Escucha este artículo
Audio generado con IA de Google
0:00
/
0:00
El Consejo de Estado acaba de tomar una decisión trascendental frente al Plan de Formalización del Empleo Público que ha propuesto el Gobierno del presidente Gustavo Petro. Decidió suspender temporalmente un aparte de la circular que empezó a regir el 1 de enero de este año, en la que ordenaba que los contratos de prestación de servicios del Estado deberían tener una duración máxima de cuatro meses.
Le puede interesar: Más plantas temporales y menos contratos de prestación de servicios, dice Gobierno
La decisión del alto tribunal, se da luego de estudiar una demanda que presentó un ciudadano, en la que se solicitaban medidas cautelares, argumentado que se debía declarar nula la Circular 100-005-2022, que empezó a regir este año, y que hablaba sobre efectuar la formalización del empleo, en los órganos, organismos y entidades del Ejecutivo, porque Función Pública y la Escuela Superior de Administración Pública (ESAP), entidades que firmaron ese documento, le quitaban la competencia que tenía el Congreso en este caso “para regular las inhabilidades, incompatibilidades o prohibiciones para contratar con el Estado”.
El alto tribunal le dio la razón al demandante al concluir, preliminarmente, que al expedir esa circular, el Departamento Administrativo de la Función Pública y la Escuela Superior de Administración Pública pudieron obrar con desconocimiento de lo dispuesto en el inciso final del artículo 150 de la Constitución Política, el cual reglamenta que le corresponde al Congreso hacer las leyes.
Lea: La implementación del programa de sustitución es deficiente: Corte Constitucional
El Plan de Formalización de Empleo Público del Gobierno establece que para efectuar la formalización del empleo, los órganos, organismos y entidades del ejecutivo deben tener la provisión de todos los cargos de las plantas de personal existentes y en vacancia; la ampliación de las plantas de personal existentes, siempre que las condiciones técnicas y financieras así lo permitan.
De igual forma, la circular dice que las entidades deben crear plantas temporales, como también hacer “uso racional de los contratos de prestación de servicios, atendiendo exclusivamente lo establecido en la ley y en los fallos judiciales”.
Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.