En firme condena a la Fiscalía por revelar información de actriz Carolina Sabino
En 2020, una juez condenó al ente acusador a indemnizar a la modelo y actriz porque expuso episodios de su vida privada en medio de un proceso judicial. La orden del Tribunal de Cundinamarca es que la Fiscalía capacite a sus funcionarios sobre el respeto de los derechos sexuales y reproductivos.
En firme quedó la condena a la Fiscalía por revelar información personal de la actriz Carolina Sabino. La decisión es del Tribunal Administrativo de Cundinamarca que analizó un recurso de reparación que presentó Sabino en contra del ente acusador. En primera instancia, en 2020, un juzgado de Bogotá le ordenó a la Fiscalía indemnizar a la actriz porque se enfrentó al escarnio público luego de que revelaron que le imputarían cargos por el delito de aborto.
“La Sala reitera que la mujer es un sujeto especial de protección reforzada, por lo que el deber de la Fiscalía de investigar los delitos, no era excusa para no haber adelantado una indagación con enfoque de género a fin de garantizar una justicia accesible, igualitaria y respetuosa de los derechos de la mujer, quien además de soportar el reproche penal también tuvo que afrontar los hechos de rodearon la decisión sobre su vida sexual y reproductiva”, dice el fallo.
Lea aquí: “Ninguna reparación económica pagará el dolor que viví”: Carolina Sabino.
La investigación en contra de la actriz empezó cuando la Fiscalía interceptó unas llamadas telefónicas entre Sabino y su hermana. Desde ese entonces, según reposa en los expedientes, la vida personal de la actriz quedó al descubierto y con un proceso penal abierto. No obstante, para febrero de 2016, una fiscal delegada ante la Corte Suprema de Justicia archivó la investigación en su contra porque consideró que la interrupción del embarazo, en ese caso, se encontraba entre las causales permitidas.
La actriz, en ese entonces, alegó que interrumpía su embarazo porque representaba un riesgo para su salud mental. Aunque Sabino se había librado de un proceso penal, su vida emocional y personal se empezó a ver afectada. Además, señaló que en muchas ocasiones perdió la oportunidad de participar en proyectos televisivos y campañas publicitarias por cuenta de los señalamientos que hizo la Fiscalía.
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Sabino una vez culminó su proceso penal empezó una batalla civil para que la Fiscalía la indemnizara. En primera instancia, la juez le dio la razón parcialmente. Explicó que la investigación por el delito de aborto no era de interés público ya que había información sensible sobre una decisión que afectaba únicamente a la mujer. Aunque no ordenó el pago de la indemnización completa porque la actriz no demostró que se hubiese frustrado los proyectos televisivos que mencionó en el recurso, sí consideró que tuvo daño al buen nombre no solo suyo sino el de su hijo.
La Fiscalía no estuvo de acuerdo con la decisión y apeló. Dijo que no hubo responsabilidad en la divulgación de la información de Sabino. Adujo que tal vez los medios de comunicación conocieron la historia porque la Fundación en donde se practicó el procedimiento remitió información de la historia clínica a un juzgado que lo solicitó.
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Los argumentos de la Fiscalía llegaron al Tribunal de Cundinamarca que, además, de darle la razón parcialmente a la actriz, le ordenó al ente acusador capacitar a los fiscales sobre el respeto por los derechos sexuales y reproductivos, especialmente, en los casos que vincule el delito de aborto. Para 2020, cuando se emitió la decisión de primera instancia, Carolina Sabino en diálogo con este diario dijo que “el comportamiento de la Fiscalía no fue el que se esperaba para este tipo de situaciones” y que recibía con satisfacción el fallo.
Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.
En firme quedó la condena a la Fiscalía por revelar información personal de la actriz Carolina Sabino. La decisión es del Tribunal Administrativo de Cundinamarca que analizó un recurso de reparación que presentó Sabino en contra del ente acusador. En primera instancia, en 2020, un juzgado de Bogotá le ordenó a la Fiscalía indemnizar a la actriz porque se enfrentó al escarnio público luego de que revelaron que le imputarían cargos por el delito de aborto.
“La Sala reitera que la mujer es un sujeto especial de protección reforzada, por lo que el deber de la Fiscalía de investigar los delitos, no era excusa para no haber adelantado una indagación con enfoque de género a fin de garantizar una justicia accesible, igualitaria y respetuosa de los derechos de la mujer, quien además de soportar el reproche penal también tuvo que afrontar los hechos de rodearon la decisión sobre su vida sexual y reproductiva”, dice el fallo.
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La investigación en contra de la actriz empezó cuando la Fiscalía interceptó unas llamadas telefónicas entre Sabino y su hermana. Desde ese entonces, según reposa en los expedientes, la vida personal de la actriz quedó al descubierto y con un proceso penal abierto. No obstante, para febrero de 2016, una fiscal delegada ante la Corte Suprema de Justicia archivó la investigación en su contra porque consideró que la interrupción del embarazo, en ese caso, se encontraba entre las causales permitidas.
La actriz, en ese entonces, alegó que interrumpía su embarazo porque representaba un riesgo para su salud mental. Aunque Sabino se había librado de un proceso penal, su vida emocional y personal se empezó a ver afectada. Además, señaló que en muchas ocasiones perdió la oportunidad de participar en proyectos televisivos y campañas publicitarias por cuenta de los señalamientos que hizo la Fiscalía.
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Sabino una vez culminó su proceso penal empezó una batalla civil para que la Fiscalía la indemnizara. En primera instancia, la juez le dio la razón parcialmente. Explicó que la investigación por el delito de aborto no era de interés público ya que había información sensible sobre una decisión que afectaba únicamente a la mujer. Aunque no ordenó el pago de la indemnización completa porque la actriz no demostró que se hubiese frustrado los proyectos televisivos que mencionó en el recurso, sí consideró que tuvo daño al buen nombre no solo suyo sino el de su hijo.
La Fiscalía no estuvo de acuerdo con la decisión y apeló. Dijo que no hubo responsabilidad en la divulgación de la información de Sabino. Adujo que tal vez los medios de comunicación conocieron la historia porque la Fundación en donde se practicó el procedimiento remitió información de la historia clínica a un juzgado que lo solicitó.
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Los argumentos de la Fiscalía llegaron al Tribunal de Cundinamarca que, además, de darle la razón parcialmente a la actriz, le ordenó al ente acusador capacitar a los fiscales sobre el respeto por los derechos sexuales y reproductivos, especialmente, en los casos que vincule el delito de aborto. Para 2020, cuando se emitió la decisión de primera instancia, Carolina Sabino en diálogo con este diario dijo que “el comportamiento de la Fiscalía no fue el que se esperaba para este tipo de situaciones” y que recibía con satisfacción el fallo.
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