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José Medardo Prieto no seguirá más como experto comisionado encargado en la Comisión de Regulación de Energías y Gas (CREG), la entidad de gobierno que regula los monopolios en la prestación de servicios públicos domiciliarios de energía y gas. El Consejo de Estado declaró nulo su nombramiento.
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Prieto fue nombrado el 21 de noviembre de 2023 por el presidente Gustavo Petro, para cubrir el puesto que dejó la anterior comisionada Natasha Avendaño, de quien el Consejo de Estado también declaró nula su elección. Aunque se supone que los comisionados son seis, los nombramientos se caen con recurrencia. Según el gobierno, no es fácil encontrar las hojas de vida precisas.
Las situación es tan complicada que, en julio pasado, la comisión llegó a tener solo dos comisionados. El mes pasado la comisión se quedó sin quorum justo cuando estaba cocinándose una resolución que podría bajar las tarifas de energía para los estratos 1, 2 y 3. La Procuraduría ha alertado que el presidente Petro podría incurrir en desacato por no nombrar coordinadamente a los comisionados. De hecho, el pasado 3 de octubre, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca lo declaró en desacato y le ordenó pagar una multa de cinco salarios mínimos.
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En el caso de José Medardo Prieto, la demanda ciudadana establece que actualmente ocupa el cargo de asesor en el Ministerio de Minas y Energía. Y que, aunque estaba encargado en la CREG, este último puesto es un trabajo de dedicación exclusiva, por lo cual tendría que estar dedicado únicamente a ello.
La dedicación exclusiva, según el Consejo de Estado, “se basa en la idea del ejercicio de una función regulatoria técnica y altamente especializada. En decisiones de constitucionalidad, se ha precisado que esa connotación de algunos empleos de la administración pública contribuye a la profesionalización y representación directa de los intereses de la Nación”.
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Además, la dedicación exclusiva “tiene como fin la garantía de independencia de la CREG, buscando que los expertos comisionados que la integran solo atiendan al ejercicio de su función frente al mercado y a los usuarios, la materialización de su independencia en el manejo de los servicios públicos domiciliarios que son de su competencia, el privilegio al interés general que se predica de ellos y la función que desempeñan en el marco del Estado Social y Democrático de Derecho”.
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