JEP ordenó eliminar antecedentes judiciales de 9.600 firmantes del acuerdo de paz
Los firmantes ya habían recibido la amnistía por decreto presidencial desde 2017 y 2018, sin embargo, esta no se había materializado. Por este motivo, la jurisdicción le ordenó la eliminación de los antecedentes a la Policía Nacional, la Interpol, la Dijín y la Registraduría Nacional.
La Jurisdicción Especial para la Paz le ordenó a diversas entidades eliminar los antecedentes judiciales de 9.600 firmantes de paz, los cuales ya habían recibido amnistías por decreto presidencial desde 2017 y 2018. La JEP explicó que los firmantes que recibieron este indulto no se encuentran vinculados con crímenes de guerra o de lesa humanidad, sino con delitos políticos cometidos durante el conflicto armado. Específicamente, la jurisdicción emitió la orden para la Policía Nacional, la Interpol, la Dijín y la Registraduría Nacional.
La sala explicó que con la materialización de estos beneficios jurídicos se busca garantizar una reincorporación eficaz de los firmantes, haciendo énfasis en que estos indultos ya habían sido firmados por el presidente Juan Manuel Santos desde hace varios años. Además, le solicitó a la Agencia Nacional de Reincorporación (ARN) darles a conocer este último pronunciamiento de la Jurisdicción, a los firmantes a los cuales se les eliminarán los antecedentes.
Así mismo, también le solicitó a la Oficina del Alto Comisionado para la paz, que en un plazo máximo de 30 días, le envíe a la JEP toda la información relacionada con los beneficios jurídicos que se otorgarán a los firmantes del acuerdo. También deberán compartir “la información sobre personas pertenecientes a las Farc que para ese momento se encontraban privadas de la libertad, indicando autoridad del caso y establecimiento carcelario en el que se cumplía dicha privación”.
La magistrada Diana Vega Laguna, de la Sala de Amnistía o Indulto, explicó que esta decisión es clave para que los firmantes “puedan tener un proceso de reincorporación exitoso y tranquilo”, ya que estaban teniendo dificultades en acciones cotidianas como abrir una cuenta bancaria o conseguir un trabajo. Estas mismas dificultades se estarían presentando cuando intentaban salir del país, las autoridades internacionales revisaban sus antecedentes y en algunos casos las personas eran devueltas al país por este motivo.
Finalmente, la Sala de amnistía o Indulto consideró que es necesario que se promuevan jornadas pedagógicas, presenciales y virtuales para que los firmantes puedan comprender los beneficios que van a recibir, ya que no sería suficiente solo con la comunicación formal del pronunciamiento.
Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.
La Jurisdicción Especial para la Paz le ordenó a diversas entidades eliminar los antecedentes judiciales de 9.600 firmantes de paz, los cuales ya habían recibido amnistías por decreto presidencial desde 2017 y 2018. La JEP explicó que los firmantes que recibieron este indulto no se encuentran vinculados con crímenes de guerra o de lesa humanidad, sino con delitos políticos cometidos durante el conflicto armado. Específicamente, la jurisdicción emitió la orden para la Policía Nacional, la Interpol, la Dijín y la Registraduría Nacional.
La sala explicó que con la materialización de estos beneficios jurídicos se busca garantizar una reincorporación eficaz de los firmantes, haciendo énfasis en que estos indultos ya habían sido firmados por el presidente Juan Manuel Santos desde hace varios años. Además, le solicitó a la Agencia Nacional de Reincorporación (ARN) darles a conocer este último pronunciamiento de la Jurisdicción, a los firmantes a los cuales se les eliminarán los antecedentes.
Así mismo, también le solicitó a la Oficina del Alto Comisionado para la paz, que en un plazo máximo de 30 días, le envíe a la JEP toda la información relacionada con los beneficios jurídicos que se otorgarán a los firmantes del acuerdo. También deberán compartir “la información sobre personas pertenecientes a las Farc que para ese momento se encontraban privadas de la libertad, indicando autoridad del caso y establecimiento carcelario en el que se cumplía dicha privación”.
La magistrada Diana Vega Laguna, de la Sala de Amnistía o Indulto, explicó que esta decisión es clave para que los firmantes “puedan tener un proceso de reincorporación exitoso y tranquilo”, ya que estaban teniendo dificultades en acciones cotidianas como abrir una cuenta bancaria o conseguir un trabajo. Estas mismas dificultades se estarían presentando cuando intentaban salir del país, las autoridades internacionales revisaban sus antecedentes y en algunos casos las personas eran devueltas al país por este motivo.
Finalmente, la Sala de amnistía o Indulto consideró que es necesario que se promuevan jornadas pedagógicas, presenciales y virtuales para que los firmantes puedan comprender los beneficios que van a recibir, ya que no sería suficiente solo con la comunicación formal del pronunciamiento.
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