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                                                                                                                                Esta es la nueva sentencia de la Corte Constitucional sobre eutanasia

                                                                                                                                Dos meses después de que el alto tribunal tomara la decisión de ampliar la eutanasia para enfermos no terminales, el despacho de la magistrada ponente publicó el fallo completo. El contenido se conoce en un momento crucial para el caso de Martha Sepúlveda, a quien la IPS Indocol le canceló a último momento la eutanasia que ya le había aprobado, argumentando que no conocía el fallo

                                                                                                                                La Corte había tomado esta decisión en julio pasado, pero solo hasta ayer se conoció el contenido completo de la sentencia. / Pixabay
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!
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                                                                                                                                Tal y como se había conocido en julio de este año, cuando la Corte dio a conocer la nueva postura sobre la eutanasia en Colombia, se supo el que la decisión del alto tribunal significaba que los requisitos para acceder a ese procedimiento serían más flexibles y no solamente para pacientes con una enfermedad en estado terminal. Aunque la decisión ya cumplía dos meses de haberse aprobado en Sala Plena, lo único que se conocía era un comunicado de prensa que, según la propia Corte, era suficiente para quedar en firme y aplicarse de inmediato. Posiciones similares expresaron juristas a raíz de la explicación que dio el Ministerio de Salud para no tomar partido en el caso de Sepúlveda.

                                                                                                                                Tres razones, principalmente, llevaron a la Sala Plena a concluir que era necesario ampliar los requisitos impuestos desde 1997. En primer lugar, que persisten barreras legales para acceder a la eutanasia por la falta de reglamentación en el tema. En segundo lugar, que a pesar de haberse presentado varios proyectos para reglamentarla en el Congreso, ninguno ha sido aprobado. Y, en tercer lugar, que mantener las condiciones como estaban, podría perpetuar y agravar esas barreras para acceder al derecho a morir dignamente. Por estas razones, Martha Sepúlveda decidió hace unos meses dejar el sufrimiento por la enfermedad que padece y la IPS aprobó la eutanasia para el pasado 10 de octubre.

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                Faltando unas horas para que la paciente llegara al hospital para cumplir con su cita, Incodol informó que había suspendido el procedimiento. Sepúlveda, su familia y abogados siguen en al pelea por acceder a ese servicio médico y así poder morir dignamente. En las últimas horas presentaron una tutela, cuya decisión podría conocerse en cualquier momento. Aunque el contenido completo de la sentencia de la Corte Constitucional se conoció el pasado 11 de octubre, todavía no se conocen ni las aclaraciones ni los salvamentos de voto de los magistrados.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

                                                                                                                                La Corte había tomado esta decisión en julio pasado, pero solo hasta ayer se conoció el contenido completo de la sentencia. / Pixabay
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!
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                                                                                                                                Tal y como se había conocido en julio de este año, cuando la Corte dio a conocer la nueva postura sobre la eutanasia en Colombia, se supo el que la decisión del alto tribunal significaba que los requisitos para acceder a ese procedimiento serían más flexibles y no solamente para pacientes con una enfermedad en estado terminal. Aunque la decisión ya cumplía dos meses de haberse aprobado en Sala Plena, lo único que se conocía era un comunicado de prensa que, según la propia Corte, era suficiente para quedar en firme y aplicarse de inmediato. Posiciones similares expresaron juristas a raíz de la explicación que dio el Ministerio de Salud para no tomar partido en el caso de Sepúlveda.

                                                                                                                                Tres razones, principalmente, llevaron a la Sala Plena a concluir que era necesario ampliar los requisitos impuestos desde 1997. En primer lugar, que persisten barreras legales para acceder a la eutanasia por la falta de reglamentación en el tema. En segundo lugar, que a pesar de haberse presentado varios proyectos para reglamentarla en el Congreso, ninguno ha sido aprobado. Y, en tercer lugar, que mantener las condiciones como estaban, podría perpetuar y agravar esas barreras para acceder al derecho a morir dignamente. Por estas razones, Martha Sepúlveda decidió hace unos meses dejar el sufrimiento por la enfermedad que padece y la IPS aprobó la eutanasia para el pasado 10 de octubre.

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                Faltando unas horas para que la paciente llegara al hospital para cumplir con su cita, Incodol informó que había suspendido el procedimiento. Sepúlveda, su familia y abogados siguen en al pelea por acceder a ese servicio médico y así poder morir dignamente. En las últimas horas presentaron una tutela, cuya decisión podría conocerse en cualquier momento. Aunque el contenido completo de la sentencia de la Corte Constitucional se conoció el pasado 11 de octubre, todavía no se conocen ni las aclaraciones ni los salvamentos de voto de los magistrados.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

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