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JEP rechaza renuncia de sometimiento del general (r) Miguel Maza Márquez

Con la decisión, el militar en retiro debe seguir respondiendo ante esa jurisdicción por el caso de exterminio a la UP.

07 de enero de 2022 - 09:20 p. m.
MIGUEL ALFREDO MAZA MARQUEZ EN LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA/EL ESPECTADOR/FOTO: LUIS ANGEL
MIGUEL ALFREDO MAZA MARQUEZ EN LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA/EL ESPECTADOR/FOTO: LUIS ANGEL
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La Sala de Definición de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) decidió negar la renuncia que presentó el general (r) Miguel Maza Márquez, intentando frenar su sometimiento ante esa jurisdicción. La renuncia del militar fue presentada porque la JEP no admitió revisar su expediente por el asesinato de Luis Carlos Galán, por el cual está condenado a 30 años de cárcel.

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El interés de Maza Márquez en colaborar con la justicia transicional se perdió cuando la JEP se negó a revisar el caso de Galán, pero sí aceptó el de la persecución y asesinato a miembros de la Unión Patriótica, por el cual está siendo investigado el general (r). Los magistrados de la Sala concluyeron que la comparecencia de Maza Márquez es obligatoria por ser exintegrante de la Fuerza Pública.

Asimismo, la JEP sostuvo que el exdirector del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) debe seguir contribuyendo con información sobre sus presuntos nexos con grupos paramilitares, delito que sí quedó en manos de la JEP y por el cual es investigado en el caso de la Unión Patriótica. De la misma manera la Sala le recordó al militar que él ya había realizado aportes y, por lo tanto, no se podría echar para atrás.

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Dentro del documento resolutorio de la JEP, el magistrado afirma que la solicitud de renuncia se niega y “le recuerda al compareciente que las expectativas de verdad y de reparación que tienen las víctimas que acompañan la instrucción del Caso 006 no pueden resultar defraudadas como consecuencia de su conveniente desinterés”. De igual forma, el documento hace constar que “el sometimiento de los comparecientes voluntarios u obligatorios es integral, irrestricto e irreversible”, con lo que Maza no tendría vuelta atrás en la JEP.

Dentro de la decisión, la JEP afirma que tiene la competencia necesaria para llevar el caso del general (r), pues dentro de sus funciones “se encuentra la de definir la situación jurídica con carácter definitivo a determinados comparecientes, siempre y cuando concurran los condicionamientos previstos en la norma”. De igual manera, la Sala sostiene que acepta el sometimiento de Maza por el delito de concierto para delinquir y que se seguirá avanzando con la investigación en el caso 006 sobre la victimización de miembros de la Unión Patriótica.

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A inicio de diciembre de 2021 la JEP llamó la atención a la defensa de Maza Márquez para que evitaran dilaciones en el proceso del militar retirado quien no se presentó a las últimas diligencias desarrolladas el año pasado en esa jurisdicción. Ante sus inasistencias, la JEP le llamó la atención en más de una ocasión, mientras que el general (r) sostuvo que “nunca en la historia del país se forzó a un procesado a acudir a una actuación judicial que se sigue en su contra para obligarlo a rendir versión voluntaria, por la potísima razón que tal proceder supondría una violación flagrante del derecho que tiene todo ser humano a no ser obligado a declarar en su contra”.

Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

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Francisco(78033)19 de enero de 2022 - 12:40 p. m.
Maza no era militar, era policía
Norma(12580)08 de enero de 2022 - 10:20 p. m.
Este, es uno de los que se somete a la JEP buscando disminuir tiempo de condena por otros crímenes ya juzgados, no por respeto y solidaridad con las víctimas, y cree que puede contar lo que le acomode.
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