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Por considerar que se pueden realizar las próximas elecciones con las actuales reglas electorales que datan desde 1979, la Sala Plena de la Corte Constitucional no estimó conveniente declarar el estudio del nuevo Código Electoral como urgencia nacional. La solicitud la hizo el magistrado ponente, Jorge Enrique Ibáñez, luego de recibir en su despacho el concepto de la procuradora Margarita Cabello en la que le solicita darle prelación y prioridad al estudio de la normativa ya que se acercan los comicios de 2022. “Es imperioso un pronunciamiento oportuno sobre el cuerpo normativo a efectos de evitar inseguridad jurídica en el desarrollo de las mismas”, decía el documento del Ministerio Público.
A la solicitud de la Procuraduría, el pasado martes, la presidenta del Consejo Nacional Electoral, Doris Méndez y el Registrador Nacional del Estado Civil, Alexander Vega, también solicitaron a la Corte darle trámite de urgencia a la nueva reforma. “La organización electoral tiene fundada expectativa en que la aplicación del precitado Código Electoral de manera decisiva contribuirá aún más a que se cumpla un certamen electoral transparente, con amplia participación y con respeto de la voluntad democrática de toda la ciudadanía, sin afectar las etapas o procedimientos de los calendarios electorales establecidos para las elecciones del Congreso y del Presidente de la República en el año 2022″, expusieron en el documento allegado al despacho del magistrado Ibáñez.
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El ponente al estudiar las solicitudes determinó que el asunto se enmarca en una urgencia nacional por lo “obsoleto” que está el actual Código Electoral que tiene 35 años de vigencia. Si bien, durante el tiempo de entrado en vigor se han hecho modificaciones a la norma, lo que se busca con la nueva propuesta es unificar el compendio de adiciones. “El Código se orienta a introducir los cambios que tanto en lo sustancial como en lo procesal, se consideran necesarios para fortalecer los postulados del Estado Social y Democrático de Derecho, cuyo eje principal gira en torno a los principios de participación y pluralidad con la finalidad de garantizar la efectividad de los derechos políticos de los cuales son titulares los ciudadanos en la conformación, ejercicio y control del poder político con el que se busca afianzar la accesibilidad, idoneidad, seguridad y celeridad de los procesos electorales mediante la puesta en marcha de nuevas tecnologías”, dijo el magistrado.
Pese a que Ibáñez consolidó sus argumentos en un documento de 11 páginas que presentó ante la Sala, sus compañeros resaltaron que ya está en curso el calendario electoral y no es posible modificar las reglas del juego para los partidos, los candidatos y los electores. Además, estimaron que el nuevo código electoral no tiene disposiciones relevantes que sirvan para los procesos electorales de 2022.
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Desde octubre pasado, el magistrado Ibáñez adelanta el estudio de la nueva reforma electoral que consigna más de 250 artículos que le dan vida a nuevas reglas en los certámenes electorales en Colombia. Unas de las premisas más importantes, a juicio de expertos, es la intención de vincular mecanismos de tecnología para que las personas en zonas apartadas puedan ejercer el derecho del voto. La apuesta de la reforma electoral que es de actual Gobierno, tiene la intención, entre otras cosas, blindar las contiendas electorales venideras.