El ultimátum de la Corte Constitucional para legislar sobre las corridas de toros

El alto tribunal le dio un plazo de dos años al Congreso de la República para que regule la ley que impone sanciones y multas al maltrato animal en Colombia.

Redacción Judicial
10 de febrero de 2017 - 10:49 a. m.
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Para la Corte Constitucional la ley 1774 de 2016 que fijó multas, sanciones y penas por casos relacionados con el maltrato animal en Colombia no puede tener exclusiones de ningún tipo. Hecho por el cual le dio un plazo de dos años al Congreso de la República para que revise el caso y legisle nuevamente sobre este complejo tema.

El alto tribunal, al estudiar una demanda en contra del artículo tercero de la mencionada ley, concluyó que existe jurisprudencia que protege a los animales frente a cualquier tipo de maltrato sin ningún tipo de distinción. (Ver Gobierno presentará proyecto para acabar con corridas de toros en el país)

En el debate jurídico llevado a cabo hace unas semanas la Sala Plena del alto tribunal señaló que la ley estudiada fue en contravía de la jurisprudencia existente, principalmente la sentencia C-666 de 2010 en la que se protege a los animales y se ordena tomar medidas para reducir su sufrimiento.

Igualmente se desconoció la ley 1638 de 2013 y la sentencia C-282 de 2014 que le puso punto final al uso de animales silvestres en espectáculos de circo. Además de las decisiones judiciales que reconocieron a los animales como seres sintientes, entre estas se encuentran la ley 84 de 1989, el Código Penal y el Código de Procedimiento Penal.

Sin embargo, un punto central del debate es la protección de personas que tienen una relación laboral directa en los espectáculos como las corridas de toros, becerradas, corralejas, peleas de gallos, entre otros excluidos por la ley 1776 de 2016. Esto también deberá ser regulado por el Congreso de la República.

Para la Corte Constitucional una penalización inmediata de estos espectáculos tiene una afectación negativa “con respecto a intereses protegidos por el ordenamiento jurídico” puesto que la ley y la jurisprudencia establece la protección del derecho al trabajo.

Por Redacción Judicial

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