Espionaje en Colombia: las nuevas reglas que quiere poner el Pacto Histórico
Un proyecto de ley buscar cambiar las condiciones con las que el Estado usa la inteligencia y contrainteligencia. La iniciativa sugiere aplicar un enfoque en derechos humanos para evitar escándalos del pasado.
Jhordan C. Rodríguez
La inteligencia y contrainteligencia, o en palabras sencillas, el espionaje, que hace el Estado en Colombia tiene la finalidad de obtener información para proteger a los ciudadanos, sus derechos y combatir amenazas internas o externas para la seguridad nacional. Sin embargo, el espionaje estatal ha dejado numerosos escándalos por desviar su camino y abusar de sus herramientas para perseguir ilegalmente a periodistas, políticos y defensores de derechos humanos, entre otros. Por eso, la bancada del pacto histórico está impulsando proyecto de ley que modifica, precisamente, la norma que regula las condiciones para la inteligencia y contrainteligencia en el país (ley 1621 de 2013).
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La inteligencia y contrainteligencia, o en palabras sencillas, el espionaje, que hace el Estado en Colombia tiene la finalidad de obtener información para proteger a los ciudadanos, sus derechos y combatir amenazas internas o externas para la seguridad nacional. Sin embargo, el espionaje estatal ha dejado numerosos escándalos por desviar su camino y abusar de sus herramientas para perseguir ilegalmente a periodistas, políticos y defensores de derechos humanos, entre otros. Por eso, la bancada del pacto histórico está impulsando proyecto de ley que modifica, precisamente, la norma que regula las condiciones para la inteligencia y contrainteligencia en el país (ley 1621 de 2013).
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Polémicas por el espionaje han sido tan graves, que, por ejemplo, la justicia ya probó que el Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) chuzó a magistrados de la Corte Suprema de Justicia y hay serios indicios de que sus miembros participaron en los homicidios de Carlos Pizarro, Luis Carlos Galán y José Antequera, y ante la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), altos funcionarios han confesado que participaron en ejecuciones extrajudiciales. Es más, en 2010, cuando el exdirector de la entidad, Felipe Muñoz, fue llamado por el Congreso a un debate de control político, el propio funcionario reconoció que históricamente los servicios de inteligencia y contrainteligencia se han visto salpicados en todo tipo de escándalos.
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Ahora, la iniciativa busca, precisamente, evitar la violación de derechos humanos en las actividades de espionaje. También, que haya mayor control sobre las dependencias de las Fuerzas Militares, la Policía Nacional y la Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF), facultadas para ejercer funciones de inteligencia y contrainteligencia. El proyecto de ley tiene sus bases en la poca regulación que existe actualmente sobre el espionaje por parte del Estado, dice el documento. Además, como están construidas las normas sobre el tema actualmente, chocan con los derechos a la privacidad y el acceso a la información de los ciudadanos.
Vacíos legales sobre el espionaje en Colombia
En el documento, los legisladores sostienen que hay un vacío legal que ha llevado a que la inteligencia y contrainteligencia en Colombia esté regulada únicamente por el Ministerio de Defensa, el Ejército y la Policía. A su vez, señalan en el texto, que esa concentración de facultades en la cartera ministerial ha impedido que haya controles por parte de las autoridades civiles y judiciales. También dejan claro que “aunque el marco jurídico establecido en Colombia es identificable, existen contradicciones en sus disposiciones y ambigüedades”, lo que ha llevado a las entidades a no respetar los “estándares internacionales de derechos humanos, tomando medidas poco garantistas con la ciudadanía”.
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Reserva de la información
Uno de los puntos clave de este proyecto de ley es la reserva de la información. Actualmente, la ley establece que la información de inteligencia y contrainteligencia tiene una reserva máxima de 30 años y que el presidente de la República podrá extenderla por 15 años más, pero si se modifica la norma con esta iniciativa, el tiempo máximo de la reserva será la mitad (15 años) y también se podrá extender por la misma cantidad de tiempo. Dentro de las modificaciones que se le quieren hacer a la ley, está también las condiciones con las que el jefe de Estado podrá levantar la reserva de la información. Además de que sea por cuestiones de seguridad nacional, podría levantar la reserva si hay sospecha de que se vulneraron derechos humanos durante operaciones de la Fuerza Pública.
Chuzadas, supervisión y control
Otra modificación que se busca desde el Congreso es el monitoreo al espectro electromagnético, es decir, a las comunicaciones y los datos, sin llegar a ser interceptaciones. Pero, también son enfáticos en que si, en medio del monitoreo se llega a obtener alguna información que “derive por error en una interceptación, no podrá ser utilizada en procesos penales, ni podrá hacerse uso de ella para la toma de decisiones estatales”. La supervisión y control a las entidades también podría cambiar de llegarse a aprobar el proyecto, pues, como reza el texto, los inspectores de la Fuerza Pública tendrán que presentar una vez al año un informe sobre la aplicación de la ley, el reporte de uso de herramientas y la información que se haya recolectado en ese periodo de tiempo.
Espionaje para cumplir el Acuerdo de paz y la participación civil en Inteligencia y Contrainteligencia
El espionaje del Estado se pondría, según el proyecto, al servicio del cumplimiento del Acuerdo de Paz firmado en 2016 con la extinta guerrilla de las FARC. El documento señala que “todas las entidades del Estado y los organismos de Inteligencia y Contrainteligencia prestarán su colaboración con el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición (SIVJRNR) para el cumplimiento de sus objetivos, mandos y funciones, y le brindará toda la información que tenga a su disposición en lo relacionado con el conflicto armado”. Por otra parte, el proyecto plantea la creación de una “comisión civil de ciudadanos para las actividades de inteligencia”, que se compondría de “dos miembros del sector académico, dos miembros de organizaciones no gubernamentales de derechos Humanos y un miembro de organizaciones sociales de víctimas de violaciones de DD. HH.”.
Si el proyecto llega a ser aprobado y pasara a sanción presidencial, las entidades facultadas para adelantar labores de inteligencia y contrainteligencia tendrán un año para adecuar sus manuales conforme a las disposiciones de la nueva ley. Asimismo, el Gobierno, al final de ese periodo, tendrá que presentar a la Comisión Legal de Seguimiento a las Actividades de Inteligencia y Contrainteligencia del Congreso un informe sobre las modificaciones hechas. Sin embargo, el camino de esa reforma al espionaje queda expuesto a cualquier demanda de constitucionalidad que, en caso de presentarse, tendrá que resolverse en la Corte Constitucional que podría dejarla en firme o tumbar todo el proyecto del Pacto Histórico que, hasta ahora, comienza su camino en el Congreso.
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