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                                                                                                                                “Epa Colombia” tendrá que ofrecer disculpas por comentarios racistas

                                                                                                                                En junio pasado, Daneidy Barrera Rojas publicó un video en sus redes sociales que comenzaba así: “Hola amiga, me veo súper regia. Mírenme, si yo fuera negrita,sería una negra macabra”. Su mensaje derivó en un proceso judicial en su contra que hoy perdió. Las demandandes fueron Lena Acosta Romero y sus hermanas Rita Fernanda y Johana Luz.

                                                                                                                                Desde sus redes sociales, Lena Acosta Romero es bastante activa con mensajes en contra del racismo. / Tomada de @lenacos
                                                                                                                                Foto: Tomada de @l
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                En diciembre del año pasado, Barrera aceptó haber vandalizado una estación de Transmilenio durante el Paro Nacional que comenzó en noviembre pasado. Ella misma se grabó cometiendo los daños (que luego se estimarían en unos $1.200 millones) contra la estación y divulgó el video en sus redes sociales. En febrero de este año, poco antes de que el país se paralizara por la pandemia del COVID-19, Barrera declaró que no tenía los recursos para indemnizar a la ciudad. El 13 de marzo de este año, fue condenada a 46 meses de prisión. La Fiscalía apeló la sentencia, señalando que estaba en desacuerdo con la pena porque la “procesada incurrió en instigación a delinquir con fines de terrorismo”. Procuraduría y Distrito apelaron igualmente.

                                                                                                                                En la tutela de las hermanas Acosta Romero, estas señalaron que Barrera usó sus redes sociales para ridiculizar “la apariencia, gesticulación y expresión corporal” de una persona negra y que, mientras estuvo al aire, “fue suficiente para una reproducción masiva y descargas que fueron compartidas en plataformas como Facebook, YouTube, Instagram y Twitter”. Agregaron: “Actos de este tipo perpetúan conductas de discriminación, generan afectación psicológica y emocional, llevan a reproducir comportamientos que atentan contra el respeto y quebrantan la convivencia plural, la diversidad étnica y cultural, la igualdad, justicia y paz”.

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                                                                                                                                Daneidy Barrera Rojas se hizo popular en redes sociales con el apodo de "Epa Colombia", por una barra que alguna vez le cantó a la selección Colombia. / Archivo El Espectador
                                                                                                                                Foto: Archivo El Espectador

                                                                                                                                Cuando llegó su turno de contestar la demanda, Barrera reconoció que sus actos podían entenderse como discriminatorios, pero aseguró que ella misma retiró de las redes el video y que, a través de un comunicado de prensa, ofreció excusas a la comunidad afrocolombiana. Dijo que sus palabras fueron descontextualizadas y no representaban “su real querer”, y expresó que “por su situación de vulnerabilidad, falta de educación, dirección y acompañamiento” ha cometido algunas imprudencias. Reiteró que quería darle otro enfoque a sus actos e, incluso, dijo que ya estaba en contacto con un líder de una agremación afro “para coordinar acciones en favor de las comunidades negras”.

                                                                                                                                Asimismo, Barrera aseguró que publicaría “por medios masivos de la red las excusas pertinentes”, se comprometió a asistir a las capacitaciones o programas de la Defensoría del Pueblo programe o cualquier otra institución, así como a liderar una campaña en contra de la discriminación racial en Colombia. Y eso es, precisamente, lo que tendrá que hacer. Aunque presentó los comprobantes de que ofreció excusas nacionalmente en la emisora Mariana y El Espectador, lo cual hizo el 26 y 27 de junio de este año, la jueza del caso indicó que “no se cumplen las condiciones de equidad que permitan siquiera igualar el modo en que se hizo la publicación y divulgación del video que es objeto de esta acción”. (“Epa Colombia”: “Dios quiso que amara a una mujer”)

                                                                                                                                De esta manera, Ana María Sosa, jueza municipal 36 de Competencia Múltiple de Bogotá, le ordenó a “Epa Colombia” (el apodo con el que se hizo famosa en redes sociales por un video de ella haciéndole barra a la selección Colombia) “que la corrección y presentación de excusas la realice desde sus redes sociales, mediante publicación dirigida a los mismos destinatarios”. En un video, Barrera deberá aparecer en persona para “reconocer expresamente que incurrió en un acto discriminatorio, respecto del cual ofrecerá disculpas públicas y llame a la consciencia social sobre este tipo de actos y prácticas”. Deberá, también, hacer dos cursos en formación de derechos humanos con énfasis en igualdad, no discriminación y y dignidad humana.

                                                                                                                                Un programa lo dicta la Secretaría Distrital de Gobierno y otro, la Defensoría del Pueblo. A partir del momento en que sea notificada de este fallo de la jueza Sosa, tiene 48 horas para inscribirse y demostrarlo ante el despacho. Y, por último, “deberá liderar una campaña o proyecto de promoción, difusión, apropiación, aplicación y sensibilización frente a los derechos fundamentales de igualdad, no discriminación, dignidad humana y honra de las comunidades afrocolombianas, la cual deberá sufragar con recursos propios”.

                                                                                                                                Desde sus redes sociales, Lena Acosta Romero es bastante activa con mensajes en contra del racismo. / Tomada de @lenacos
                                                                                                                                Foto: Tomada de @l
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!
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                                                                                                                                En diciembre del año pasado, Barrera aceptó haber vandalizado una estación de Transmilenio durante el Paro Nacional que comenzó en noviembre pasado. Ella misma se grabó cometiendo los daños (que luego se estimarían en unos $1.200 millones) contra la estación y divulgó el video en sus redes sociales. En febrero de este año, poco antes de que el país se paralizara por la pandemia del COVID-19, Barrera declaró que no tenía los recursos para indemnizar a la ciudad. El 13 de marzo de este año, fue condenada a 46 meses de prisión. La Fiscalía apeló la sentencia, señalando que estaba en desacuerdo con la pena porque la “procesada incurrió en instigación a delinquir con fines de terrorismo”. Procuraduría y Distrito apelaron igualmente.

                                                                                                                                En la tutela de las hermanas Acosta Romero, estas señalaron que Barrera usó sus redes sociales para ridiculizar “la apariencia, gesticulación y expresión corporal” de una persona negra y que, mientras estuvo al aire, “fue suficiente para una reproducción masiva y descargas que fueron compartidas en plataformas como Facebook, YouTube, Instagram y Twitter”. Agregaron: “Actos de este tipo perpetúan conductas de discriminación, generan afectación psicológica y emocional, llevan a reproducir comportamientos que atentan contra el respeto y quebrantan la convivencia plural, la diversidad étnica y cultural, la igualdad, justicia y paz”.

                                                                                                                                Read more!
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                                                                                                                                Daneidy Barrera Rojas se hizo popular en redes sociales con el apodo de "Epa Colombia", por una barra que alguna vez le cantó a la selección Colombia. / Archivo El Espectador
                                                                                                                                Foto: Archivo El Espectador

                                                                                                                                Cuando llegó su turno de contestar la demanda, Barrera reconoció que sus actos podían entenderse como discriminatorios, pero aseguró que ella misma retiró de las redes el video y que, a través de un comunicado de prensa, ofreció excusas a la comunidad afrocolombiana. Dijo que sus palabras fueron descontextualizadas y no representaban “su real querer”, y expresó que “por su situación de vulnerabilidad, falta de educación, dirección y acompañamiento” ha cometido algunas imprudencias. Reiteró que quería darle otro enfoque a sus actos e, incluso, dijo que ya estaba en contacto con un líder de una agremación afro “para coordinar acciones en favor de las comunidades negras”.

                                                                                                                                Asimismo, Barrera aseguró que publicaría “por medios masivos de la red las excusas pertinentes”, se comprometió a asistir a las capacitaciones o programas de la Defensoría del Pueblo programe o cualquier otra institución, así como a liderar una campaña en contra de la discriminación racial en Colombia. Y eso es, precisamente, lo que tendrá que hacer. Aunque presentó los comprobantes de que ofreció excusas nacionalmente en la emisora Mariana y El Espectador, lo cual hizo el 26 y 27 de junio de este año, la jueza del caso indicó que “no se cumplen las condiciones de equidad que permitan siquiera igualar el modo en que se hizo la publicación y divulgación del video que es objeto de esta acción”. (“Epa Colombia”: “Dios quiso que amara a una mujer”)

                                                                                                                                De esta manera, Ana María Sosa, jueza municipal 36 de Competencia Múltiple de Bogotá, le ordenó a “Epa Colombia” (el apodo con el que se hizo famosa en redes sociales por un video de ella haciéndole barra a la selección Colombia) “que la corrección y presentación de excusas la realice desde sus redes sociales, mediante publicación dirigida a los mismos destinatarios”. En un video, Barrera deberá aparecer en persona para “reconocer expresamente que incurrió en un acto discriminatorio, respecto del cual ofrecerá disculpas públicas y llame a la consciencia social sobre este tipo de actos y prácticas”. Deberá, también, hacer dos cursos en formación de derechos humanos con énfasis en igualdad, no discriminación y y dignidad humana.

                                                                                                                                Un programa lo dicta la Secretaría Distrital de Gobierno y otro, la Defensoría del Pueblo. A partir del momento en que sea notificada de este fallo de la jueza Sosa, tiene 48 horas para inscribirse y demostrarlo ante el despacho. Y, por último, “deberá liderar una campaña o proyecto de promoción, difusión, apropiación, aplicación y sensibilización frente a los derechos fundamentales de igualdad, no discriminación, dignidad humana y honra de las comunidades afrocolombianas, la cual deberá sufragar con recursos propios”.

                                                                                                                                Ver todas las noticias
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