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                                                                                                                                JEP sí puede practicar pruebas en casos de extradición: Corte Constitucional

                                                                                                                                El alto tribunal tomó una decisión trascendental para definir las reglas de funcionamiento de la Jurisdicción Especial para la Paz. Además de pronunciarse sobre el tema de las pruebas, la corte tumbó la sala especial para militares.

                                                                                                                                Redacción Judicial

                                                                                                                                El magistrado ponente de este caso fue José Fernando Reyes. Su proyecto de fallo fue avalado por sus compañeros de Sala Plena. / Oscar Pérez
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                (En contexto: El laberinto de la JEP: una batalla política, jurídica y judicial)

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                (Lea también: Demandan ante la Corte Constitucional la Ley de procedimiento de la JEP)

                                                                                                                                Otro de los temas críticos que definió el alto tribunal es el que tiene que ver con la potestad que tiene la JEP de ordenar pruebas, en expedientes para definir la garantía de no extradición. Y este es el tema que se le atraviesa a las objeciones del presidente Duque. Según la norma aprobada por el Congreso, la Sala de Revisión que se encarga de estos trámites no podía practicar pruebas ni pronunciarse sobre el fondo del asunto ni sobre la responsabilidad de quienes fueren solicitados en extradición.

                                                                                                                                Sin embargo, la Corte aclara que sí puede hacerlo. De acuerdo al proyecto de fallo aprobado por el alto tribunal, todos los trámites que se adelanten en el interior de la JEP deberán estar protegidos por el debido proceso y, en esa perspectiva, “la posibilidad de extradición no puede ser una excepción”. Y agrega la ponencia: “No es un asunto baladí, se funda en uno de los puntos contenidos en el Acuerdo Final”.

                                                                                                                                Read more!
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                                                                                                                                Para la Corte, limitar a la JEP, en temas de pruebas y extradición, es desconocer la garantía del debido proceso, contradecir lo dispuesto en la ley estatutaria que la conformó y negar lo pactado en el acuerdo entre el Gobierno y las Farc. Este es precisamente uno de los puntos de objetó el presidente Duque.

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                Aunque el primer mandatario no hizo referencia explícita al tema de las pruebas, analistas apuntaron que es un “guiño” del presidente para que el Congreso precise en el trámite de las objeciones que, para proteger la cooperación judicial de Colombia con otros países, es vital que la JEP no tenga la posibilidad de tomar este tipo de decisiones.

                                                                                                                                Esta decisión crucial del alto tribunal, en la que modificó varios de los puntos de la ley promovidos por el Centro Democrático, se da luego del estudio de una demanda que presentaron la Comisión Colombiana de Juristas y Dejusticia.

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                El magistrado ponente de este caso fue José Fernando Reyes. Su proyecto de fallo fue avalado por sus compañeros de Sala Plena. / Oscar Pérez
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                (En contexto: El laberinto de la JEP: una batalla política, jurídica y judicial)

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                (Lea también: Demandan ante la Corte Constitucional la Ley de procedimiento de la JEP)

                                                                                                                                Otro de los temas críticos que definió el alto tribunal es el que tiene que ver con la potestad que tiene la JEP de ordenar pruebas, en expedientes para definir la garantía de no extradición. Y este es el tema que se le atraviesa a las objeciones del presidente Duque. Según la norma aprobada por el Congreso, la Sala de Revisión que se encarga de estos trámites no podía practicar pruebas ni pronunciarse sobre el fondo del asunto ni sobre la responsabilidad de quienes fueren solicitados en extradición.

                                                                                                                                Sin embargo, la Corte aclara que sí puede hacerlo. De acuerdo al proyecto de fallo aprobado por el alto tribunal, todos los trámites que se adelanten en el interior de la JEP deberán estar protegidos por el debido proceso y, en esa perspectiva, “la posibilidad de extradición no puede ser una excepción”. Y agrega la ponencia: “No es un asunto baladí, se funda en uno de los puntos contenidos en el Acuerdo Final”.

                                                                                                                                Read more!
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                                                                                                                                Para la Corte, limitar a la JEP, en temas de pruebas y extradición, es desconocer la garantía del debido proceso, contradecir lo dispuesto en la ley estatutaria que la conformó y negar lo pactado en el acuerdo entre el Gobierno y las Farc. Este es precisamente uno de los puntos de objetó el presidente Duque.

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                Esta decisión crucial del alto tribunal, en la que modificó varios de los puntos de la ley promovidos por el Centro Democrático, se da luego del estudio de una demanda que presentaron la Comisión Colombiana de Juristas y Dejusticia.

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                Por Redacción Judicial

                                                                                                                                Temas recomendados:

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