General (r) Iván Ramírez sale de JEP por renuencia a hablar del Palacio de Justicia
Con la decisión, el expediente contra Ramírez Quintero por una docena de desapariciones forzadas en la retoma del Palacio de Justicia en 1985, vuelve a la justicia ordinaria. La JEP lo calificó de “renuente” a reconocer su responsabilidad en la guerra.
Uno de los más altos oficiales del Ejército señalados de atrocidades en la retoma del Palacio de Justicia en 1985 ya no tiene cabida en la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP). El Tribunal para la Paz rechazó el sometimiento del general retirado Iván Ramírez Quintero, quien para el momento en que la guerrilla del M-19 se tomó la sede de las altas cortes era jefe del Comando de Inteligencia y Contrainteligencia del Ejército y comandante de la extinta Brigada XX. Señalado de una docena de desapariciones forzadas en esa operación, así como del exterminio del partido Unión Patriótica, Ramírez Quintero guardó silencio en su paso por la JEP.
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La Sección de Apelación del Tribunal para la Paz, entonces, perdió la paciencia. En un auto de 29 páginas le cerró la puerta al general (r) Ramírez Quintero y señaló: “La JEP no puede conceder oportunidades ilimitadas al compareciente sobre la base de viejas promesas múltiples veces incumplidas”. Según se desprende de la decisión, el alto oficial fue “renuente” a atender los llamados que le hicieron en la justicia especial y en la Comisión de la Verdad para que hablara sobre su rol en el conflicto armado. El militar guardó silencio y solo manifestó, de manera general, que aportaría “a la verdad sobre la inteligencia militar”.
“La JEP no puede tolerar ese tipo de actitudes y conductas frente a los compromisos que deben honrar los comparecientes”, añade la decisión de la Sección de Apelación. El fallo recoge que han pasado dos años ya desde que Ramírez Quintero firmó un compromiso con la JEP a aportar verdad, sin que, hasta la fecha “haya contribuido a avanzar los procedimientos transicionales adelantados en relación con los hechos delictivos ocurridos durante la retoma del Palacio de Justicia, la satisfacción de los derechos de las víctimas y los fines de la transición”.
(Lea también: JEP revoca libertad al condenado general (r) Arias Cabrales)
Ahora bien, esta decisión revoca una previa de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP, que en febrero de este año había aceptado al general (r) Ramírez Quintero. Sin embargo, solo tiene efectos sobre el proceso del Palacio de Justicia, en el que está pendiente que se defina una segunda instancia por desapariciones forzadas y una instrucción que adelanta la Fiscalía por posibles casos de tortura. Esos dos procesos ahora podrán avanzar con normalidad en la justicia ordinaria. Entretanto, el alto oficial debe seguir compareciendo en la JEP por otros casos, como el del exterminio de la Unión Patriótica.
En la misma decisión, la JEP se refirió a otros tres miembros del Ejército que habían pedido pista por su participación en la retoma del Palacio de Justicia. Se trata del Oscar William Vásquez Rodríguez, quien era del B2 del Ejército para la época, así como de Gustavo Arévalo Moreno y Bernardo Alfonso Garzón Garzón, integrantes del Batallón Charry Solano. Si bien la Sección de Apelación mantuvo la aceptación de los tres en la JEP, ordenó que se realice una audiencia pública en la que los militares deberán aportar verdad sobre su rol en este episodio del conflicto.
(Lea también: Palacio de Justicia: Recusan a magistrado por tardar 10 años en resolver solicitud)
“En la audiencia dialógica ordenada, las víctimas acreditadas en el trámite y que deseen participar tendrán la oportunidad de intervenir, manifestar su valoración sobre las contribuciones de los aportantes a la verdad, y elevar solicitudes respetuosas ante los jueces transicionales”, agrega el fallo. La diligencia deberá encabezarla la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas y, una vez se realice, sus magistrados tienen que evaluar si los aportes a la verdad que hagan Vásquez, Arévalo y Garzón cumplen con los estándares de la JEP. Solo entonces se sabrá en qué queda el capítulo del Palacio de Justicia en el órgano creado para esclarecer el conflicto armado.
Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.
Uno de los más altos oficiales del Ejército señalados de atrocidades en la retoma del Palacio de Justicia en 1985 ya no tiene cabida en la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP). El Tribunal para la Paz rechazó el sometimiento del general retirado Iván Ramírez Quintero, quien para el momento en que la guerrilla del M-19 se tomó la sede de las altas cortes era jefe del Comando de Inteligencia y Contrainteligencia del Ejército y comandante de la extinta Brigada XX. Señalado de una docena de desapariciones forzadas en esa operación, así como del exterminio del partido Unión Patriótica, Ramírez Quintero guardó silencio en su paso por la JEP.
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“La JEP no puede tolerar ese tipo de actitudes y conductas frente a los compromisos que deben honrar los comparecientes”, añade la decisión de la Sección de Apelación. El fallo recoge que han pasado dos años ya desde que Ramírez Quintero firmó un compromiso con la JEP a aportar verdad, sin que, hasta la fecha “haya contribuido a avanzar los procedimientos transicionales adelantados en relación con los hechos delictivos ocurridos durante la retoma del Palacio de Justicia, la satisfacción de los derechos de las víctimas y los fines de la transición”.
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Ahora bien, esta decisión revoca una previa de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP, que en febrero de este año había aceptado al general (r) Ramírez Quintero. Sin embargo, solo tiene efectos sobre el proceso del Palacio de Justicia, en el que está pendiente que se defina una segunda instancia por desapariciones forzadas y una instrucción que adelanta la Fiscalía por posibles casos de tortura. Esos dos procesos ahora podrán avanzar con normalidad en la justicia ordinaria. Entretanto, el alto oficial debe seguir compareciendo en la JEP por otros casos, como el del exterminio de la Unión Patriótica.
En la misma decisión, la JEP se refirió a otros tres miembros del Ejército que habían pedido pista por su participación en la retoma del Palacio de Justicia. Se trata del Oscar William Vásquez Rodríguez, quien era del B2 del Ejército para la época, así como de Gustavo Arévalo Moreno y Bernardo Alfonso Garzón Garzón, integrantes del Batallón Charry Solano. Si bien la Sección de Apelación mantuvo la aceptación de los tres en la JEP, ordenó que se realice una audiencia pública en la que los militares deberán aportar verdad sobre su rol en este episodio del conflicto.
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“En la audiencia dialógica ordenada, las víctimas acreditadas en el trámite y que deseen participar tendrán la oportunidad de intervenir, manifestar su valoración sobre las contribuciones de los aportantes a la verdad, y elevar solicitudes respetuosas ante los jueces transicionales”, agrega el fallo. La diligencia deberá encabezarla la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas y, una vez se realice, sus magistrados tienen que evaluar si los aportes a la verdad que hagan Vásquez, Arévalo y Garzón cumplen con los estándares de la JEP. Solo entonces se sabrá en qué queda el capítulo del Palacio de Justicia en el órgano creado para esclarecer el conflicto armado.
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