Exalcaldesa Judith Pinedo pide a la Corte Suprema revisar su condena de 12 años
Aunque en primera instancia, la exalcaldesa de Cartagena, Judith Pinedo fue absuelta en 2020, en abril del año pasado su proceso judicial tuvo un revés que la condenó a 12 años de prisión por la venta de una playa en la ciudad amurallada.
A través de un documento de 11 páginas, la exalcaldesa de Cartagena, Judith Pinedo le solicitó a la Corte Suprema de Justicia revisar su condena de 12 años de prisión que quedó en firme en abril del año pasado, en segunda instancia, por el Tribunal Superior de Cartagena. La corporación la halló culpable de los delitos peculado por apropiación y contrato sin cumplimiento de requisitos legales, por la venta irregular una playa al Hotel Dann.
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A través de un documento de 11 páginas, la exalcaldesa de Cartagena, Judith Pinedo le solicitó a la Corte Suprema de Justicia revisar su condena de 12 años de prisión que quedó en firme en abril del año pasado, en segunda instancia, por el Tribunal Superior de Cartagena. La corporación la halló culpable de los delitos peculado por apropiación y contrato sin cumplimiento de requisitos legales, por la venta irregular una playa al Hotel Dann.
Aunque la exmandataria salió bien librada en primera instancia, el Tribunal consideró que hubo irregularidades en su actuar en cuanto a la venta de más de 250 metros cuadrados de la playa El Laguito, que quedan frente al Hotel Dann, y fueron declarados baldíos. A juicio de la corporación que la condenó, pese a que el lugar tenía esa denominación, en realidad su naturaleza era de uso público, y, por ende, no podía venderse.
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Aún con esa connotación, la Fiscalía dijo que Pinedo inició negociaciones con Luis Edgar Restrepo, en 2008, para que el distrito le entregara el bien baldío para usos comerciales. Con el visto bueno de la Secretaría de Hacienda Distrital, el Hotel Dann se construyó con los metros cuadrados de playa por un valor de $207 millones, en febrero de 2009. Según el ente investigador, para la venta debió presentarse una convocatoria pública y no un negocio directo entre las partes.
El ingeniero Rafael Enrique Ceballos, también condenado a ocho años de cárcel, meses antes había avaluado la playa El Laguito por esa cantidad de dinero, sin embargo, según la Fiscalía, el valor real sería de $750 millones. Con lo anterior, el Tribunal de Cartagena consideró que la exalcaldesa era responsable por celebrar el convenio durante su administración de forma irregular. En abril del año pasado cuando la exmandataria conoció de la condena en su contra se entregó en las instalaciones de la Fiscalía en Cartagena.
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En su momento dijo: “Estoy saliendo al CTI de la Fiscalía, a ver si efectivamente por parte de ellos puede terminarse este proceso y puedo empezar a cumplir con la determinación que se estableció en dicha sentencia (condenatoria), que espero que en la revisión de la Corte Suprema de Justicia pueda ser revocada en todas sus partes”, estimó la exalcaldesa quien, en efecto, a través de un documento de 11 páginas elevó al alto tribunal su intención de que la pena en su contra sea revisada.
En la misiva explicó que, tenía conocimiento que la venta que realizó no correspondía a la de un bien con “condiciones comunes”. Es decir, sabía que se trataba de un “bien baldío”. No obstante, en su defensa, dijo que en la administración anterior, es decir, en la del exalcalde Nicolás Francisco Curi Vergara, se presentó un “proyecto de acuerdo” que más tarde se convirtió en un acto administrativo que buscaba revestir al Distrito las facultades para disponer de los bienes cedidos por la Nación a la ciudad.
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Así las cosas, Pinedo dijo que, tanto para la administración anterior como para los miembros del Concejo, era de total conocimiento que la directriz sobre los bienes fue una ley en la que se contemplaba la venta directa como una de las formas de transferir el derecho real del dominio sobre dichos bienes. Con lo anterior, el documento elevado ante los magistrados pone de presente que se reconoce que existía un bien baldío, que la legislación permitía la venta de esa clase de bienes, que esa modalidad de venta fue reconocida por un acuerdo firmado en diciembre de 2006 y que todos los requerimientos para realizar esa enajenación fueron atendidos por su administración.
“En este sentido, es claro que lo ocurrido en la mente de la suscrita, en calidad de alcaldesa de Cartagena de Indias, no era cosa diferente a que se estaba surtiendo, por parte de la administración, un procedimiento regulado expresamente en la ley y, desde luego, ceñido absolutamente al marco legal, pues incluso así lo reconoció el juzgador de primer grado”, reposa en la impugnación especial que presentó la exmandataria ante la Corte Suprema.
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La exalcaldesa en su relato añadió: “Hoy en Cartagena de Indias, todo el mundo puede disfrutar de las playas que están detrás del Hotel Dann, unas playas que están exactamente iguales a como han estado toda la vida, la misma extensión, la misma arena, las mismas olas reventando contra ellas, mientras yo llevo 10 meses detenida en una cárcel por haber -vendido- esas playas, que siguen siendo playas”.
Pinedo una vez conoció de la condena en su contra se presentó ante las autoridades y dijo que cumplirá con su pena por “injusta que sea”. La exmandataria, meses después de que su proceso judicial tuviera un revés negativo para ella y su familia, dijo en el texto enviado a los magistrados, que aún podía mirar a los ojos a su hija, a quien le prometió que una vez culminara su mandato, lo seguiría haciendo, en virtud, de que sus actuaciones fueron correctas y apegadas a la ley.