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                                                                                                                                  Fiscal general le pide a Iván Duque objetar ley estatutaria de la JEP

                                                                                                                                  Se trata de cuatro artículos que para Néstor Humberto Martínez resultan inconvenientes. En la Corte Constitucional aseguran que esta ley ya fue objeto de revisión constitucional y la JEP pide que sea sancionada.

                                                                                                                                  Redacción Judicial

                                                                                                                                  Fiscal general, Néstor Humberto Martínez. / AFP
                                                                                                                                  PUBLICIDAD

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                                                                                                                                  El proyecto de ley 08 de 2017, que ya hizo su tránsito por el Congreso y la Corte Constitucional, está para ser sancionada por el jefe de Estado, razón por la que Martínez le envió la carta a Iván Duque.

                                                                                                                                  PUBLICIDAD

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                                                                                                                                  Read more!

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                                                                                                                                  “Los efectos de ello no se traducen simplemente en la determinación de la JEP como juez natural de los reinsertados que preserven en el narcotráfico después de la firma del Acuerdo de Paz. Lo más grave es que, pese a tratarse de desmovilizados y haber asumido el compromiso de ‘no repetición’, su conducta sería juzgada con un régimen de penas ampliamente benigno y con beneficios penitenciarios de la JEP”, dice la carta. Para el fiscal, entonces, un desmovilizado mantiene sus cultivos ilegales podría ser beneficiado con penas no restrictivas de la libertad de dos a cinco años, mientras que un campesino sería expuesto a sanciones de prisión de seis a 12 años.

                                                                                                                                  La segunda preocupación del fiscal tiene que ver con la garantía de no repetición. En el Congreso, explicó Martínez, se definió en que la garantía de no repetición “era absoluta y llevaba inmerso el compromiso de no volver a delinquir de manera consciente y deliberada” en relación con delitos dolosos y cuya pena de prisión era igual o superior a cuatro años. No obstante, para el fiscal lo que decidió la Corte Constitucional se produce únicamente por rebelión. “Las demás reincidencias por parte de sujetos de competencia de la JEP simplemente traerán como consecuencia la pérdida de algunos beneficios y derechos de conformidad con un análisis de proporcionalidad y gradualidad que le confía a la JEP”, asegura.

                                                                                                                                  Read more!
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                                                                                                                                  De entrar en vigencia esta norma, según Martínez, “convivirán beneficios de la JEP con la reincidencia en delitos tales como el secuestro, la extorsión, el narcotráfico o el homicidio doloso”. En este caso, el fiscal citó un análisis elaborado por la Dirección de Apoyo y Análisis contra la Criminalidad Organizada de las personas certificadas por las extintas Farc y su posible participación en delitos después del 1° de diciembre de 2016. Los resultados del análisis arrojaron 361 investigaciones activas, de las cuales 31 son por tráfico, fabricación y porte de armas de fuego, 24 por homicidios, 22 por amenazas, 19 por concierto para delinquir, 13 por tráfico de estupefacientes, diez por delitos sexuales, diez por secuestro y ocho por extorsión, entre otros.

                                                                                                                                  La tercera preocupación de Martínez tiene que ver con la suspensión de las investigaciones sobre conductas cometidas durante el conflicto armado. El proyecto inicialmente presentado por el Gobierno contemplaba una regla que para la Fiscalía “hacía nugatoria la competencia de la competencia de la jurisdicción ordinaria”. En concreto, se trataba de que los órganos y los servidores públicos que continúen con las anteriores investigaciones no podrán practicar diligencias, ni realizar actuaciones que involucren a personas cuyas conductas son competencia de la JEP.

                                                                                                                                  No ad for you

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                                                                                                                                  No ad for you

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                                                                                                                                  (En contexto: Congreso envía estatutaria de la JEP a sanción presidencial)

                                                                                                                                  No ad for you

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                                                                                                                                  ¿Qué responde la JEP?

                                                                                                                                  No ad for you

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                                                                                                                                  De igual manera, aseguró que la Corte Constitucional remitió el proyecto de ley al presidente del Congreso, para que sea firmada por los presidentes del Senado y de la Cámara, y se remita después al presidente Iván Duque para su sanción y promulgación. “La JEP seguirá actuando en el marco estricto de la Constitución, la Ley y la jurisprudencia”, concluyó.

                                                                                                                                  Fiscal general, Néstor Humberto Martínez. / AFP
                                                                                                                                  PUBLICIDAD

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                                                                                                                                  El proyecto de ley 08 de 2017, que ya hizo su tránsito por el Congreso y la Corte Constitucional, está para ser sancionada por el jefe de Estado, razón por la que Martínez le envió la carta a Iván Duque.

                                                                                                                                  PUBLICIDAD

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                                                                                                                                  Read more!

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                                                                                                                                  “Los efectos de ello no se traducen simplemente en la determinación de la JEP como juez natural de los reinsertados que preserven en el narcotráfico después de la firma del Acuerdo de Paz. Lo más grave es que, pese a tratarse de desmovilizados y haber asumido el compromiso de ‘no repetición’, su conducta sería juzgada con un régimen de penas ampliamente benigno y con beneficios penitenciarios de la JEP”, dice la carta. Para el fiscal, entonces, un desmovilizado mantiene sus cultivos ilegales podría ser beneficiado con penas no restrictivas de la libertad de dos a cinco años, mientras que un campesino sería expuesto a sanciones de prisión de seis a 12 años.

                                                                                                                                  La segunda preocupación del fiscal tiene que ver con la garantía de no repetición. En el Congreso, explicó Martínez, se definió en que la garantía de no repetición “era absoluta y llevaba inmerso el compromiso de no volver a delinquir de manera consciente y deliberada” en relación con delitos dolosos y cuya pena de prisión era igual o superior a cuatro años. No obstante, para el fiscal lo que decidió la Corte Constitucional se produce únicamente por rebelión. “Las demás reincidencias por parte de sujetos de competencia de la JEP simplemente traerán como consecuencia la pérdida de algunos beneficios y derechos de conformidad con un análisis de proporcionalidad y gradualidad que le confía a la JEP”, asegura.

                                                                                                                                  Read more!
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                                                                                                                                  De entrar en vigencia esta norma, según Martínez, “convivirán beneficios de la JEP con la reincidencia en delitos tales como el secuestro, la extorsión, el narcotráfico o el homicidio doloso”. En este caso, el fiscal citó un análisis elaborado por la Dirección de Apoyo y Análisis contra la Criminalidad Organizada de las personas certificadas por las extintas Farc y su posible participación en delitos después del 1° de diciembre de 2016. Los resultados del análisis arrojaron 361 investigaciones activas, de las cuales 31 son por tráfico, fabricación y porte de armas de fuego, 24 por homicidios, 22 por amenazas, 19 por concierto para delinquir, 13 por tráfico de estupefacientes, diez por delitos sexuales, diez por secuestro y ocho por extorsión, entre otros.

                                                                                                                                  La tercera preocupación de Martínez tiene que ver con la suspensión de las investigaciones sobre conductas cometidas durante el conflicto armado. El proyecto inicialmente presentado por el Gobierno contemplaba una regla que para la Fiscalía “hacía nugatoria la competencia de la competencia de la jurisdicción ordinaria”. En concreto, se trataba de que los órganos y los servidores públicos que continúen con las anteriores investigaciones no podrán practicar diligencias, ni realizar actuaciones que involucren a personas cuyas conductas son competencia de la JEP.

                                                                                                                                  No ad for you

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                                                                                                                                  No ad for you

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                                                                                                                                  (En contexto: Congreso envía estatutaria de la JEP a sanción presidencial)

                                                                                                                                  No ad for you

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                                                                                                                                  ¿Qué responde la JEP?

                                                                                                                                  No ad for you

                                                                                                                                  Una vez el fiscal hizo pública la carta a través de una rueda de prensa, la JEP emitió un comunicado manifestando que es indispensable que el presidente Duque sancione la ley. “Teniendo en cuenta los derechos de las víctimas y la garantía de seguridad jurídica que se impone en el Estado de Derecho para los 9.691 ex miembros de las Farc 1.958 miembros de la Fuerza Pública y 39 agentes del Estado diferentes a la Fuerza Pública hasta ahora sometidos a la JEP, es indispensable que se sancione con carácter prioritario dicha ley, solicitud que de manera respetuosa elevó la presidencia de la Jurisdicción al señor presidente de la República el pasado 4 de febrero de 2019”.

                                                                                                                                  De igual manera, aseguró que la Corte Constitucional remitió el proyecto de ley al presidente del Congreso, para que sea firmada por los presidentes del Senado y de la Cámara, y se remita después al presidente Iván Duque para su sanción y promulgación. “La JEP seguirá actuando en el marco estricto de la Constitución, la Ley y la jurisprudencia”, concluyó.

                                                                                                                                  Por Redacción Judicial

                                                                                                                                  Ver todas las noticias
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