Escucha este artículo
Audio generado con IA de Google
0:00
/
0:00
En enero pasado, el caso del exjefe guerrillero Jesús Santrich volvió a acaparar las noticias del país por cuenta de la pérdida de la carta en la que Colombia le pedía a Estados Unidos que el enviara las pruebas que utilizaron para solicitar su extradición. Después de casi un mes de espera extra, las autoridades de este país contestaron que no entregarán nada.
(En contexto: La embolatada del caso de “Jesús Santrich”)
Primero porque consideran que se trata de una requerimiento contratio a sus prácticas de extradición, y segundo porque considera que se está pidiendo evidencia innecesaria, ya que todas las pruebas están en el expediente que entregaron a la Fiscalía. La solicitud era clave dentro del proceso que está en la Jurisdicción Especial de Paz en donde se debe definir si Santrich debe ser extraditado o no.
Lo que sí dejó claro la carta de respuesta de las autoridades estadounidenses es que los delitos por lo que es pedido en extradición el exjefe guerrillero sí ocurrieron después del 1º de diciembre de 2016. Es decir, luego de la firma del Acuero de Paz y por eso se le debería extraditar sin más aplazamiento. La respuesta se conoce justo el mismo día en el que el Consejo de Estado deja en firme la investidura de Santrich.
(Le puede interesar: Sin pruebas de Estados Unidos, JEP decidirá solicitud de extradición de “Jesús Santrich”)
Para el Consejo de Estado, el exjefe no puede perder su investidura como congresista mientras no se resuelva su proceso de extradición a Estados Unidos. La determinación la tomó el alto tribunal luego de estudiar una demanda que interpuso la mesa directiva de la Cámara de Representantes en contra del hoy detenido exjefe guerrillero.
Según el fallo de la Sala Séptima Especial de Decisión del Consejo de Estado, y como ya lo ha dicho en varios casos, Santrich no puede perder su investidura por no haber asistido a la posesión en el Congreso pues no pudo hacerlon por motivos de fuerza mayor. En su caso, estar preso. El alto tribunal recordó que el exjefe guerrillero ha tratado, a través de varios recursos judiciales, salir de la cárcel para tomar posesión, pero también para enfrentar su proceso en libertad.
(Lea también: Todas las pruebas contra “Jesús Santrich” fueron entregadas a la JEP: fiscal general)
“La Sala concluye que la imposibilidad de tomar posesión del cargo no es imputable al comportamiento del demandado, es decir, no es posible predicar una fuerza mayor culposa, tal como lo alegó la Fiscalía al interior del trámite de la acción de tutela interpuesta por el señor Hernández Solarte (Jesús Santrich)”, explicó el Consejo de Estado, que agregó que no tomará ninguna decisión de fondo frente a la investidura mientras la justicia penal no lo declara responsable de los delitos por los que hoy está detenido y pedido en extradición.
Santrich fue capturado por la Fiscalía el pasado 9 de abril con base en una circular roja de la Interpol por petición de Estados Unidos, cuya justicia lo acusa de haber pactado un acuerdo para exportar diez toneladas de cocaína. El exjefe guerrillero está preso a la espera de que le resuelvan su situación de extradición por delitos relacionados con el narcotráfico y ha reiterado que nada tiene que ver con los delitos que se le acusan.