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Enrique Vargas radicó un incidente de desacato contra Petro por no retractarse

Solicitó que el presidente sea arrestado y multado si no cumple el fallo que le ordena retractarse por señalamientos que afectaron su derecho al buen nombre y honra.

17 de septiembre de 2024 - 08:54 p. m.
Enrique Vargas Lleras y el presidente Gustavo Petro.
Enrique Vargas Lleras y el presidente Gustavo Petro.
Foto: Personal

Enrique Vargas Lleras ha solicitado al Consejo de Estado la apertura de un incidente de desacato contra el presidente Gustavo Petro. La solicitud se basa en la negativa del mandatario de retractarse de sus declaraciones realizadas el 6 de junio y de diversas publicaciones en la red social X sobre presuntas irregularidades en la nueva EPS.

El pasado 27 de agosto, el Consejo de Estado había ordenado a Petro retractarse de estas declaraciones. El alto tribunal señaló que el “presidente no se limitó a expresar opiniones en el contexto de un debate político ni a informar a la opinión pública que se estaba adelantando una investigación por presuntas irregularidades en la citada entidad (Nueva EPS). En estas comunicaciones se imputó concretamente la existencia de un desfalco millonario, por el que debía responder la familia Vargas Lleras”.

Contexto: Petro impugnó fallo que le ordena retractarse por señalamientos a Enrique Vargas

Sin embargo, en el incidente de desacato Vargas Lleras ha señalado que Petro, en lugar de cumplir con la orden, publicó un comunicado en su cuenta de X el 13 de septiembre. En dicho documento, él aseguraba que Petro solicitaba ser excusado de cumplir con el fallo, argumentando que su objeción se basa en convicciones personales y el derecho a la objeción de conciencia.

“El día 13 de septiembre de 2024, el accionado cargó en su cuenta de la red social X un documento en el que expresa las razones por las cuales solicita, se le permita apartarse del cumplimiento de la orden judicial dada por el Consejo de Estado mediante sentencia de fecha 27 de agosto de 2024. En dicho documento indica que, las razones que motivan su solicitud están ligadas, aparentemente, a sus más íntimas convicciones personales e invoca su derecho a la objeción de conciencia para abstenerse de dar cumplimiento al fallo”, expresa el documento radicado por Vargas Lleras.

Asimismo, Vargas aclara en su petición que no busca modificar “convicciones personales” de Petro, sino asegurar que no haya prejuicios en su contra para proteger su buen nombre. En el incidente de desacato, también solicitó que se impongan sanciones de arresto y multa al presidente, de acuerdo con el artículo 52 del Decreto 2591 de 1991, debido al incumplimiento de la anterior decisión judicial del Consejo de Estado.

El presidente Petro, de acuerdo con las exigencias del documento, debe “dar cumplimiento a las órdenes impartidas mediante la sentencia de fecha 27 de agosto de 2024 dentro de las 48 horas siguientes a la notificación de la providencia que resuelva el incidente de desacato”.

Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

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ERWIN(18151)18 de septiembre de 2024 - 12:34 p. m.
honra y buen nombre? ..la verdad es que nadie puede probar,que ellos se hayan lucrado toda sus vidas,del erario publico ..no hay una solanprueba..lo mismo decia name teran,en la costa..y se ufanaba de eso ..toda su vida robo al erario y se murio "inocente" ..asi son los lleras ..pero todos sabemos,que son unos sinverguenzas ,,eso no lo pueden evitar ..ni con tutelas.
Flavio(nrv85)18 de septiembre de 2024 - 01:48 a. m.
Lo de Vargas Lleras Colombia se pone a ver y…
Usuario(82157)17 de septiembre de 2024 - 11:14 p. m.
Según el iluminado Duque el Tribunal no tiene competencia para tramitar incidentes de desacato al presidente de la república por su fuero constitucional , él presidente en mención denunció en su oportunidad al Tribunal Superior de Ibagué ) por un desacato en su contra de fecha 02/06/2022, las sanciones del desacato es multa en dinero efectivo y sanción de arresto , hasta que cumpla. Según Duque el fuero está por encima del I de desacato, pero doctores tiene la santa madre iglesia.
Usuario(82157)17 de septiembre de 2024 - 10:53 p. m.
Radicar el incidente de desacato no significa nada . I. 10 días para fallarlo favorables o desfaborable a los intereses del actor. II. Denegado el actor puede instaur el recurso de reposición III. concedido se remite de oficio al superior para que lo confirme o revoque. IV. Si lo confirma el superior , regresa a la 1 instancia para hacerlo cumplir. V . Necesariamente sin la confirmación no se puede obligar el cumplimiento de lo ordenado en la tutela.
Óscar(22193)17 de septiembre de 2024 - 09:52 p. m.
Será?
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