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JEP pide suspender extradición de exfarc que declaró sobre atentado contra Uribe

Se trata de Aldemar Soto Charry, quien perteneció a la Columna móvil Teófilo Forero de las extintas Farc. En sus declaraciones hablado del secuestro contra el senador Jorge Eduardo Gechem Turbay, ocurrido el 20 de febrero de 2002, y ha entregado detalles de un atentado contra el expresidente Álvaro Uribe en Neiva.

21 de junio de 2024 - 09:05 p. m.
Aldemar Soto Charry, excombatiente de las FARC.
Aldemar Soto Charry, excombatiente de las FARC.
Foto: Archivo Particular Blu Radio

La Sala de Amnistía o Indulto de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) solicitó a los ministerios de Justicia y Relaciones Exteriores, suspender el trámite de extradición a Estados Unidos del compareciente Aldemar Soto Charry, perteneciente a la Columna Móvil Teófilo Forero de las extintas Farc, con el fin de garantizar su comparecencia ante la Jurisdicción.

La decisión se da luego de que la Sala analizara varios hechos relevantes en los que las declaraciones de Soto Charry han sido determinantes. Entre esos acontecimientos destaca el secuestro del senador Jorge Eduardo Gechem Turbay, ocurrido el 20 de febrero de 2002; el atentado con explosivos en Neiva contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez, sucedido el 14 de febrero de 2003, y sus aportes sobre la ubicación de una fosa encontrada en los Llanos del Yarí, en la que se encontraría una persona dada por desaparecida.

Sus aportes de verdad en estos escenarios, que fueron remitidos a la Sala de Reconocimiento de Verdad, están enmarcados en el macrocaso 01, que investigas los secuestros cometidos por exmiembros de las Farc, y el macrocaso 10, que indaga sobre crímenes no amnistiables cometidos por los miembros de esa guerrilla.

A su vez, las declaraciones de Charry, dice la JEP, dan cuenta de la información que tiene sobre Juvenal Ovidio Palmera Pineda, conocido como ‘Simón Trinidad’, y la desaparición de un miliciano coautor en las labores de inteligencia para el secuestro del senador Gechem Turbay, del Partido Liberal.

La solicitud de no extradición argumenta que, para la Sala, “la extradición de personas a los Estados Unidos hace más difícil la realización de trámites judiciales, razón por la cual, el Estado colombiano deberá valorar la conveniencia de suspender, de ser necesario, el envío del compareciente a una cárcel ubicada en los Estados Unidos”. La JEP, además, solicitó al Gobierno prever las medidas necesitarías que garanticen la contribución del compareciente.

La Sección de Revisión de la JEP le había negado en diciembre de 2021 la garantía de no extradición a Soto Charry, pues esa solicitud se basó en hechos posteriores a la firma del Acuerdo de Paz. La magistratura, entonces, había solicitado a la Fiscalía adelantar las investigaciones correspondientes al caso a partir de una denuncia presentada por el compareciente sobre presuntos sucesos irregulares por los que fue pedido en extradición.

Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

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