JEP revisará la sentencia del general (r) Jesús Arias por el Palacio de Justicia
La Jurisdicción Especial para la Paz revisará la sentencia proferida contra el general retirado Jesús Armando Arias Cabrales, quien fue condenado por cinco desapariciones forzadas que se dieron durante la retoma del Palacio de Justicia.
El general (r) Jesús Armando Arias Cabrales tiene una ventana abierta en la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP): la Sección de Revisión deberá revisar su sentencia. Arias Cabrales fue condenado en 2014 a 35 años de prisión por cinco desapariciones forzadas ocurridas durante la retoma militar del Palacio de Justicia en 1985. En 2020, la JEP aceptó el sometimiento de Arias Cabrales para que entregara información sobre lo ocurrido tras la toma del Palacio por parte de la guerrilla del M-19.
En contexto: Palacio de Justicia: JEP revoca libertad al condenado general (r) Arias Cabrales
Posterior a su sometimiento, la JEP le revocó el beneficio de la libertad condicionada en julio de 2022, beneficio que le había otorgado tras constatar “un incumplimiento grave a sus compromisos”. De acuerdo con la jurisdicción, Arias Cabrales no ha realizado ningún aporte a la construcción de verdad sobre este hecho. La decisión de revocar su libertad llegó tras la apelación de dos grupos de víctimas. Ahora, la Sección de Revisión del Tribunal para la Paz revisará su sentencia.
La revisión de la sentencia de Arias Cabrales llega después de que su defensa presentara un recurso de apelación a una petición inicial que elevó a la JEP para que revisara su condena. “La Sección de Revisión de la JEP consideró que el hallazgo de los restos de Luz Mary Portela León y Bernardo Beltrán Hernández y el error inicial en su identificación, generan una duda razonable en torno a si estas personas salieron con vida del Palacio de Justicia y si fueron privadas efectivamente de la libertad por integrantes de la fuerza pública, en el marco del denominado “Plan Tricolor” afirmó la jurisdicción en un comunicado.
El caso de Arias Cabrales sería la primera revisión que realizará la Sección encargada de esto, ya que en el pasado había negado todas las solicitudes que llegaban a su despacho. El general (r) se encuentra ante una segunda oportunidad dentro de la JEP después de que la Sección de Apelación le permitiera seguir en la jurisdicción, pero condicionó “el mantenimiento de su sometimiento en la JEP a un aporte inmediato a la verdad plena” según el tribunal.
De acuerdo con lo que dijó la JEP en ese momento, “pasados dos años desde la concesión de la libertad, el general (r) Arias Cabrales no ha cumplido con sus obligaciones ante el Sistema Integral de Paz, concretamente, en lo relacionado con el esclarecimiento de los hechos, pues no atendió el llamado que en dos oportunidades le realizara la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad y tampoco ha presentado el documento contentivo de su aporte a la verdad exigido por la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas”.
El caso de Arias Cabrales es emblemático, ya que este oficial (r) pasó de comandar el Ejército Nacional a ser el primer mando militar que respondió con su condena por las desapariciones forzadas ocurridas en 1985. El fallo, que fue confirmado por la Corte Suprema en 2019, llegó después de que durante toda la investigación, el general mantuviera su postura de que no participó activamente en las desapariciones, sino que solo había acatado órdenes.
En 2019, en esa sentencia, la Corte Suprema de Justicia se refirió a los cuerpos de los desaparecidos que aún no han sido encontrados. “De todos ellos, hasta ahora no se sabe de su paradero. Puede suceder que sus restos se encuentren; pero eso no significa que no hayan sido desaparecidos. El hecho de que después de la retoma fueran vistos en poder de las Fuerzas del Estado y que no hayan sido entregados a la autoridad jurisdiccional, si se consideraba que existían indicios de sus vínculos con el grupo terrorista, es la manifestación de su desaparición jurídica. Pensar lo contrario es ofender el dolor de las víctimas y revictimizarlas”.
Lea aquí: Jesús Armando Arias Cabrales: el auge y la caída de un general tres soles
La condena contra Arias Cabrales, que será revisada por la JEP fue por la desaparición forzada de Carlos Rodríguez, Bernardo Beltrán, Luz Mary Portela e Irma Franco, durante la arremetida del Ejército para retomar el edificio que se encontraba ocupado por la guerrilla del M-19. Hasta el momento, el general (r) ha insistido en que es inocente en la justicia ordinaria y también dentro de la JEP. Ahora, falta que la Sección revise su sentencia y tome en cuenta sus aportes.
Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.
El general (r) Jesús Armando Arias Cabrales tiene una ventana abierta en la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP): la Sección de Revisión deberá revisar su sentencia. Arias Cabrales fue condenado en 2014 a 35 años de prisión por cinco desapariciones forzadas ocurridas durante la retoma militar del Palacio de Justicia en 1985. En 2020, la JEP aceptó el sometimiento de Arias Cabrales para que entregara información sobre lo ocurrido tras la toma del Palacio por parte de la guerrilla del M-19.
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Posterior a su sometimiento, la JEP le revocó el beneficio de la libertad condicionada en julio de 2022, beneficio que le había otorgado tras constatar “un incumplimiento grave a sus compromisos”. De acuerdo con la jurisdicción, Arias Cabrales no ha realizado ningún aporte a la construcción de verdad sobre este hecho. La decisión de revocar su libertad llegó tras la apelación de dos grupos de víctimas. Ahora, la Sección de Revisión del Tribunal para la Paz revisará su sentencia.
La revisión de la sentencia de Arias Cabrales llega después de que su defensa presentara un recurso de apelación a una petición inicial que elevó a la JEP para que revisara su condena. “La Sección de Revisión de la JEP consideró que el hallazgo de los restos de Luz Mary Portela León y Bernardo Beltrán Hernández y el error inicial en su identificación, generan una duda razonable en torno a si estas personas salieron con vida del Palacio de Justicia y si fueron privadas efectivamente de la libertad por integrantes de la fuerza pública, en el marco del denominado “Plan Tricolor” afirmó la jurisdicción en un comunicado.
El caso de Arias Cabrales sería la primera revisión que realizará la Sección encargada de esto, ya que en el pasado había negado todas las solicitudes que llegaban a su despacho. El general (r) se encuentra ante una segunda oportunidad dentro de la JEP después de que la Sección de Apelación le permitiera seguir en la jurisdicción, pero condicionó “el mantenimiento de su sometimiento en la JEP a un aporte inmediato a la verdad plena” según el tribunal.
De acuerdo con lo que dijó la JEP en ese momento, “pasados dos años desde la concesión de la libertad, el general (r) Arias Cabrales no ha cumplido con sus obligaciones ante el Sistema Integral de Paz, concretamente, en lo relacionado con el esclarecimiento de los hechos, pues no atendió el llamado que en dos oportunidades le realizara la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad y tampoco ha presentado el documento contentivo de su aporte a la verdad exigido por la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas”.
El caso de Arias Cabrales es emblemático, ya que este oficial (r) pasó de comandar el Ejército Nacional a ser el primer mando militar que respondió con su condena por las desapariciones forzadas ocurridas en 1985. El fallo, que fue confirmado por la Corte Suprema en 2019, llegó después de que durante toda la investigación, el general mantuviera su postura de que no participó activamente en las desapariciones, sino que solo había acatado órdenes.
En 2019, en esa sentencia, la Corte Suprema de Justicia se refirió a los cuerpos de los desaparecidos que aún no han sido encontrados. “De todos ellos, hasta ahora no se sabe de su paradero. Puede suceder que sus restos se encuentren; pero eso no significa que no hayan sido desaparecidos. El hecho de que después de la retoma fueran vistos en poder de las Fuerzas del Estado y que no hayan sido entregados a la autoridad jurisdiccional, si se consideraba que existían indicios de sus vínculos con el grupo terrorista, es la manifestación de su desaparición jurídica. Pensar lo contrario es ofender el dolor de las víctimas y revictimizarlas”.
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La condena contra Arias Cabrales, que será revisada por la JEP fue por la desaparición forzada de Carlos Rodríguez, Bernardo Beltrán, Luz Mary Portela e Irma Franco, durante la arremetida del Ejército para retomar el edificio que se encontraba ocupado por la guerrilla del M-19. Hasta el momento, el general (r) ha insistido en que es inocente en la justicia ordinaria y también dentro de la JEP. Ahora, falta que la Sección revise su sentencia y tome en cuenta sus aportes.
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