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Este lunes 29 de abril, la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), durante la investigación del caso 01 (toma de rehenes, graves privaciones de la libertad y otros crímenes por las FARC), ratificó la imputación hecha por la Sala de Reconocimiento en contra de los miembros del antiguo Secretariado de las FARC por crímenes de guerra y lesa humanidad, más precisamente por el delito de esclavitud.
De acuerdo con la sección de primera instancia de la Sala de Reconocimiento y Verdad, su decisión se sustenta bajo “las conductas reconocidas, las pruebas allegadas, las calificaciones jurídicas realizadas, los responsables y las propuestas de sanción y luego de haber analizado las contribuciones a la verdad, la aceptación de responsabilidad y las propuestas restaurativas”.
La Sección, además, fue enfática en señalar que los miembros que integraron el antiguo Secretariado de las FARC son responsables por mando de las conductas “constitutivas del crimen de lesa humanidad de esclavitud” la cual tuvo su origen en la política de secuestros que adelantó ese grupo armado. La jurisdicción de paz añadió que dichos miembros tuvieron pleno conocimiento de que los trabajos forzados fueron cometidos como un ataque “generalizado y sistemático”.
El análisis de la sección de primera instancia también se fundamentó bajo el artículo 7 del Estatuto de Roma, el cual califica qué es un crimen de lesa humanidad. Siguiendo esa línea, la sección determinó que los crímenes cometidos en el marco de la investigación del caso 01 generaron un ataque dirigido contra la población civil, que ese ataque fue realizado de forma sistemática y que, finalmente, los secuestros fueron cometidos en cumplimiento de una política de Estado u organización, en este caso de las extintas FARC como grupo armado.
Además de los secuestros, la Sección de Reconocimiento tuvo en cuenta los trabajos forzados a los cuales estuvieron sometidos quienes estuvieron en cautiverio, y argumentó que estos “se caracterizaron por la imposibilidad de las víctimas de cambiar su condición por la coerción, el temor, las amenazas y las restricciones físicas a su libertad individual”.
Durante una rueda de prensa, la JEP también señaló que la Sección determinó que las políticas de privación de la libertad adoptadas por la extinta guerrilla, tuvo varios propósitos, principalmente, con fines de financiación, canjes por guerrilleros presos y por controlar diferentes territorios donde ese grupo insurgente hizo presencia. “Estas actividades derivaron en profundas afectaciones a la sociedad colombiana (...) particularmente a niñas, niños, adultos mayores y mujeres embarazadas”.
Para la JEP, este es un primer peldaño para “llegar a esta etapa procesal con una sentencia congruente”, pues se espera que las primeras sanciones por el caso de secuestros lleguen antes de terminar el 2024, de acuerdo con lo expuesto por los magistrados.
La ratificación de la JEP se da luego de que, en 2022, los miembros del antiguo Secretariado (Rodrigo Londoño Echeverri, Pastor Lisandro Alape Lascarro, Milton de Jesús Toncel Redondo, Jaime Alberto Parra Rodríguez, Julián Gallo Cubillos, Pablo Catatumbo Torres Victoria y Rodrigo Granda Escobar) reconocieran su responsabilidad en este caso. El anuncio de la Sala se hace previo a la impartición de sentencias que tendría lugar luego de la revisión de correspondencia de la imputación.
Según explicó el magistrado Camilo Suárez, presidente de la Sección de Primera Instancia para Casos de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad del Tribunal de Paz de la JEP, antes de finalizar el 2024 se convocará una audiencia de verificación con el fin de conocer las primeras sanciones.
La jurisdicción de paz acogió así los llamados de la Procuraduría de Margarita Cabello que, en repetidas ocasiones, solicitó que los miembros de la extinta guerrilla les fueran imputados estos crímenes de guerra y lesa humanidad.
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