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La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) rechazó el sometimiento de Dairo Antonio Úsuga, alias Otoniel, líder del Clan del Golfo, en condición de tercero civil. Con esta decisión, los procesos que enfrenta el capo en relación con el conflicto armado, seguirán siendo analizados por la justicia ordinaria.
#Atención: La JEP rechazó la solicitud de sometimiento como tercero a esta Jurisdicción de Dairo Antonio Úsuga David, conocido como “Otoniel”. La decisión fue adoptada por la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas.
— Jurisdicción Especial para la Paz (@JEP_Colombia) March 25, 2022
La decisión de la justicia transicional se registró dos días después de que, finalmente, después de muchas dilaciones con la Dijín de la Policía, fuera posible recolectar el testimonio de Úsuga en los calabozos de la unidad policial en Bogotá, en donde permanece recluido. Otoniel, quien está capturado desde el pasado 23 de octubre, pidió pista en la JEP porque considera que al ser uno de los actores armados ilegales que provocó el conflicto en el país, cuenta con la suficiente información para entregar verdad y con ello reparar a las víctimas.
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El jefe del Clan de Golfo ha dicho que tiene información valiosa que salpicaría a altos mandos militares. Además, que puede hablar sobre asesinatos de líderes sociales y el exterminio a miembros de la Unión Patriótica.
Durante la improvisada audiencia en los calabozos, Otoniel empezó a contestar las preguntas del magistrado Óscar Parra y su equipo, pero también de las otras partes. Su testimonio se logró en el marco del caso 03 que adelanta la JEP sobre ejecuciones extrajudiciales. Por eso, insistieron fuentes cercanas el proceso, resultó tan importante contar con la reserva de las víctimas de una audiencia en la que, como había pasado en ocasiones anteriores, la presencia de agentes de la fuerza pública no ha sido justificada.
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Las múltiples trabas que puso la fuerza pública para la recolección del testimonio del capo hicieron que la JEP abriera un incidente de desacato contra el director de la Dijín, general Fernando Murillo, por una serie de irregularidades en el marco de las diligencias relacionadas con Otoniel.
En un auto de 12 páginas, la JEP no solo abrió el incidente, sino que también le solicitó a la magistrada del caso 04,denominado situación de conflicto generada en el Urabá, en el que entrega su declaración Otoniel, que en tres días hábiles informe detalladamente lo sucedido el pasado 22 de marzo en la diligencia de testimonio, manifestando: las personas que intervinieron en la diligencia, las acciones desarrolladas por los funcionarios de la Dijín, las condiciones en las cuales se había acordado llevar a cabo este testimonio, lo ocurrido concretamente en esta diligencia y las razones por las cuales se suspendió.
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Desde que Otoniel presentó ante la JEP su intención de entregar verdad a las víctimas, según su defensa, el Estado ha puesto “trabas” que ha llevado a que las diligencias en las que rendirá testimonio sean canceladas. Antes de la decisión de la JEP, se presentaron algunas irregularidades que la defensa del capo catalogó como una persecución contra su prohijado.
Varias diligencias, no solo en el tribunal de paz, sino también en la Comisión de la Verdad, estuvieron “viciadas” por dudosas acciones de la fuerza pública. La diligencia en la que empezó a cobrar relevancia la hipótesis de la defensa, a su juicio, se registró ante la Comisión en la cual no solo suspendieron la audiencia, sino que, además, uno de los comisionados fue víctima de robo a equipos electrónicos en los que, supuestamente, se había confiscado la información revelada por Otoniel.
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