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Dos exgerentes del Hospital San José de Salgar (Antioquia) están bajo la lupa de la Procuraduría General de la Nación por su presunta participación en irregularidades para la contratación de servicios de transporte para la entidad de salud en las zonas rural y urbana del municipio.
El Ministerio Público decidió formular cargos disciplinarios en contra de los exfuncionarios Paulo Andrés Gutiérrez Muñoz y César Augusto Pardo Rosas, por la contratación correspondiente al año 2021, cuando dirigían el hospital.
Según la Procuraduría, Gutiérrez y Pardo habrían contratado de forma verbal a un sujeto identificado como Sergio Alexander Franco Foronda para que se encargara del transporte del personal del hospital encargado de dirigir el programa de promoción y prevención en salud pública del municipio.
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Por la naturaleza verbal del contrato, el mismo se habría celebrado “sin contar con los certificados de disponibilidad y de registro presupuestal, ni realizar los estudios previos requeridos, ni formalizar el acuerdo por escrito”, dijo el Ministerio Público.
La Procuraduría argumentó que Franco Foronda declaró el 21 de febrero de 2023, dentro de la investigación, sobre la contratación y confirmó que sí prestó los servicios de transporte que contrataron los exgerentes, aparentemente, de forma irregular y sin seguir el debido proceso de contratación. Lo habría hecho “bajo indicaciones del Coordinador de Promoción y Prevención”, dijo la entidad.
Ahora la Procuraduría determinará si Gutiérrez y Pardo habrían incurrido en una falta disciplinaria por haber ignorado los principios de economía y planeación, así como por vulnerar las normas presupuestales.
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Esta no es la única investigación a funcionarios públicos de Salgar que desarrolla la Procuraduría en el municipio antioqueño. En agosto de 2024 el Ministerio Público también formuló pliego de cargos al exalcalde Carlos Emel Cuervo Cañola, por falta de planeación para la celebración de un contrato de más de $170 millones.
Según la Procuraduría, el objetivo era mejorar el acueducto del corregimiento de Peñalisa, sin “que observaran las necesidades y requerimientos reales”, y sin realizar los estudios previos y diseños necesarios para la celebración del contrato.
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