Eutanasia: 25 años del derecho a decidir sobre el final de la vida
Entre órdenes de la Corte, resoluciones del Ministerio de Salud y batallas jurídicas de algunos pacientes se ha movido el derecho a morir dignamente a través de la eutanasia en Colombia. Este viernes se completan 25 años de luchas incansables y de alrededor de 257 intervenciones médicas de este tipo.
Jhoan Sebastian Cote
Morir dignamente en Colombia a través de la eutanasia es una realidad desde hace 25 años. Exactamente, el 20 de mayo de 1997, la Corte Constitucional, con ponencia del difunto magistrado Carlos Gaviria, le abrió la puerta a la práctica médica. Consideró que el Estado, además del respeto y la protección por la vida, también debe proteger la dignidad humana y el derecho al libre desarrollo de la personalidad de quien decide terminar con los sufrimientos físicos y emocionales que deja una enfermedad. En ese entonces, el alto tribunal fue claro: los colombianos pueden acceder a ese procedimiento médico si padecen una enfermedad incurable, cuyos síntomas sean contrarios a su idea de dignidad.
Le podría interesar: EE le explica qué es el suicido médicamente asistido y la decisión de la Corte C.
La Corte, en la histórica sentencia, dijo que no era posible condenar a una persona a prolongar su tiempo de vida cuando sí padece un trato “cruel e inhumano”. En pocas palabras, otorgó una calidad de vida a quienes sienten que ya no tienen mayores esperanzas. Con esa premisa, las entidades nacionales se han movido en todos los escenarios, algunos a un trote más lento que otros. El Ministerio de Salud, el Congreso y otros actores han fijado reglas, parámetros y requisitos que han servido en esta lucha que aún continúa y que completa a la fecha 257 intervenciones en el país.
Victorias recientes por el derecho a la muerte digna
La despenalización de la eutanasia fue solo el primer paso. Desde 1997, ciudadanos han alertado a la Corte Constitucional de que quizá podrían ser ajustados algunos detalles. Una de las últimas demandas en llegar al alto tribunal fue la de los abogados Daniel Porras y Alejandro Matta, quienes lograron que el concepto de terminalidad de una enfermedad quedara en el pasado. El 22 de julio de 2021, la Corte despenalizó la práctica médica, incluso si el paciente no tiene un pronóstico de muerte en los próximos seis meses. Asimismo, quedaron firmes las reglas que este 20 de mayo cumplen 25 años: el consentimiento informado, el acompañamiento profesional y que el padecimiento no tenga cura.
Lea: El suicidio médicamente asistido es legal: Corte Constitucional
El primer paciente en Colombia -y en Latinoamérica- en acceder a la eutanasia con las reglas frescas fue el ciudadano caleño Víctor Escobar. El pasado 7 de enero, tras interponer una serie de tutelas, se despidió en un mensaje público, se comió una pizza hawaiana y accedió a su derecho a morir con dignidad. Durante años sufrió 17 patologías que le imposibilitaron moverse, respirar y, en general, vivir. Un día después, la paisa Martha Sepúlveda, cuyo caso fue conocido en televisión, accedió a la eutanasia vía tutela, luego de que la IPS Incodol se negara. Sufría de esclerosis lateral amiotrófica (ELA), que poco a poco carcomió su libre locomoción y la alejó de aquella mujer -ella misma- que no dependía de nadie.
“Cuando hablamos de eutanasia, hablamos de muerte autodeterminada. Una muerte que yo decido y que decido también en compañía de los profesionales de la salud y de mi red de apoyo. Y esto lo digo porque uno a veces cree que la decisión de morir es una decisión autónoma, pero en realidad es un derecho que se ejerce de manera comunitaria, porque hay un montón de gente alrededor de uno haciendo que las cosas pasen. Y que implica también un ejercicio de cuidado y de solidaridad por parte de las familias, de las personas cercanas del sistema de salud”, le dijo a El Espectador Camila Jaramillo, quien defendió los intereses de Martha Sepúlveda.
La abogada no solo defendió el derecho a morir dignamente de Sepúlveda, sino que también ganó otra batalla histórica en cuanto a la muerte médicamente asistida. Lo hizo el pasado 11 de mayo, cuando la Corte Constitucional despenalizó el suicidio médicamente asistido (SMA). La iniciativa la llevó a cabo con Lucas Correa, ambos investigadores de DesLab, a través de una demanda. El alto tribunal eliminó de tajo que los médicos que acompañen un suicidio sean perseguidos penalmente. En pocas palabras, los mismos pacientes pueden ocasionar su muerte tras ser asesorados por profesionales de la salud. Las reglas en este caso son iguales a las de la eutanasia y deben ser reguladas en el Congreso.
De la letra a la realidad
El Legislativo ha sido el talón de Aquiles casi que en todas las decisiones que ha tomado la Corte. El alto tribunal impone, según la Carta Magna, unas órdenes que muchas veces el Congreso no logra regular oportunamente. Esa excepción no escapó a la eutanasia. En mayo de 1997, la corporación fue clara al decirle al Congreso que debía establecer regulaciones legales “estrictas” sobre la manera de cómo debía presentarse el consentimiento y la ayuda a morir. “Esas regulaciones deben estar destinadas a asegurar que el consentimiento sea genuino y no el efecto de una depresión momentánea”, resaltó en ese entonces la Corte.
Además, le puso la tarea de realizar una verificación rigurosa de la situación real de cada paciente, y debía quedar consignada la enfermedad que padece, la madurez de su juicio y la voluntad para acceder al procedimiento. Así como debía estar claro cuáles personas participarían del proceso con relación a personal de salud. Todas las órdenes quedaron en firme solo hasta 2015, cuando el entonces ministro de Salud, Alejandro Gaviria, a través de la Resolución 971, dejó claras las reglas para acceder a la eutanasia y a los lineamientos que debía ejercer el comité médico encargado de hacer efectivo el derecho a la muerte digna.
“Lo que hace el Ministerio es expedir una resolución que, básicamente, pone claros dos puntos que son fundamentales: el primero era establecer que el procedimiento era para enfermos terminales, entonces lo que hace el Ministerio es definir cuándo una persona es enfermo terminal parametrizándolo según el tipo de enfermedad o patología. Y segundo, dejar claro que tenía que mediar la voluntad del paciente. Cuando esas dos cosas coincidían se hacía el procedimiento, y lo que hizo el Ministerio también fue analizar las características del procedimiento médico”, dijo el exministro Gaviria en diálogo con El Espectador.
La primera victoria de la eutanasia en Colombia
Con las reglas definidas, el país finalmente conoció la primera cara visible de la eutanasia. Se trató de Ovidio González, padre de Julio César “Matador”, uno de los caricaturistas más reconocidos del país. Don Ovidio batalló no solo por su vida, sino también por su muerte. El 3 de julio de 2015, en Pereira, le dio un hasta luego a sus familiares y se convirtió en el primer latinoamericano en acceder a la eutanasia de manera legal. El padre del caricaturista, que en vida fue reconocido por ser un zapatero, bohemio y anarquista, padecía un raro cáncer que le carcomía parte de su rostro.
Aunque las reglas ya estaban definidas por cuenta de la resolución que dejó en firme el exministro Gaviria, don Ovidio y su familia se enfrentaron a las trabas del sistema médico, y cuenta “Matador”, en diálogo con este diario, que su lucha “empezó con una tutela y terminó con una tutela”. El procedimiento tuvo retrasos, además, porque la junta médica buscó todo sustento legal para llevar a cabo la práctica. Pero, finalmente con esta en firme, don Ovidio terminó poniendo fin a sus padecimientos y dejando a Colombia a la vanguardia en materia de muerte médicamente asistida en Latinoamérica. El país fue, entonces, el primero en la región en hacer efectivo el derecho.
Para 1997, dos países en el mundo permitían el acceso al derecho a la muerte digna: Bélgica y Países Bajos, y el estado de Oregón en Estados Unidos. Esa cuota hoy en día ascendió a varios países. Alemania, Australia, Austria, Bélgica, Canadá, Colombia, España, Luxemburgo, Países Bajos, Nueva Zelanda, Suiza y algunos estados de Estados Unidos forman parte de esta lista, y naciones como Chile, Francia, Irlanda y Portugal le apuestan con proyectos de ley a dejar en firme ese derecho en sus cartas políticas.
Otras disposiciones con luz verde
Mientras otras naciones avanzan con esa iniciativa, Colombia, además de despenalizar la eutanasia, también es pionera en aceptar este procedimiento en menores de edad y personas no conscientes. El primer escenario igual tuvo de protagonista al exministro Gaviria, quien bajo la Resolución 825 de 2018 dejó claro que desde los 12 años se puede acceder a este procedimiento. En ese entonces, el exjefe de la cartera aclaró que niños recién nacidos no podían hacer uso de ese mecanismo, y que en caso de ser necesario en un infante entre los seis y 12 años, se debe hacer un estudio especial para determinar su acceso.
El segundo escenario que vincula la voluntad de la eutanasia en personas no conscientes llegó con ponencia del exmagistrado Alberto Rojas Ríos, en 2020. En ese entonces, el jurista analizó una tutela que presentó el hijo de un señor de 94 años que se encontraba en estado vegetativo. La pretensión era decidir sobre la eutanasia sin la voluntad de su padre. El togado le dio la razón. Le ordenó a entidades promotoras de salud iniciar el procedimiento, y reiteró que el Ministerio de Salud debía ampliar las condiciones del consentimiento para personas como el protagonista de la tutela.
Por ahora la lucha en materia de muerte médicamente asistida en el país continúa, esta vez en el Legislativo, que debe encargarse de tramitar la nueva regulación que ordenó la Corte sobre implementar la eutanasia en personas que sufran intensos dolores con una enfermedad. Si bien con la ampliación de las reglas para acceder a ese trámite, y la histórica decisión sobre permitir el suicidio médicamente asistido, no todo está dicho en este tema, lo que sí es cierto es que Colombia es, por el momento, el único país de América Latina que está a la vanguardia con los procedimientos para morir dignamente.
Morir dignamente en Colombia a través de la eutanasia es una realidad desde hace 25 años. Exactamente, el 20 de mayo de 1997, la Corte Constitucional, con ponencia del difunto magistrado Carlos Gaviria, le abrió la puerta a la práctica médica. Consideró que el Estado, además del respeto y la protección por la vida, también debe proteger la dignidad humana y el derecho al libre desarrollo de la personalidad de quien decide terminar con los sufrimientos físicos y emocionales que deja una enfermedad. En ese entonces, el alto tribunal fue claro: los colombianos pueden acceder a ese procedimiento médico si padecen una enfermedad incurable, cuyos síntomas sean contrarios a su idea de dignidad.
Le podría interesar: EE le explica qué es el suicido médicamente asistido y la decisión de la Corte C.
La Corte, en la histórica sentencia, dijo que no era posible condenar a una persona a prolongar su tiempo de vida cuando sí padece un trato “cruel e inhumano”. En pocas palabras, otorgó una calidad de vida a quienes sienten que ya no tienen mayores esperanzas. Con esa premisa, las entidades nacionales se han movido en todos los escenarios, algunos a un trote más lento que otros. El Ministerio de Salud, el Congreso y otros actores han fijado reglas, parámetros y requisitos que han servido en esta lucha que aún continúa y que completa a la fecha 257 intervenciones en el país.
Victorias recientes por el derecho a la muerte digna
La despenalización de la eutanasia fue solo el primer paso. Desde 1997, ciudadanos han alertado a la Corte Constitucional de que quizá podrían ser ajustados algunos detalles. Una de las últimas demandas en llegar al alto tribunal fue la de los abogados Daniel Porras y Alejandro Matta, quienes lograron que el concepto de terminalidad de una enfermedad quedara en el pasado. El 22 de julio de 2021, la Corte despenalizó la práctica médica, incluso si el paciente no tiene un pronóstico de muerte en los próximos seis meses. Asimismo, quedaron firmes las reglas que este 20 de mayo cumplen 25 años: el consentimiento informado, el acompañamiento profesional y que el padecimiento no tenga cura.
Lea: El suicidio médicamente asistido es legal: Corte Constitucional
El primer paciente en Colombia -y en Latinoamérica- en acceder a la eutanasia con las reglas frescas fue el ciudadano caleño Víctor Escobar. El pasado 7 de enero, tras interponer una serie de tutelas, se despidió en un mensaje público, se comió una pizza hawaiana y accedió a su derecho a morir con dignidad. Durante años sufrió 17 patologías que le imposibilitaron moverse, respirar y, en general, vivir. Un día después, la paisa Martha Sepúlveda, cuyo caso fue conocido en televisión, accedió a la eutanasia vía tutela, luego de que la IPS Incodol se negara. Sufría de esclerosis lateral amiotrófica (ELA), que poco a poco carcomió su libre locomoción y la alejó de aquella mujer -ella misma- que no dependía de nadie.
“Cuando hablamos de eutanasia, hablamos de muerte autodeterminada. Una muerte que yo decido y que decido también en compañía de los profesionales de la salud y de mi red de apoyo. Y esto lo digo porque uno a veces cree que la decisión de morir es una decisión autónoma, pero en realidad es un derecho que se ejerce de manera comunitaria, porque hay un montón de gente alrededor de uno haciendo que las cosas pasen. Y que implica también un ejercicio de cuidado y de solidaridad por parte de las familias, de las personas cercanas del sistema de salud”, le dijo a El Espectador Camila Jaramillo, quien defendió los intereses de Martha Sepúlveda.
La abogada no solo defendió el derecho a morir dignamente de Sepúlveda, sino que también ganó otra batalla histórica en cuanto a la muerte médicamente asistida. Lo hizo el pasado 11 de mayo, cuando la Corte Constitucional despenalizó el suicidio médicamente asistido (SMA). La iniciativa la llevó a cabo con Lucas Correa, ambos investigadores de DesLab, a través de una demanda. El alto tribunal eliminó de tajo que los médicos que acompañen un suicidio sean perseguidos penalmente. En pocas palabras, los mismos pacientes pueden ocasionar su muerte tras ser asesorados por profesionales de la salud. Las reglas en este caso son iguales a las de la eutanasia y deben ser reguladas en el Congreso.
De la letra a la realidad
El Legislativo ha sido el talón de Aquiles casi que en todas las decisiones que ha tomado la Corte. El alto tribunal impone, según la Carta Magna, unas órdenes que muchas veces el Congreso no logra regular oportunamente. Esa excepción no escapó a la eutanasia. En mayo de 1997, la corporación fue clara al decirle al Congreso que debía establecer regulaciones legales “estrictas” sobre la manera de cómo debía presentarse el consentimiento y la ayuda a morir. “Esas regulaciones deben estar destinadas a asegurar que el consentimiento sea genuino y no el efecto de una depresión momentánea”, resaltó en ese entonces la Corte.
Además, le puso la tarea de realizar una verificación rigurosa de la situación real de cada paciente, y debía quedar consignada la enfermedad que padece, la madurez de su juicio y la voluntad para acceder al procedimiento. Así como debía estar claro cuáles personas participarían del proceso con relación a personal de salud. Todas las órdenes quedaron en firme solo hasta 2015, cuando el entonces ministro de Salud, Alejandro Gaviria, a través de la Resolución 971, dejó claras las reglas para acceder a la eutanasia y a los lineamientos que debía ejercer el comité médico encargado de hacer efectivo el derecho a la muerte digna.
“Lo que hace el Ministerio es expedir una resolución que, básicamente, pone claros dos puntos que son fundamentales: el primero era establecer que el procedimiento era para enfermos terminales, entonces lo que hace el Ministerio es definir cuándo una persona es enfermo terminal parametrizándolo según el tipo de enfermedad o patología. Y segundo, dejar claro que tenía que mediar la voluntad del paciente. Cuando esas dos cosas coincidían se hacía el procedimiento, y lo que hizo el Ministerio también fue analizar las características del procedimiento médico”, dijo el exministro Gaviria en diálogo con El Espectador.
La primera victoria de la eutanasia en Colombia
Con las reglas definidas, el país finalmente conoció la primera cara visible de la eutanasia. Se trató de Ovidio González, padre de Julio César “Matador”, uno de los caricaturistas más reconocidos del país. Don Ovidio batalló no solo por su vida, sino también por su muerte. El 3 de julio de 2015, en Pereira, le dio un hasta luego a sus familiares y se convirtió en el primer latinoamericano en acceder a la eutanasia de manera legal. El padre del caricaturista, que en vida fue reconocido por ser un zapatero, bohemio y anarquista, padecía un raro cáncer que le carcomía parte de su rostro.
Aunque las reglas ya estaban definidas por cuenta de la resolución que dejó en firme el exministro Gaviria, don Ovidio y su familia se enfrentaron a las trabas del sistema médico, y cuenta “Matador”, en diálogo con este diario, que su lucha “empezó con una tutela y terminó con una tutela”. El procedimiento tuvo retrasos, además, porque la junta médica buscó todo sustento legal para llevar a cabo la práctica. Pero, finalmente con esta en firme, don Ovidio terminó poniendo fin a sus padecimientos y dejando a Colombia a la vanguardia en materia de muerte médicamente asistida en Latinoamérica. El país fue, entonces, el primero en la región en hacer efectivo el derecho.
Para 1997, dos países en el mundo permitían el acceso al derecho a la muerte digna: Bélgica y Países Bajos, y el estado de Oregón en Estados Unidos. Esa cuota hoy en día ascendió a varios países. Alemania, Australia, Austria, Bélgica, Canadá, Colombia, España, Luxemburgo, Países Bajos, Nueva Zelanda, Suiza y algunos estados de Estados Unidos forman parte de esta lista, y naciones como Chile, Francia, Irlanda y Portugal le apuestan con proyectos de ley a dejar en firme ese derecho en sus cartas políticas.
Otras disposiciones con luz verde
Mientras otras naciones avanzan con esa iniciativa, Colombia, además de despenalizar la eutanasia, también es pionera en aceptar este procedimiento en menores de edad y personas no conscientes. El primer escenario igual tuvo de protagonista al exministro Gaviria, quien bajo la Resolución 825 de 2018 dejó claro que desde los 12 años se puede acceder a este procedimiento. En ese entonces, el exjefe de la cartera aclaró que niños recién nacidos no podían hacer uso de ese mecanismo, y que en caso de ser necesario en un infante entre los seis y 12 años, se debe hacer un estudio especial para determinar su acceso.
El segundo escenario que vincula la voluntad de la eutanasia en personas no conscientes llegó con ponencia del exmagistrado Alberto Rojas Ríos, en 2020. En ese entonces, el jurista analizó una tutela que presentó el hijo de un señor de 94 años que se encontraba en estado vegetativo. La pretensión era decidir sobre la eutanasia sin la voluntad de su padre. El togado le dio la razón. Le ordenó a entidades promotoras de salud iniciar el procedimiento, y reiteró que el Ministerio de Salud debía ampliar las condiciones del consentimiento para personas como el protagonista de la tutela.
Por ahora la lucha en materia de muerte médicamente asistida en el país continúa, esta vez en el Legislativo, que debe encargarse de tramitar la nueva regulación que ordenó la Corte sobre implementar la eutanasia en personas que sufran intensos dolores con una enfermedad. Si bien con la ampliación de las reglas para acceder a ese trámite, y la histórica decisión sobre permitir el suicidio médicamente asistido, no todo está dicho en este tema, lo que sí es cierto es que Colombia es, por el momento, el único país de América Latina que está a la vanguardia con los procedimientos para morir dignamente.