JEP rechaza a tres militares implicados en desapariciones del Palacio de Justicia
Esta jurisdicción le cerró la puerta al mayor (R) Oscar William Vásquez Rodríguez, al sargento (R) Gustavo Arévalo Moreno y al sargento Bernardo Alfonso Garzón Garzón. ¿Por qué? Acá le contamos.
La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) rechazó el sometimiento del mayor (R) Oscar William Vásquez Rodríguez, el sargento (R) Gustavo Arévalo Moreno y el sargento Bernardo Alfonso Garzón Garzón, dentro del caso por la toma y retoma del Palacio de Justicia en 1985. Según la jurisdicción, estos militares en retiro, que eran considerados eslabones claves en el caso, no hicieron los aportes suficientes a la verdad para ser aceptados.
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Contra los tres uniformados en retiro se adelantan procesos penales por hechos ocurridos durante la toma y retoma del Palacio de Justicia. Sin embargo, los militares pedían pista en la JEP en calidad de agentes del Estado integrantes de la Fuerza Pública. Por el caso, el 24 y 25 de mayo de 2023 se llevó a cabo la audiencia de aporte a la verdad a la que asistieron el sargento (r) Garzón y el sargento (r) Arévalo Moreno. Por su parte, el mayor (r) Vásquez no asistió por no tener “ninguna contribución que hacer más allá de lo ya preceptuado por la justicia ordinaria”.
Durante la audiencia de reconocimiento, los dos militares asistentes se refirieron a temas relacionados con las personas que ejecutaron las desapariciones forzadas en el Palacio de Justicia en 1985, así como si en ese momento los superiores impartieron órdenes de desaparecer integrantes del M-19 o personas sospechosas de pertenecer a esta organización. Por otra parte, los uniformados también fueron cuestionados por el paradero de los desaparecidos en el hecho y por las circunstancias que rodearon la muerte del magistrado Carlos Horacio Urán Rojas y la desaparición forzada del señor Julio Cesar Andrade Andrade, entre otros.
Sargento (r) Bernardo Garzón
En el caso de Bernardo Alfonso Garzón, el militar dijo durante su intervención que para la fecha de la toma y retoma él se encontraba supuestamente en vacaciones, por lo cual, aseguró, conoció las circunstancias relacionadas con los hechos. Para la JEP, la razón de rechazar a este sargento (r) es que “se mostró ajeno a los acontecimientos objeto de análisis, sino que insistentemente se retractó de la versión de los hechos que en su momento rindió ante la Procuraduría General de la Nación en 1991 y la Fiscalía Regional Delegada en 1994, en las cuales daba cuenta de lo sucedido en noviembre de 1985 y los comportamientos que se derivaron de la toma y retoma del Palacio de Justicia, especialmente sobre las circunstancias que rodearon la desaparición forzada de Irma Franco Pineda y la participación del SM (R) Gustavo Arévalo Moreno”.
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Adicionalmente, la JEP considera que resulta insuficiente lo relatado por Garzón para ser aceptado en esa jurisdicción por el caso de la toma y retoma del Palacio, ya que “su experiencia en la carrera militar le permitió infiltrarse en la agrupación guerrillera protagonista de diferentes golpes mediáticos; así mismo, su recorrido al interior del Ejército Nacional lo situaba en una de las más importantes dependencias de inteligencia en el estamento castrense, como lo era el Comando Operativo de Inteligencia y Contrainteligencia”.
Sargento (R) Gustavo Arévalo Moreno
En el caso del sargento (r) Arévalo, la JEP consideró que, a pesar de que él había asegurado tener puntos nuevos con los cuales aportar a la verdad, “su intervención estuvo ceñida en explicar la forma como se estructuraba para el momento de los hechos el Comando Operativo de Inteligencia y Contrainteligencia, al igual que la posición que ocupaba como analista de blanco”. Estos puntos, según la JEP, “no fueron novedosos ya que se encuentran relacionados en la sentencia proferida por el Juzgado Cincuenta y Uno Penal del Circuito de Bogotá, que adelanta un proceso en contra del militar.
En contexto: Por desaparición de guerrillero Luis Otero piden investigar a Sargento (r) Arévalo
Igualmente, cuando fue cuestionado por aspectos más profundos sobre la toma y la retoma del Palacio de Justicia, Arévalo Moreno manifestó “que no tuvo conocimiento de los hechos procesados; indicó que no conoció de pactos de silencio al interior del estamento castrense; no brindó información sobre el rol o las labores desempeñadas por superiores, subalternos y compañeros”.
Mayor (R) Oscar William Vásquez Rodríguez
EL mayor fue condenado en la justicia ordinaria como coautor impropio por el delito de desaparición forzada agravada en concurso homogéneo y sucesivo quedó ejecutoriada en la sentencia de casación proferida el 15 de marzo de 2023. Desde entonces, dice la JEP, “no ha efectuado contribución alguna con la satisfacción de los derechos de las víctimas y los fines del Sistema Integral, es decir, su promesa de aportar verdad simplemente no ha sido cumplida”.
Por esto, determinó la JEP que el mayor (r) “no solo le negó a las víctimas – principalmente a los familiares de la señora Irma Franco Pineda y de los señores Carlos Augusto Rodríguez Vera y Bernardo Beltrán Hernández– la posibilidad de conocer la suerte que corrieron momentos antes de ser desaparecidas”, sino que además “frustró su acceso y goce de beneficios penales en un escenario de justicia como el que comporta la JEP”.
El abogado de las víctimas, en diálogo con El Espectador expresó que la decisión de la JEP es acertada, siempre y cuando en la justicia ordinaria agilice los casos, que, según él, “en los 8 años de fiscalía entre Néstor Humberto Martínez y Francisco Barboza no ha pasado absolutamente nada en materia de investigación”.
Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.
La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) rechazó el sometimiento del mayor (R) Oscar William Vásquez Rodríguez, el sargento (R) Gustavo Arévalo Moreno y el sargento Bernardo Alfonso Garzón Garzón, dentro del caso por la toma y retoma del Palacio de Justicia en 1985. Según la jurisdicción, estos militares en retiro, que eran considerados eslabones claves en el caso, no hicieron los aportes suficientes a la verdad para ser aceptados.
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Durante la audiencia de reconocimiento, los dos militares asistentes se refirieron a temas relacionados con las personas que ejecutaron las desapariciones forzadas en el Palacio de Justicia en 1985, así como si en ese momento los superiores impartieron órdenes de desaparecer integrantes del M-19 o personas sospechosas de pertenecer a esta organización. Por otra parte, los uniformados también fueron cuestionados por el paradero de los desaparecidos en el hecho y por las circunstancias que rodearon la muerte del magistrado Carlos Horacio Urán Rojas y la desaparición forzada del señor Julio Cesar Andrade Andrade, entre otros.
Sargento (r) Bernardo Garzón
En el caso de Bernardo Alfonso Garzón, el militar dijo durante su intervención que para la fecha de la toma y retoma él se encontraba supuestamente en vacaciones, por lo cual, aseguró, conoció las circunstancias relacionadas con los hechos. Para la JEP, la razón de rechazar a este sargento (r) es que “se mostró ajeno a los acontecimientos objeto de análisis, sino que insistentemente se retractó de la versión de los hechos que en su momento rindió ante la Procuraduría General de la Nación en 1991 y la Fiscalía Regional Delegada en 1994, en las cuales daba cuenta de lo sucedido en noviembre de 1985 y los comportamientos que se derivaron de la toma y retoma del Palacio de Justicia, especialmente sobre las circunstancias que rodearon la desaparición forzada de Irma Franco Pineda y la participación del SM (R) Gustavo Arévalo Moreno”.
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Sargento (R) Gustavo Arévalo Moreno
En el caso del sargento (r) Arévalo, la JEP consideró que, a pesar de que él había asegurado tener puntos nuevos con los cuales aportar a la verdad, “su intervención estuvo ceñida en explicar la forma como se estructuraba para el momento de los hechos el Comando Operativo de Inteligencia y Contrainteligencia, al igual que la posición que ocupaba como analista de blanco”. Estos puntos, según la JEP, “no fueron novedosos ya que se encuentran relacionados en la sentencia proferida por el Juzgado Cincuenta y Uno Penal del Circuito de Bogotá, que adelanta un proceso en contra del militar.
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Igualmente, cuando fue cuestionado por aspectos más profundos sobre la toma y la retoma del Palacio de Justicia, Arévalo Moreno manifestó “que no tuvo conocimiento de los hechos procesados; indicó que no conoció de pactos de silencio al interior del estamento castrense; no brindó información sobre el rol o las labores desempeñadas por superiores, subalternos y compañeros”.
Mayor (R) Oscar William Vásquez Rodríguez
EL mayor fue condenado en la justicia ordinaria como coautor impropio por el delito de desaparición forzada agravada en concurso homogéneo y sucesivo quedó ejecutoriada en la sentencia de casación proferida el 15 de marzo de 2023. Desde entonces, dice la JEP, “no ha efectuado contribución alguna con la satisfacción de los derechos de las víctimas y los fines del Sistema Integral, es decir, su promesa de aportar verdad simplemente no ha sido cumplida”.
Por esto, determinó la JEP que el mayor (r) “no solo le negó a las víctimas – principalmente a los familiares de la señora Irma Franco Pineda y de los señores Carlos Augusto Rodríguez Vera y Bernardo Beltrán Hernández– la posibilidad de conocer la suerte que corrieron momentos antes de ser desaparecidas”, sino que además “frustró su acceso y goce de beneficios penales en un escenario de justicia como el que comporta la JEP”.
El abogado de las víctimas, en diálogo con El Espectador expresó que la decisión de la JEP es acertada, siempre y cuando en la justicia ordinaria agilice los casos, que, según él, “en los 8 años de fiscalía entre Néstor Humberto Martínez y Francisco Barboza no ha pasado absolutamente nada en materia de investigación”.
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