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                                                                                                                                  Fallo de Corte Suprema abriría puerta para obligar a periodistas a revelar sus fuentes

                                                                                                                                  La Asociación Colombiana de Medios de Información (AMI) afirmó que la decisión judicial, en medio de un proceso contra Publicaciones Semana, sienta un antecedente “nefasto e imperdonable en relación con el principio de inviolabilidad del secreto profesional”.

                                                                                                                                  Redacción Judicial

                                                                                                                                  Esta es la publicación que generó la disputa entre la demandante y Publicaciones Semana. / Revista Dinero
                                                                                                                                  PUBLICIDAD

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                                                                                                                                  Publicaciones Semana fue demandada en un proceso de responsabilidad contractual. En primera instancia el juzgado 25 del Circuito de Bogotá la negó, pero en segunda instancia el Tribunal Superior de Bogotá la admitió. La demandante, Leyla Rojas, exviceministra de agua, asegura que el artículo titulado “Pecados de Eike”, publicado en la revista Dinero, la perjudicó. El magistrado Eulin Abreo Triviño, que tiene a cargo el caso, pidió al medio presentar las pruebas con las que se hicieron las aseveraciones sobre ella, esto incluye el cruce de correos del periodista con sus fuentes.

                                                                                                                                  PUBLICIDAD

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                                                                                                                                  Read more!

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                                                                                                                                  Pese a estos argumentos, la Corte Suprema de Justicia apoyó al tribunal, aun cuando el medio dijo que podría exhibir los documentos, pero sin mostrar destinatarios, remitentes, ni datos que permitan establecer de dónde provino la información.

                                                                                                                                  “La actividad periodística, si bien ostenta de rango constitucional, no se absoluta, por cuando, tal profesión no implica, per sé, arrasar con derechos individuales versos la intimidad y el honor. Los periodistas no pueden ser censurados ni constreñidos, pero sí están sujetos al régimen de responsabilidad, en caso de faltar a la verdad o de una intromisión injustificada en la vida privada que cause perjuicios a terceros”, aseguró la sentencia de la Corte Suprema, que ratificó que los documentos son indispensables para conocer la autenticidad de las afirmaciones del artículo periodístico.

                                                                                                                                  PUBLICIDAD

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                                                                                                                                  Tras conocerse este fallo judicial, la Asociación Colombiana de Medios de Información afirmó que, al no ampararse el derecho a la reserva de la fuente y al secreto profesional, se somete al periodismo colombiano a la revelación de fuentes y soportes, creando así “un antecedente nefasto e imperdonable”.

                                                                                                                                  Read more!

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                                                                                                                                  No ad for you

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                                                                                                                                  Esta es la publicación que generó la disputa entre la demandante y Publicaciones Semana. / Revista Dinero
                                                                                                                                  PUBLICIDAD

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                                                                                                                                  Publicaciones Semana fue demandada en un proceso de responsabilidad contractual. En primera instancia el juzgado 25 del Circuito de Bogotá la negó, pero en segunda instancia el Tribunal Superior de Bogotá la admitió. La demandante, Leyla Rojas, exviceministra de agua, asegura que el artículo titulado “Pecados de Eike”, publicado en la revista Dinero, la perjudicó. El magistrado Eulin Abreo Triviño, que tiene a cargo el caso, pidió al medio presentar las pruebas con las que se hicieron las aseveraciones sobre ella, esto incluye el cruce de correos del periodista con sus fuentes.

                                                                                                                                  PUBLICIDAD

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                                                                                                                                  Read more!

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                                                                                                                                  Pese a estos argumentos, la Corte Suprema de Justicia apoyó al tribunal, aun cuando el medio dijo que podría exhibir los documentos, pero sin mostrar destinatarios, remitentes, ni datos que permitan establecer de dónde provino la información.

                                                                                                                                  “La actividad periodística, si bien ostenta de rango constitucional, no se absoluta, por cuando, tal profesión no implica, per sé, arrasar con derechos individuales versos la intimidad y el honor. Los periodistas no pueden ser censurados ni constreñidos, pero sí están sujetos al régimen de responsabilidad, en caso de faltar a la verdad o de una intromisión injustificada en la vida privada que cause perjuicios a terceros”, aseguró la sentencia de la Corte Suprema, que ratificó que los documentos son indispensables para conocer la autenticidad de las afirmaciones del artículo periodístico.

                                                                                                                                  PUBLICIDAD

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                                                                                                                                  Tras conocerse este fallo judicial, la Asociación Colombiana de Medios de Información afirmó que, al no ampararse el derecho a la reserva de la fuente y al secreto profesional, se somete al periodismo colombiano a la revelación de fuentes y soportes, creando así “un antecedente nefasto e imperdonable”.

                                                                                                                                  Read more!

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                                                                                                                                  No ad for you

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                                                                                                                                  Por Redacción Judicial

                                                                                                                                  Ver todas las noticias
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