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La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) le negó la libertad condicional al exjefeparamilitar Salvatore Mancuso, sin embargo, en la misma decisión dejó claro que es “por el momento” y quedó abierta la posibilidad de que a futuro le concedan la salida de las rejas. La razón está en que la JEP todavía no ha analizado todos los requisitos necesarios para tomar esa determinación, la cual es solicitada por Mancuso y requiere un estudio juicioso, pues de por medio están los derechos de las víctimas del paramilitarismo.
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“No es posible el otorgamiento de beneficios incondicionales o automáticos, en tanto de lo que se trata es de garantizar los derechos de las víctimas. Es decir, como beneficio que es, la JEP analiza unos requisitos y lo puede otorgar o no (...) Téngase en cuenta que la libertad condicionada, transitoria y anticipada, así como la libertad condicionada, no son beneficios cuyo reconocimiento sea automático, como ha sido aceptado por la Corte Suprema de Justicia, o que emane de manera inmediata por la suscripción del acta de sometimiento a la Jurisdicción Especial para la Paz”, explicó la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas.
Mancuso regresó a Colombia en febrero pasado, luego de pasar 16 años preso en Estados Unidos, pagando delitos por narcotráfico. En su momento, las Salas de Justicia y Paz de los tribunales superiores del país, creadas para el trámite de la desmovilización paramilitar, comenzaron a pronunciarse sobre su libertad. Por ejemplo, el tribunal superior de Barranquilla le negó la salida. Fue entonces cuando la JEP, el pasado 18 de marzo, emitió una decisión en la que aseguró que tomaba el poder de todos los casos del criminal, entre ellos su solicitud de libertad.
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Además de ello, la JEP aceptó completamente el sometimiento de Mancuso como “bisagra” o punto de conexión entre paramilitares y fuerzas de seguridad del Estado. Con su llegada a la Jurisdicción de paz, se espera que entregue testimonios relacionados con los capítulos de la guerra que este sistema de justicia está desenredando. De hecho, la semana pasada Mancuso fue citado para que diga lo que sabe sobre las masacres de La Granja y El Aro, en Ituango (Antioquia), en los noventa, y que contaron con amplia presencia paramilitar.
Además, con esa decisión la Sala de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad de la JEP aseguró que “ejercerá la supervisión de su régimen de condicionalidad a partir del momento que seleccione, si es del caso, al compareciente como posible máximo responsable de las conductas cobijadas en los macrocasos 03, 04, 06 y 08″. Adicionalmente, en el documento también llaman a Mancuso para “que concrete sus compromisos con el Sistema Integral de Paz en lo relativo a la indemnización y la satisfacción integral de los derechos de las víctimas”.
Otro de los tribunales superiores que se pronunció sobre la libertad de Mancuso fue el de la capital del país, el cual el pasado 20 de marzo ordenó su salida de la cárcel La Picota, para que cumpla con funciones de gestor de paz. Ese caso especifico está siendo valorado por la Corte Suprema de Justicia, pues la Procuraduría no estuvo de acuerdo con esa decisión. Sin embargo, ese expediente es clave pues, desde el mes pasado, el Tribunal Superior de Bogotá le solicitó a la Corte Constitucional que dirima el conflicto de competencias y defina, de una vez por todas, la libertad de Salvatore Mancuso.
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