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Si el Consejo Nacional Electoral (CNE) se mantiene en su decisión de investigar al presidente Gustavo Petro por la supuesta financiación ilícita de su campaña presidencia, el Estado podría enfrentarse a demandas, incluso internacionales, que lo meterían en serios problemas judiciales. La advertencia la acaba de hacer la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado a través de un memorial que le envió el pasado 15 de octubre a la autoridad electoral llamando la atención de las posibles repercusiones legales de investigar a un jefe de Estado.
El documento de 19 páginas está firmado por Juan Carlos Delgado D’aste, director de Defensa Jurídica Nacional, y Yebrail Andrés Haddad Linero, director de Defensa Jurídica Internacional, de la Agencia. El memorial se conoce una semana después de que el CNE informara, a través de un comunicado de prensa, que tenía todo listo para formularle cargos al presidente Petro por supuestamente haber sobrepasado los topes en la financiación de su campaña y por, al parecer, haber ingresado dinero de fuentes ilícitas a la contienda electoral.
Lo que sostiene la Agencia son los argumentos jurídicos que ya se conocen: que el CNE no tiene la competencia para investigar a un presidente, pues esa es tarea de la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes; que, al hacerlo, el Consejo Electoral estaría violando el fuero presidencial que protege al presidente de investigaciones extrajudiciales que podrían entorpecer su administración; y que el CNE también está yendo en contra del derecho al debido proceso del propio presidente Petro.
Por esta lista de supuestas violaciones a los derechos del jefe de Estado, la Agencia advierte que el país está ante “una posible usurpación de funciones públicas” que “comprometerían de manera grave la responsabilidad del Estado a nivel nacional e internacional”. En otras palabras, que lo que está haciendo el CNE en contra del presidente podría terminar en demandas y hasta condenas en contra del Estado colombiano. Para evitar ese escenario, se lee en el memorial, la Agencia tiene la posibilidad de intervenir en el proceso.
Más allá del debate sobre el fuero y la competencia del CNE, la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado resaltó un escenario judicial casi idéntico al que el propio presidente Petro ya vivió en 2012 cuando la Procuraduría de Alejandro Ordóñez lo destituyó de la Alcaldía de Bogotá y lo suspendió de toda actividad pública. Aunque la Agencia no compara explícitamente el caso del CNE con el de Petro en la Alcaldía, las similitudes son evidentes: lo que sostiene la entidad es que el Consejo Nacional Electoral, al ser una autoridad administrativa, no tiene ninguna facultad para sancionar a un funcionario elegido por voto popular.
La Agencia asegura que, de mantener su decisión de investigar al presidente y de sancionarlo, el CNE estaría violando los derechos políticos del primer mandatario, protegidos por la Convención Americana de Derechos humanos. Precisamente ese fue el argumento que sostuvo Petro y su defensa cuando demandó al Estado colombiano ante el sistema interamericano de derechos humanos, luego de que Ordóñez lo sancionara e inhabilitara para ejercer cargos públicos por 15 años en 2014.
En últimas, la máxima instancia de este tribunal internacional determinó que, en efecto, la Procuraduría había violado los derechos del exalcalde. La Corte Interamericana de Derechos Humanos condenó al Estado colombiano a 2020 por la decisión de Ordóñez y le ordenó al país a que acomode sus leyes para que ni la Procuraduría ni ninguna otra instancia administrativa o disciplinaria pueda tocar a los funcionarios de elección popular, salvo su juez natural y luego de un estricto proceso judicial.
Por estas razones es que la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado le advierte al CNE que no puede seguir con su decisión de investigar al presidente Petro. Además de solicitarle que frene el proceso contra el jefe de Estado para evitar demandas, la entidad hizo otra petición: Si la autoridad electoral no frena el expediente, debe frenar y pedirle a la Corte Constitucional que defina quién puede investigar al presidente. A esto se le conoce como un conflicto de competencias que no es otra cosa que una solicitud que tiene que presentar loas partes de un proceso cuando no es claro quién puede investigar a una persona.
En este caso puntual, lo que entraría a definir el alto tribunal es si el CNE se está extralimitando en sus funciones y es la Comisión de Acusación la que debe adelantar todo el proceso contra el presidente por la supuesta financiación ilícita de su campaña. O si, por el contrario, el Consejo Nacional Electoral no ha cometido ninguna “usurpación de funciones”, como lo describe la Agencia. Según las normas, el conflicto de competencias que muchos han pedido para aclarar este proceso solo lo pueden pedir el CNE o la Comisión.
Por ahora, ninguna de las dos instancias le ha pedido a la Corte Constitucional que intervenga. Entretanto, los abogados del presidente siguen esperando conocer el trasfondo jurídico que llevó al CNE a formularte cargos a Petro, pues por ahora solo conocen un comunicado de prensa. Por su parte, la Agencia se le atravesó al proceso del CNE con el memorial conocido por El Espectador, no solo con un salvavidas para la defensa del presidente, sino como una advertencia clara para evitar una posible condena en contra del Estado.
Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.