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Enrique Vargas Lleras ha solicitado al Consejo de Estado la apertura de un incidente de desacato contra el presidente Gustavo Petro. La solicitud se basa en la negativa del mandatario de retractarse de sus declaraciones realizadas el 6 de junio y de diversas publicaciones en la red social X sobre presuntas irregularidades en la nueva EPS.
El pasado 27 de agosto, el Consejo de Estado había ordenado a Petro retractarse de estas declaraciones. El alto tribunal señaló que el “presidente no se limitó a expresar opiniones en el contexto de un debate político ni a informar a la opinión pública que se estaba adelantando una investigación por presuntas irregularidades en la citada entidad (Nueva EPS). En estas comunicaciones se imputó concretamente la existencia de un desfalco millonario, por el que debía responder la familia Vargas Lleras”.
Contexto: Petro impugnó fallo que le ordena retractarse por señalamientos a Enrique Vargas
Sin embargo, en el incidente de desacato Vargas Lleras ha señalado que Petro, en lugar de cumplir con la orden, publicó un comunicado en su cuenta de X el 13 de septiembre. En dicho documento, él aseguraba que Petro solicitaba ser excusado de cumplir con el fallo, argumentando que su objeción se basa en convicciones personales y el derecho a la objeción de conciencia.
Cumplimiento del fallo de tutela: pic.twitter.com/7eM3bROZme
— Gustavo Petro (@petrogustavo) September 13, 2024
“El día 13 de septiembre de 2024, el accionado cargó en su cuenta de la red social X un documento en el que expresa las razones por las cuales solicita, se le permita apartarse del cumplimiento de la orden judicial dada por el Consejo de Estado mediante sentencia de fecha 27 de agosto de 2024. En dicho documento indica que, las razones que motivan su solicitud están ligadas, aparentemente, a sus más íntimas convicciones personales e invoca su derecho a la objeción de conciencia para abstenerse de dar cumplimiento al fallo”, expresa el documento radicado por Vargas Lleras.
Asimismo, Vargas aclara en su petición que no busca modificar “convicciones personales” de Petro, sino asegurar que no haya prejuicios en su contra para proteger su buen nombre. En el incidente de desacato, también solicitó que se impongan sanciones de arresto y multa al presidente, de acuerdo con el artículo 52 del Decreto 2591 de 1991, debido al incumplimiento de la anterior decisión judicial del Consejo de Estado.
El presidente Petro, de acuerdo con las exigencias del documento, debe “dar cumplimiento a las órdenes impartidas mediante la sentencia de fecha 27 de agosto de 2024 dentro de las 48 horas siguientes a la notificación de la providencia que resuelva el incidente de desacato”.
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