Inpec le abre la puerta a la contratación directa para enfrentar pandemia de Covid-19
Tres días después de declarar la emergencia carcelaria, la entidad encargada de la custodia de las prisiones del país, acudió a esta figura para agilizar la contratación y poder prevenir un contagio masivo en los penales, donde el hacinamiento supera el 50% y las condiciones de salubridad son precarias.
Redacción Judicial
En el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec) de ahora en adelante se podrá contratar de manera directa para cualquier tema relacionado con atender la pandemia del Covid-19. El director de la entidad, general Norberto Mujica, declaró la urgencia manifiesta, una figura que se usa en casos excepcionales y de crisis para sortear todos los trámites que supone la contratación estatal y darle mayor agilidad a un proceso. La decisión se da a días de que se decretara la emergencia carcelaria y le amplía el poder al director para decidir en qué se gasta el presupuesto de un ente que tiene un recordado historial de corrupción.
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La medida se tomó “con el fin de surtir los trámites de contratación requeridos para atender de manera urgente e inmediata la mitigación del impacto sanitario y garantizar la salud de la población privada de la libertad, las condiciones laborales de los servidores penitenciarios y auxiliares bachilleres, así como todo lo necesario para el cumplimiento de la misionalidad”, según reza la resolución 1274 firmada por el general Mujica. Y aclara que solo se podrán contratar bienes y servicios que tengan que ver con atender la emergencia carcelaria.
Sin embargo, la resolución no solo le da estas facultades al general Mujica, sino también a las cabezas de cada una de las direcciones regionales, al director de la Escuela Penitenciaria y a los directores de cada una de las 134 cárceles del país. La norma, que fue firmada apenas el pasado 25 de marzo, intenta ser más específica sobre el tipo de cosas que se pueden adquirir en virtud de la urgencia manifiesta y lista cuatro circunstancias en las que cualquiera de estos funcionarios puede contratar de manera directa.
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En primer lugar, “bienes y servicios para atender y mitigar hechos que perturben o amenacen de manera grave o inminente el orden y la seguridad penitenciaria y carcelaria”. En segundo lugar, “bienes y servicios para atender y mitigar graves situaciones de salud y de orden sanitario, así como las condiciones higiénicas, para prevenir, contener y mitigar los efectos de la pandemia del nuevo coronavirus COVID-19, al igual que todos aquellos que surjan con ocasión a desobediencias, amotinamientos, entre otros hechos que alteren gravemente la seguridad penitenciaria y carcelaria”.
Asimismo, “bienes y servicios para atender y mitigar los efectos del hacinamiento, que afecten severamente los derechos fundamentales de la población privada de la libertad de acuerdo a la emergencia presentada en el país”. Y, por último “bienes y servicios para atender y mitigar la falta de prestación de los servicios esenciales que pongan en riesgo el buen funcionamiento del sistema o amenacen gravemente los derechos fundamentales de la población privada de la libertad, las condiciones laborales y de salud de los servidores penitenciarios y auxiliares bachilleres”.
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El Gobierno Nacional declaró la emergencia carcelaria el pasado 23 de marzo como una medida que busca hacer cara a la crisis que se viven en las prisiones del país, donde hay un hacinamiento del 52 %, y evitar que haya un contagio masivo de COVID-19. La decisión la tomaron el Ministerio de Justicia y Inpec y se anunció mediante un escueto mensaje en la cuenta de Twitter de la autoridad carcelaria. Según el mensaje, la decisión se toma por temas de salud y orden público y con el objetivo de “seguir trabajando por las personas privadas de la libertad, los funcionarios y sus familias”.
La declaratoria afirma que el Inpec “adopatará las medidas que se requieran en desarrollo del presente Estado de Emergencia” y deja abierta la posibilidad de extender la situación hasta un año si las condiciones no cambian. A través de la resolución 001144 del 22 de marzo, el Inpec justificó la medida asegurando que “el país y el sistema carcelario en este momento afronta la coyuntura de afectación global por la pandemia del coronavirus, situación que no solo desborda las capacidades del Estado mismo, sino que además tiene un potencial determinante de afectación a ciertos grupos vulnerables de la población, dentro los cuales se encuentran los privados de la libertad, así como los funcionarios penitenciarios y auxiliares bachilleres que prestan sus servicios en los establecimientos de reclusión”.
En el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec) de ahora en adelante se podrá contratar de manera directa para cualquier tema relacionado con atender la pandemia del Covid-19. El director de la entidad, general Norberto Mujica, declaró la urgencia manifiesta, una figura que se usa en casos excepcionales y de crisis para sortear todos los trámites que supone la contratación estatal y darle mayor agilidad a un proceso. La decisión se da a días de que se decretara la emergencia carcelaria y le amplía el poder al director para decidir en qué se gasta el presupuesto de un ente que tiene un recordado historial de corrupción.
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La medida se tomó “con el fin de surtir los trámites de contratación requeridos para atender de manera urgente e inmediata la mitigación del impacto sanitario y garantizar la salud de la población privada de la libertad, las condiciones laborales de los servidores penitenciarios y auxiliares bachilleres, así como todo lo necesario para el cumplimiento de la misionalidad”, según reza la resolución 1274 firmada por el general Mujica. Y aclara que solo se podrán contratar bienes y servicios que tengan que ver con atender la emergencia carcelaria.
Sin embargo, la resolución no solo le da estas facultades al general Mujica, sino también a las cabezas de cada una de las direcciones regionales, al director de la Escuela Penitenciaria y a los directores de cada una de las 134 cárceles del país. La norma, que fue firmada apenas el pasado 25 de marzo, intenta ser más específica sobre el tipo de cosas que se pueden adquirir en virtud de la urgencia manifiesta y lista cuatro circunstancias en las que cualquiera de estos funcionarios puede contratar de manera directa.
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En primer lugar, “bienes y servicios para atender y mitigar hechos que perturben o amenacen de manera grave o inminente el orden y la seguridad penitenciaria y carcelaria”. En segundo lugar, “bienes y servicios para atender y mitigar graves situaciones de salud y de orden sanitario, así como las condiciones higiénicas, para prevenir, contener y mitigar los efectos de la pandemia del nuevo coronavirus COVID-19, al igual que todos aquellos que surjan con ocasión a desobediencias, amotinamientos, entre otros hechos que alteren gravemente la seguridad penitenciaria y carcelaria”.
Asimismo, “bienes y servicios para atender y mitigar los efectos del hacinamiento, que afecten severamente los derechos fundamentales de la población privada de la libertad de acuerdo a la emergencia presentada en el país”. Y, por último “bienes y servicios para atender y mitigar la falta de prestación de los servicios esenciales que pongan en riesgo el buen funcionamiento del sistema o amenacen gravemente los derechos fundamentales de la población privada de la libertad, las condiciones laborales y de salud de los servidores penitenciarios y auxiliares bachilleres”.
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El Gobierno Nacional declaró la emergencia carcelaria el pasado 23 de marzo como una medida que busca hacer cara a la crisis que se viven en las prisiones del país, donde hay un hacinamiento del 52 %, y evitar que haya un contagio masivo de COVID-19. La decisión la tomaron el Ministerio de Justicia y Inpec y se anunció mediante un escueto mensaje en la cuenta de Twitter de la autoridad carcelaria. Según el mensaje, la decisión se toma por temas de salud y orden público y con el objetivo de “seguir trabajando por las personas privadas de la libertad, los funcionarios y sus familias”.
La declaratoria afirma que el Inpec “adopatará las medidas que se requieran en desarrollo del presente Estado de Emergencia” y deja abierta la posibilidad de extender la situación hasta un año si las condiciones no cambian. A través de la resolución 001144 del 22 de marzo, el Inpec justificó la medida asegurando que “el país y el sistema carcelario en este momento afronta la coyuntura de afectación global por la pandemia del coronavirus, situación que no solo desborda las capacidades del Estado mismo, sino que además tiene un potencial determinante de afectación a ciertos grupos vulnerables de la población, dentro los cuales se encuentran los privados de la libertad, así como los funcionarios penitenciarios y auxiliares bachilleres que prestan sus servicios en los establecimientos de reclusión”.