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                                                                                                                                “Falta de rigor”: los reparos al interior de la JEP a la imputación del caso 05

                                                                                                                                Por primera vez en la JEP, tres magistradas se apartaron parcialmente de una imputación en un macrocaso: el que investiga la violencia en el Cauca y el Valle. Cuestionan que se imputara a solo diez mandos medios tras cinco años de investigación y hasta que se imputó un delito que no existía para cuando se dieron los hechos.

                                                                                                                                Por primera vez en la JEP, tres magistradas se apartaron parcialmente de una imputación en un macrocaso: el que investiga la violencia en el Cauca y el Valle. Cuestionan que se imputara a solo diez mandos medios tras cinco años de investigación y hasta que se imputó un delito que no existía para cuando se dieron los hechos.. Foto Óscar Pérez
                                                                                                                                Foto: OSCAR_PEREZ
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Gánale la carrera a la desinformación NO TE QUEDES CON LAS GANAS DE LEER ESTE ARTÍCULO

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                                                                                                                                Foto: OSCAR_PEREZ
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                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                El salvamento lo escribió la magistrada Julieta Lemaitre, relatora a su vez del caso 01, en el que se investigan los secuestros cometidos por la antigua guerrilla de las Farc, que le ha permitido conocer la estructura interna de ese grupo armado. De allí que cuestione, por ejemplo, que luego de cinco años de abierto el caso, la Sala solo haya imputado a diez miembros de dos estructuras, las columnas móviles Jacobo Arenas y Gabriel Galvis, que ni siquiera eran las más importantes en la zona. También salvaron el voto las magistradas Lily Rueda y Catalina Díaz, pero aún no han radicado sus escritos.

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                Lea: ¿Quiénes son los 10 exmiembros de Farc imputados por violencia en Cauca y Valle?

                                                                                                                                Ahora, las magistradas que se apartaron de la decisión no tienen reparos frente a la mayoría de los hechos, que además han sido reconocidos ante las víctimas por los exmiembros de la guerrilla imputados. A su juicio, los problemas que tiene el más reciente auto de la Sala de Reconocimiento son más técnicos. Por ejemplo, la magistrada Julieta Lemaitre escribió que salvaba el voto por tres razones: por los problemas que ve en la metodología del caso, porque habría errores en los delitos que fueron imputados, así como en el nivel de participación que concluyó la Sala que tuvieron los diez exFarc en los crímenes.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                Asimismo, la magistrada cuestiona la decisión de su colega Sánchez de imputar hechos de violencia sexual en un escrito aparte, que según ha dicho presentará más adelante. Esta decisión ha sido también criticada por organizaciones que representan a víctimas y por la Procuraduría. “Esta inadecuada metodología tiene además un efecto preocupante en la asignación de recursos de la JEP. Se trata de recursos públicos y finitos”, añade el salvamento de voto, pues la imputación de la Sala de Reconocimiento posterga indefinidamente la vinculación de otros actores y, en consecuencia, el cierre del caso.

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                De otro lado, el salvamento asegura que la Sala de Reconocimiento cometió una “imprecisión” al concluir que los diez exmiembros de las Farc eran coautores mediatos, en lugar de coautores. El tecnicismo jurídico se refiere a que, tal y como quedó la imputación asegura que estos mandos medios actuaron como un “hombre de atrás”. En contraste, la magistrada Lemaitre considera que, tal como ha establecido la JEP previamente, “los mandos medios usualmente tuvieron una intermediación directa en la ejecución de las ordenes de las instancias superiores a través de su dirección en el plano territorial”.

                                                                                                                                Lea también: JEP imputa a 10 ex-Farc por delitos de lesa humanidad en el Cauca y sur del Valle

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                Finalmente, la magistrada cuestiona la calificación de las conductas. Por ejemplo, la Sala de Reconocimiento concluyó que varios asesinatos de líderes indígenas y afros, así como la salida del territorio de cientos de civiles constituían los delitos de lesa humanidad de persecución y traslado forzoso de la población, respectivamente. Pero a juicio de Lemaitre no hay evidencia de que lo primero ocurriera por motivos discriminatorios, y en lo segundo mezcla casos de desplazamiento por amenazas con salidas del territorio de personas que no comulgaban con el “autoritarismo” de la guerrilla.

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                Lemaitre añadió que esta serie de “errores” también se presentaron con otros cuatro delitos: el de asesinato, el de ataques a bienes civiles, el de reclutamiento y el de daño al medio ambiente. En el caso del delito de reclutamiento de niños y niñas la secundó en sus reparos la magistrada Lily Rueda. Por otra parte, la magistrada Catalina Díaz cuestionó en sala los argumentos frente al delito de daño al medio ambiente, pues a su juicio las conductas que se describen parecen más bien haber sido, por ejemplo, actividades de minería ilegal de las que las Farc se lucró a través de extorsiones.

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                El problema es que esas conductas podrían ser amnistiables y no delitos de guerra para la época en la que fueron cometidas, explica Lemaitre en su salvamento. Si bien la defensa de los diez exmiembros de las Farc puede echar mano de estos argumentos para apelar la imputación de la JEP, lo cierto es que la Sala de Reconocimiento solo tiene la facultad de determinar hechos y la discusión de fondo, sobre qué delitos son, debe zanjara al Tribunal para la Paz. Así ocurrió con la imputación a las antiguas Farc por el delito de esclavitud en el caso de secuestro y, probablemente, este caso siga el mismo curso.

                                                                                                                                Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

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