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La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) anunció que 12 de los 15 integrantes del Batallón La Popa del Ejército, a los que los imputaron por su participación en ejecución de civiles y presentados como bajas en combate, serán postulados para que se les impongan las sanciones propias al reconocer su responsabilidad en estos hechos y aportar una verdad plena sobre las ejecuciones extrajudiciales. Esta decisión viene gracias a la resolución de conclusiones de la jurisdicción sobre el subcaso Caribe del caso 03 que investiga los falsos positivos.
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La Sala de Reconocimiento pidió a que se les impongan sanciones con un componente restaurador y reparador al mayor Guillermo Gutiérrez, el mayor Heber Gómez, el teniente Carlos Lora, el subteniente Eduart Gustavo Álvarez, el subteniente Elkin Leonardo Burgos, el sargento primero Efraín Andrade Perea, el sargento primero Manuel Valentín Padilla, el sargento viceprimero José de Jesús Rueda Quintero, el cabo tercero Elkin Rojas y los soldados profesionales Juan Carlos Soto, Yeris Andrés Gómez y Alex José Mercado Sierra.
Esta decisión nace después de que la Sala determinara que los 12 comparecientes que participaron en la audiencia de reconocimiento de verdad del 18 y el 19 de julio de 2022 habían entregado información de todos los hechos de falsos positivos en los que estaban involucrados. Además, los imputados entregaron su versión sobre hechos sobre los cuales no estaban siendo investigados en la justicia ordinaria.
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La Sala ordenó las sanciones contra los militares por hechos ocurridos entre el 9 de enero de 2002 y el 9 de julio de 2005. Durante estos años, integrantes del Batallón La Popa participaron en 135 asesinatos y desapariciones forzadas que ocurrieron durante 77 eventos diferentes. Entre los crímenes que confesaron durante las audiencias se encuentra el asesinato de 18 personas que les fueron entregados por parte de paramilitares bajo el mando de Jorge 40 en la hacienda El Socorro.
Además, la Sala ordenó que se le informara la decisión a la Unidad de Investigación y Acusación a través de un oficio para que la tenga en cuenta dentro del proceso que se adelanta en contra del general Publio Hernán Mejía Gutiérrez, el coronel (r) Juan Carlos Figueroa Suárez y el coronel (r) José Pastor Ruiz Mahecha.
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“Las sanciones propias que serían impuestas a los 12 comparecientes implican hasta 8 años de restricciones de libertades y derechos, a estas solo podrán acceder los imputados que reconozcan responsabilidad y aporten verdad plena, exhaustiva y detallada”, afirmó durante una rueda de prensa la Sala de Reconocimiento.
Esta es la última de las tres resoluciones de conclusiones que hasta el momento ha entregado la JEP. La primera se trata de los 11 imputados por falsos positivos cometidos en la región del Catatumbo, quienes fueron elegibles para que la jurisdicción les imponga sus propias sanciones. La segunda se trata del caso 01, que investiga el secuestro, allí se remitió al último secretariado de las extintas Farc para que reciban sus sanciones.
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