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                                                                                                                                  Es un error penalizar la dosis personal

                                                                                                                                  Esta decisión afecta la libertad de la persona y no es una garantía para combatir el microtráfico, señala el abogado Kenneth Burbano, quien explica por qué tomar este camino, que puede ser popular en época de elecciones, es ir en contravía de la Constitución del 91.

                                                                                                                                  Kenneth Burbano Villamarín*

                                                                                                                                  El abogado Kenneth Burbano Villamarín cuestiona la posibilidad de penalizar la dosis mínima. / Raúl Arboleda - AFP
                                                                                                                                  PUBLICIDAD

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                                                                                                                                  La Corte Constitucional de manera reiterada desde 1994 ha dejado claro cuatro puntos que vale la pena conocer para alimentar este álgido pero necesario debate: primero, hay una esfera de la intimidad y de la autodeterminación infranqueable, que señala que la persona escoge que hace con su vida, con sus actos y solo puede limitársela cuando entra en conflicto con la autonomía ajena. Segundo, hay que hacer una distinción entre consumo, distribución y comercialización; tercero, a los adictos hay que tratarlos como enfermos no como delincuentes; tercero, el porte y el consumo de sustancias psicotrópicas está prohibido pero esto no implica necesariamente sanción penal; y cuarto, le corresponde al Estado la atención en salud así como las medidas y tratamientos administrativos de orden pedagógico y terapéutico para las personas adictas con su consentimiento informado.

                                                                                                                                  PUBLICIDAD

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                                                                                                                                  Read more!

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                                                                                                                                  Contrario a esto, el fiscal y la Policía consideran que la garantía de la dosis personal es un obstáculo para atacar el microtráfico y judicializar a las redes de expendedores que están en todas las ciudades, en lo que coinciden también los alcaldes.

                                                                                                                                  Más allá de esta discusión, hay una tendencia peligrosa hacía el exceso penal y a tratar graves problemas sociales solo con el castigo y la represión. Por ejemplo: la dosis personal. Regresar a la ley 30 de 1986 que sancionaba el porte y consumo de estupefacientes, o querer judicializar a los niños que cometen delitos o que hacen parte de grupos alzados en armas; invisibilizar al adicto en vez de tratarlo, dispersarlo, obligarlo a tratamientos e incluso, querer afectar el libre desarrollo de la personalidad de estudiantes que quedan embarazas, o expulsar a alumnos por riñas, para todo se necesita una “sanción ejemplar”.

                                                                                                                                  PUBLICIDAD

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                                                                                                                                  Read more!

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                                                                                                                                  Es por esto que penalizar la dosis personal no soluciona el problema, pero si disipa la obligación de adelantar investigaciones juiciosas, acusaciones documentadas que permitan judicializar a los expendedores y microtraficantes. La preocupación debe enfocarse en las causas que son múltiples, entre ellas, las deficiencias que existen en el proceso de resocialización y la crisis estructural de la justicia. El abordaje de la problemática debe vincular a las autoridades y a los profesionales para que ofrezcan miradas interdisciplinarias.

                                                                                                                                  No ad for you

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                                                                                                                                  No ad for you

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                                                                                                                                  No ad for you

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                                                                                                                                  *Kenneth Burbano Villamarín dirige el Observatorio Constitucional de la Universidad Libre.

                                                                                                                                  El abogado Kenneth Burbano Villamarín cuestiona la posibilidad de penalizar la dosis mínima. / Raúl Arboleda - AFP
                                                                                                                                  PUBLICIDAD

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                                                                                                                                  La Corte Constitucional de manera reiterada desde 1994 ha dejado claro cuatro puntos que vale la pena conocer para alimentar este álgido pero necesario debate: primero, hay una esfera de la intimidad y de la autodeterminación infranqueable, que señala que la persona escoge que hace con su vida, con sus actos y solo puede limitársela cuando entra en conflicto con la autonomía ajena. Segundo, hay que hacer una distinción entre consumo, distribución y comercialización; tercero, a los adictos hay que tratarlos como enfermos no como delincuentes; tercero, el porte y el consumo de sustancias psicotrópicas está prohibido pero esto no implica necesariamente sanción penal; y cuarto, le corresponde al Estado la atención en salud así como las medidas y tratamientos administrativos de orden pedagógico y terapéutico para las personas adictas con su consentimiento informado.

                                                                                                                                  PUBLICIDAD

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                                                                                                                                  Read more!

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                                                                                                                                  Contrario a esto, el fiscal y la Policía consideran que la garantía de la dosis personal es un obstáculo para atacar el microtráfico y judicializar a las redes de expendedores que están en todas las ciudades, en lo que coinciden también los alcaldes.

                                                                                                                                  Más allá de esta discusión, hay una tendencia peligrosa hacía el exceso penal y a tratar graves problemas sociales solo con el castigo y la represión. Por ejemplo: la dosis personal. Regresar a la ley 30 de 1986 que sancionaba el porte y consumo de estupefacientes, o querer judicializar a los niños que cometen delitos o que hacen parte de grupos alzados en armas; invisibilizar al adicto en vez de tratarlo, dispersarlo, obligarlo a tratamientos e incluso, querer afectar el libre desarrollo de la personalidad de estudiantes que quedan embarazas, o expulsar a alumnos por riñas, para todo se necesita una “sanción ejemplar”.

                                                                                                                                  PUBLICIDAD

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                                                                                                                                  Read more!

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                                                                                                                                  Es por esto que penalizar la dosis personal no soluciona el problema, pero si disipa la obligación de adelantar investigaciones juiciosas, acusaciones documentadas que permitan judicializar a los expendedores y microtraficantes. La preocupación debe enfocarse en las causas que son múltiples, entre ellas, las deficiencias que existen en el proceso de resocialización y la crisis estructural de la justicia. El abordaje de la problemática debe vincular a las autoridades y a los profesionales para que ofrezcan miradas interdisciplinarias.

                                                                                                                                  No ad for you

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                                                                                                                                  No ad for you

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                                                                                                                                  No ad for you

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                                                                                                                                  *Kenneth Burbano Villamarín dirige el Observatorio Constitucional de la Universidad Libre.

                                                                                                                                  Por Kenneth Burbano Villamarín*

                                                                                                                                  Ver todas las noticias
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