Nuevo Liberalismo y Colombia Humana quieren volver a ser partidos políticos
Dos acciones de tutela en estudio en la Corte Constitucional definirán el rumbo político del Nuevo Liberalismo, en cabeza de los hermanos Juan Manuel y Carlos Fernando Galán, y de la Colombia Humana presidida por el actual senador Gustavo Petro. En escenarios diferentes, ambos recursos piden lo mismo: que se reconozca la personería jurídica de los movimientos políticos.
A menos de un año de que se empiecen a mover las contiendas electorales en el país, la Corte Constitucional, a través de los magistrados Alejandro Linares y Jorge Enrique Ibáñez, deberá dirimir dos conflictos respecto a las personerías jurídicas del Nuevo Liberalismo y Colombia Humana que pretenden formalizarse como partidos políticos. Los hermanos Juan Manuel y Carlos Fernando Galán pretenden restablecer el legado de su padre, Luis Carlos Galán; mientras que el senador Gustavo Petro, desde Colombia Humana, da la batalla contra el nuevo Código Electoral que aprobó el Congreso y le quita la oportunidad de participar en las próximas elecciones.
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A menos de un año de que se empiecen a mover las contiendas electorales en el país, la Corte Constitucional, a través de los magistrados Alejandro Linares y Jorge Enrique Ibáñez, deberá dirimir dos conflictos respecto a las personerías jurídicas del Nuevo Liberalismo y Colombia Humana que pretenden formalizarse como partidos políticos. Los hermanos Juan Manuel y Carlos Fernando Galán pretenden restablecer el legado de su padre, Luis Carlos Galán; mientras que el senador Gustavo Petro, desde Colombia Humana, da la batalla contra el nuevo Código Electoral que aprobó el Congreso y le quita la oportunidad de participar en las próximas elecciones.
La puja de la familia Galán por recobrar el legado del líder político, asesinado en agosto de 1989, empezó en el Consejo Nacional Electoral (CNE) en noviembre de 2017. La solicitud es clara: que les devuelvan la personería jurídica del movimiento que se disolvió en diciembre de 1988 a raíz de un acuerdo para fusionarse con el Partido Liberal. Una unión fortalecida desde la base de participar en una consulta popular para elegir candidato único a la Presidencia en 1990. Además, pretendía apoyar reformas constitucionales, económicas y de justicia. No obstante, los propósitos de ese acuerdo fueron truncados tras la muerte de Luis Carlos Galán.
Hoy, los hijos de Galán reclaman que el movimiento político que construyó su padre vuelva a tomar fuerza entre los partidos en contienda. Sin embargo, su pretensión no fue atendida por el CNE, que les dio una negativa en marzo de 2018. Tras esta decisión en contra, la familia del desaparecido líder no escatimó en interponer una acción de tutela que llegó a la Sección Quinta del Consejo de Estado, en la que pedían que se les ampararan los derechos a constituir partidos políticos, la igualdad y el respeto al precedente judicial como antiguos militantes del Nuevo Liberalismo. En esta ocasión, esa solicitud tampoco prosperó.
Con ponencia de la magistrada Susana Buitrago Valencia, la Sala Quinta del Consejo de Estado consideró que no era procedente reconocer la personería jurídica del Nuevo Liberalismo debido a que esa personería no fue perdida o cancelada por exigencia de requisitos legales, sino que fue producto de la voluntad del mismo movimiento político al realizar alianzas con el Partido Liberal a finales de los años 80. El alto tribunal también dijo que no resultaba viable que 30 años después se abriera una brecha en el liberalismo que se había cerrado en 1988, momento en el que Luis Carlos Galán desistió de la personería jurídica.
En su defensa, los Galán consideraron que después del asesinato de su padre habrían podido recobrar la personería jurídica, pero el clima violento de la época lo hizo imposible. Representaba un gran riesgo para la vida de sus militantes. Además, argumentan Juan Manuel y Carlos Fernando Galán, las investigaciones por el magnicidio de agosto de 1989 solo vinieron a dar fruto casi 20 años después de ocurrido el crimen. En su criterio, la firma de los Acuerdos de Paz entre el gobierno Santos y las Farc en 2016 generó la oportunidad de recobrar la personería jurídica del Nuevo Liberalismo, pues se reabrieron espacios políticos para nuevos movimientos.
Los argumentos de los Galán llegaron a la Corte Constitucional, específicamente al despacho del magistrado Ibáñez, quien emprendió los trámites para empezar a analizar la situación. Por eso ordenó una práctica de pruebas para conocer el expediente que reposa en el Consejo Nacional Electoral y la decisión del Consejo de Estado. Además, solicitó a la Procuraduría, la Defensoría y colegiados del derecho remitir conceptos para tener diferentes aristas para una decisión de fondo. La ponencia aún no ha sido radicada, se encuentra en proceso de ajustes para ser presentada ante la Sala Plena y ser debatida en las próximas semanas.
Un panorama similar tiene en sus manos el magistrado Alejandro Linares. Sobre su despacho reposan los argumentos de una tutela en la que los militantes de Colombia Humana también piden que se les reconozca la personería jurídica del movimiento con el que llegó al Legislativo el senador Gustavo Petro. En este caso, el reclamo es contra el nuevo Código Electoral que fue promovido en el Congreso y que, a juicio del senador Petro, no le da cabida a participar en las elecciones de 2022 debido a que “cercenó gravemente el derecho de los partidos y movimientos sin personería jurídica, los cuales existen y tienen validez”.
Para el senador y su equipo de abogados los movimientos que en este momento no tienen personería jurídica están obligados a conformar listas de coalición y participar con candidatos por cada corporación. Esta situación, a su juicio, es una violación al ejercicio de la oposición. De ahí que la solicitud ante el alto tribunal, por parte del colectivo, es que al menos de forma transitoria se les otorgue personería jurídica a los militantes de Colombia Humana, colectivo al que en las elecciones pasadas el Consejo Nacional Electoral reconoció y les declaró elegidos como candidatos a presidente y vicepresidente a Petro y Ángela María Robledo.
Para el abogado Dagoberto Parra, quien defiende los intereses del movimiento político, otorgar dos curules en el Congreso, es decir, la de Petro y Robledo, pero no otorgar la personería jurídica a la Colombia Humana, al menos transitoriamente mientras dura el período electoral que le otorgó el segundo lugar en las elecciones presidenciales, significa omitir fines esenciales del Estado, como lo son “garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución” y especialmente su deber de “facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la nación”.
Para el abogado, es inequívoco entregar a Colombia Humana dos curules en el Congreso, si no se le garantiza la efectividad de los derechos políticos para ejercer oposición en el legislativo. Estos argumentos servirán para que, durante los próximos días con su ponencia, se debata en Sala Plena, el futuro político del movimiento que lidera el senador Petro. Por el momento, la decisión sobre las personerías jurídicas del Nuevo Liberalismo y del movimiento Colombia Humana se mueve en los despachos del alto tribunal que deberá definir si les da o no el espaldarazo para que tengan vocería en las próximas elecciones.