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El 6 de noviembre de 1985, poco antes del mediodía, a la XIII Brigada del Ejército llegó la voz de alerta: el Palacio de Justicia estaba en una posición inminente de riesgo. Para ese momento, un comando del M-19 había ingresado por el sótano, asesinado a dos vigilantes y empezaba, lentamente, a tomarse la sede máxima de la justicia, sacando provecho de su “compleja arquitectura”. Un agente y un subteniente de la Policía trataron de enfrentar a los guerrilleros y fueron abatidos. La Guardia Presidencial, que estaba a un paso, dio una “esporádica respuesta”. Solo hasta la entrada de la Brigada XIII comenzó la verdadera reacción de la Fuerza Pública “que pudiéramos llamar coordinada”.
Esos detalles del inicio de la toma del Palacio de Justicia reposan en la decisión del Juzgado 30 de Instrucción Criminal Ambulante, fechada el 31 de enero de 1989, y el hombre que estaba detrás de las acciones coordinadas era un alto oficial del Ejército de gran reputación: Jesús Armando Arias Cabrales. Sin tacha en su hoja de vida, el militar que quedó al mando de la operación más difícil que hayan enfrentado las Fuerzas Armadas era reconocido como un “tropero”, un gran táctico. En palabras de Acore, la asociación de oficiales retirados, “de gran señorío, de recia disciplina y encumbrado espíritu militar”. Y contaba con toda la confianza del entonces comandante del Ejército, el general Rafael Samudio Molina.
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El resultado de la operación fue un desastre. Más de 100 civiles murieron, entre ellos 11 magistrados de la Corte Suprema, auxiliares de sus despachos y otros que, por una razón u otra, estaban ese día en el Palacio. Más grave aún, 10 civiles y una integrante del M-19 desaparecieron, a pesar de que de varios de ellos hay evidencia de que salieron con vida del Palacio y quedaron bajo tutela de los militares. O, en palabras de lo que decidió esta semana la Corte Suprema frente al caso del general (r) Arias Cabrales, bajo la tutela de militares que respondían a este alto oficial. Porque él conoció todo lo que se hizo después del holocausto, afirmó la Corte, se ratificó su condena por la desaparición de cinco personas.
Un largo camino
Desde el pronunciamiento de la justicia ordinaria de hace 30 años, el papel que desempeñó el general (r) Arias Cabrales durante la retoma del Palacio de Justicia ha sido objeto de cuestionamientos. En ese momento, a la par que el Juzgado de Instrucción Criminal llamaba a juicio a la cúpula del M-19, ordenó que se investigara la conducta del alto oficial (r) y de quien fue su hombre de inteligencia dentro de la operación para recuperar el Palacio: el coronel (r) Edilberto Sánchez Rubiano. La legitimidad de las acciones que ordenó Arias Cabrales sobre las zonas del Palacio donde había rehenes civiles quedaron cubiertas por un enorme manto de duda.
La determinación judicial, sin embargo, no le hizo mucho ruido a Arias Cabrales, quien un año y siete meses más tarde era un general de tres soles, comandaba el Ejército y estaba en línea directa para aterrizar en el Ministerio de Defensa. Hasta el mandato Gaviria, quien cambió la costumbre con Rafael Pardo, los ministros de Defensa siempre fueron miliares. A Arias Cabrales, sin embargo, la gasolina no le alcanzó para llegar tan lejos. El 15 de junio de 1990, dos meses antes de que Gaviria se posesionara en la Casa de Nariño, el presidente Virgilio Barco lo retiró de su cargo y en una movida inesperada e “intempestiva” —dijo la prensa— fue degradado a la sección de personal agregado.
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El presidente electo César Gaviria y el general (r) Arias Cabrales ya se habían encontrado antes, en otro espacio: el Congreso de la República. Gaviria, como representante por su natal Risaralda, promovió un intenso debate en la Cámara de Representantes para pedir explicaciones acerca del operativo militar que se llevó a cabo el 6 y 7 de noviembre de 1985 en el Palacio de Justicia, encabezado precisamente por Arias Cabrales, quien comandaba la brigada XIII el día que el M-19 se tomó el Palacio. Gaviria dejó el Congreso en 1986 y su camino se cruzaría de nuevo con el del general (r) cinco años después, cuando la Procuraduría le notificó que debía destituirlo de las Fuerzas Militares.
En septiembre de 1990, cuando el plazo para aplicarle sanciones disciplinarias al general (r) Arias Cabrales por el caso del Palacio estaba cerca de expirar, la Procuraduría ordenó su desvinculación definitiva de las Fuerzas Militares. La determinación fue un tsunami político, los defensores del general (r) reclamaban que él solo había cumplido órdenes y aseguraban que el Ministerio Público “perjudicaba” a las Fuerzas Militares. La Procuraduría, sin embargo, se mantuvo y en octubre del mismo año ratificó la decisión. Las olas del tsunami político ganaron altura y desembocaron en la renuncia del procurador Alfonso Gómez Méndez. Tras su salida, 26 funcionarios de la entidad dimitieron para respaldarlo.
La Procuraduría reprochó de Arias Cabrales que le hubiera dado un “manejo irregular” a la operación de la retoma del Palacio de Justicia, “dado que no tomó las medidas exigidas para salvar la vida de los rehenes indefensos y ajenos al conflicto”. Según el organismo, su “afán de sometimiento del grupo guerrillero (M-19) a las Fuerzas Militares” fue un “manejo equívoco que reportó la muerte violenta de 11 magistrados del máximo tribunal de justicia en el país, de varios de sus auxiliares, empleados y otros ocasionales visitantes”. En resumen, señaló la entidad de control, el general (r) “desbordó los límites naturales y jurídicos de la legitimidad constitucional y legal del ejercicio del poder represivo del Estado”.
En 2018, cuando la Corte Suprema de Justicia estudiaba el proceso del general (r) Arias Cabrales, la Procuraduría diría algo similar: que Arias Cabrales no hizo lo suficiente. Esa vez, sin embargo, no se refería a las omisiones del general (r) frente a los funcionarios de la Rama Judicial, sino, específicamente, a las personas que fueron desaparecidas tras la toma del Palacio de Justicia. Según el organismo, el alto oficial en retiro, quien coordinó punto a punto la retoma del Palacio, no tomó las medidas “necesarias y razonables para prevenir o reprimir la comisión de ese crimen, o no puso en conocimiento de las autoridades competentes a los efectos de su investigación y enjuiciamiento”.
Al final, su salida del Ejército en los años 90 se dio por la puerta de atrás, y con la suya, de paso, la del coronel (r) Edilberto Sánchez Rubiano, el hombre a quien Arias Cabrales le encargó la tarea de identificar a las personas rescatadas del Palacio de Justicia. El militar tropero y táctico no solo ya no iba a ser ministro de Defensa, sino que además su destitución y la de su hombre de inteligencia en la Brigada XIII quedó en firme. En 1994 les llegó un pequeño paliativo: el Juzgado Especial de Primera Instancia y Tribunal Superior Militar declararon que no existía “mérito para convocar un Consejo Verbal de Guerra para juzgar la conducta” de Arias Cabrales (por homicidio) y de Sánchez Rubiano (por desaparición).
Esa fue la respuesta de la justicia penal militar a la justicia ordinaria, que en 1989 había ordenado investigar al general (r) y al coronel (r). Arias Cabrales “realizó el operativo pero estuvo sometido a diferentes órdenes, ya que desde el principio de la toma el doctor Belisario Betancur (presidente para el momento de la toma del Palacio) tomó la decisión de no negociar con el grupo insurgente y ordenó la acción militar para recuperar el Palacio de Justicia y el rescate de los rehenes”, se lee en el fallo que eximió al excomandante de la Brigada XIII, quien, dice también el fallo, “no recibió contraorden que le indicara que debía suspender en algún momento el operativo militar”.
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A enfrentar la justicia
Años más tarde, esa misma postura de “solo acaté órdenes” la llevó Arias Cabrales a la Comisión de la Verdad que creó la Corte Suprema de Justicia para tratar de desenmarañar los hechos del holocausto del Palacio, en la cual este tribunal perdió a 11 de sus magistrados. En el reporte final, divulgado en 2010, se lee que él niega haber cometido desmanes en la retoma del Palacio. “No creo que internamente se dispararan los cañones”, le dijo a la Comisión cuando trató de explicar lo que, hace unos días, la Corte Suprema llamó una “desmedida acción (militar) que puso en evidencia ante el mundo cómo el Estado declinó su deber de proteger a magistrados, empleados, civiles, y juzgar a sus opositores armados vencidos”.
En 2005, tras dar una larga batalla jurídica, Arias Cabrales logró que el Consejo de Estado reversara la sanción de la Procuraduría en su contra, aunque ya era demasiado tarde. Por esa época, en que se cumplían los 20 años de la toma y retoma, la Fiscalía empezó a hacer unos primeros anuncios que pusieron a temblar el mundo militar: se abrían indagaciones por las desapariciones forzadas del Palacio. En 2007, el ente investigativo llamó a juicio al coronel (r) Edilberto Sánchez Rubiano y, dos años luego, al general (r) Arias Cabrales, quienes insistían en su inocencia. La justicia, sin embargo, tenía serios indicios de que con algunos sobrevivientes del holocausto se había hecho mucho más que reconocimientos.
Ambos fueron acusados por la desaparición de 10 civiles (Carlos Rodríguez, Cristina Guarín, Gloria Anzola, Norma Constanza Esguerra, Bernardo Beltrán, Héctor Jaime Beltrán, Gloria Estela Lizarazo, Luz Mary Portela, Lucy Amparo Oviedo y David Suspes Celis) y una integrante del M-19 (Irma Franco). Lo negaron, pero los jueces, al conocer las pruebas, concluyeron que ambos eran culpables. En el caso de Arias Cabrales, la primera sentencia en su contra llegó en 2011: “(Aunque) persigue eludir su responsabilidad para atribuirla toda al coronel Sánchez Rubiano (…) No cabe duda de que informada y voluntariamente prestó su concurso eficaz para la realización del punible”, indicó el Juzgado 51 Penal del Circuito.
En 2016 fue el turno para el coronel (r) Sánchez Rubiano. El Juzgado 52 Penal del Circuito de Bogotá lo condenó a 40 años de prisión por los desaparecidos del Palacio de Justicia. Específicamente, por las desapariciones de Carlos Augusto Rodríguez Vera, administrador de la cafetería del Palacio, y la de Bernardo Beltrán, quien trabajaba en el mismo lugar. Según el reciente fallo de la Corte Suprema, el entonces comandante de la Brigada XIII ordenó que las personas sobrevivientes del holocausto fueran trasladados a la Casa del Florero “no para auxiliarlas, como él y el coronel Sánchez Rubiano lo afirmaron, sino para identificarlas, interrogarlas y establecer a los posibles integrantes del grupo enemigo”.
El proceso del coronel (r) Edilberto Sánchez Rubiano todavía espera que la segunda instancia (el Tribunal Superior de Bogotá) decida si confirma su sentencia a 40 años de prisión o la refuta, pero en el caso del general (r) Arias Cabrales, el oficial que Acore tilda de “soldado abnegado, cumplidor de su deber”, las cartas están marcadas. Con el histórico fallo que la Corte Suprema emitió esta semana, a Arias Cabrales se le agotaron los caminos para recuperar su libertad como hombre inocente. El alto tribunal señaló que la operación comandada por él sí mostró “indiferencia por los rehenes” y que, ya sin lugar a duda, quedó probado que él “tenía el mando aun después de finiquitada la operación de ‘rescate’”.
Las comillas sobre la palabra “rescate” tienen una razón de ser: para la Corte Suprema quedó en evidencia absoluta que cuando los militares llegaron al Palacio de Justicia, a ejecutar el Plan Tricolor, rescatar a los civiles no era la prioridad porque ni siquiera los contemplaba; mucho menos las treguas o la suspensión de operaciones. Así lo confirmó quien era el comandante del Ejército en 1985, el general Rafael Samudio Molina. La Corte, entonces, concluyó que Samudio Molina le exigió a Arias Cabrales con urgencia “un pronto desenlace ante la preocupación de que de un momento a otro, en un acto de cordura, al presidente se le ocurriera dar la orden de suspender las operaciones”.
Hace unas semanas, antes de que la Corte Interamericana de Derechos Humanos llegara a Colombia a hacer seguimiento a varios de sus fallos —incluido el del Palacio de Justicia—, la Fiscalía salió con la particular tesis de que, en los casos de los desaparecidos del Palacio cuyos restos ya habían sido encontrados (cinco, para ese momento), no hubo crimen sino confusión en la entrega de restos. Las voces de protesta de las víctimas y de sus abogados no se hicieron esperar. En la audiencia ante la Corte, la Fiscalía echó para atrás su exótica hipótesis; exótica porque ese mismo organismo ha llevado a juicio a varios oficiales del Ejército por las desapariciones forzadas del Palacio de Justicia.
Entre ellos está el general (r) Arias Cabrales, cuya condena confirmó la Corte Suprema en relación con cinco víctimas: Carlos Rodríguez, Bernardo Beltrán, Luz Mary Portela León, David Suspes Celis y la guerrillera Irma Franco. En cuanto a los civiles, la Corte validó los reconocimientos que de ellos han hecho sus familiares en videos de noticieros, “en particular en el de la Televisión Española, que los mostraban saliendo del Palacio de Justicia arropados por personal del Ejército, y en el video encontrado en poder del coronel (r) Alfonso Plazas Vega, cuya nitidez es aún mayor a la de los demás que obran en el proceso”. Plazas Vega, en 2015, fue absuelto por las desapariciones. La duda favorece al procesado, dijo la Corte.
A Rodríguez lo reconocieron en video su padre, su hermano, su esposa. “Al igual que con la guerrillera Irma Franco Pineda, existe evidencia suficiente para concluir que Carlos Rodríguez Salió con vida del Palacio de Justicia y que fue visto por última vez en poder de miembros de la Fuerza Pública”, señaló el alto tribunal en el fallo de Arias Cabrales. A Bernardo Beltrán lo reconocieron su hermana y la viuda de Carlos Rodríguez por su contextura, la forma de su cara, cómo corría y su ropa. De Luz Mary Portela se indicó que había evidencia para concluir que salió viva y “bajo el control de los militares”. Por último, David Suspes: “También salió vivo custodiado por el Ejército”.
Algunos de los restos de estos desaparecidos ya están en poder de sus familias; de otros sigue sin saberse nada. Para la Corte Suprema, sin embargo, que sus osamentas sean halladas “no significa que no hayan sido desaparecidos”. Y que el general (r) Arias Cabrales estuviera a cargo de la operación de la retoma, de principio a fin, explica que él “no omitió su deber, sino que actuó como coautor” de esta grave violación a los derechos humanos. La Corte argumentó que las personas de la cafetería, especialmente, fueron detenidas como “sospechosas” y que no fue al azar. “El acto de aprehensión y posterior desaparecimiento de los ‘sospechosos’ (…) estaba previsto desde el comienzo de la operación”, la cual comandó, de principio a fin, el general (r) Arias Cabrales.