. Según dijo Ospina Escobar, nada se hacía sin aprobación de los paramilitares, quienes de manera rutinaria visitaban la cooperativa e impartían órdenes. Incluso dijo que Gaviria del Río para poder ocupar la gerencia debía tener aval de los paramilitares.
Según la Corte Suprema, el testigo aceptó que entre las fincas cuya posesión tenía el grupo paramilitar, “estaba la conocida como «la dos» o «patio bonito», lugar donde efectivamente llegaban los paramilitares e incluso aterrizaban sus helicópteros, siendo un hecho conocido por toda la comunidad, misma respecto de la cual, Luis Bernardo Gaviria del Río firmó escrituras para aparecer como su propietario en el año 2006, lo cual, sucedió porque así se lo manifestó Carlos Mario Jiménez, al pedirle colaboración con el proceso de legalización de predios de los que tenían su posesión”.
Según la Corte Suprema, esto evidencia que Gaviria del Río sí sabía del aprovechamiento de la finca que hacía alias Macaco, “de quien admitió haber mantenido contacto, precisamente, cuando indicó que le fue requerida su asesoría para la siembra de palma en dicho terreno (…) Luego, a sabiendas de que ese predio estaba bajo el dominio de las autodefensas, pues así lo había podido corroborar directamente, no aparece admisible que prestara su nombre sin ninguna inquietud para aparecer como su propietario, situación a la que se procedió, según lo indicó Ospina Escobar, por expresa disposición de Carlos Mario Jiménez”.
“Todo lo anterior, revela, sin duda alguna, la vinculación del procesado con el grupo paramilitar y su compromiso con el desplazamiento forzado del cual fueron víctimas los hermanos Álzate, pues contribuyó a mantener el despojo de su bien inmueble. Siendo este el panorama, permite afirmar que las pruebas no fueron ignoradas, sino que su estudio conjunto lleva a concluir la materialidad de la conducta y la responsabilidad del acusado en los términos decantados en las sentencias de primer y segundo grado”, precisó la Corte.