Noticias

Últimas Noticias

    Política

    Judicial

      Economía

      Mundo

      Bogotá

        Entretenimiento

        Deportes

        Colombia

        El Magazín Cultural

        Salud

          Ambiente

          Investigación

            Educación

              Ciencia

                Género y Diversidad

                Tecnología

                Actualidad

                  Reportajes

                    Historias visuales

                      Colecciones

                        Podcast

                          Cromos

                          Vea

                          Opinión

                          Opinión

                            Editorial

                              Columnistas

                                Caricaturistas

                                  Lectores

                                  Blogs

                                    Suscriptores

                                    Suscriptores

                                      Beneficios

                                        Tus artículos guardados

                                          Somos El Espectador

                                            Estilo de vida

                                            La Red Zoocial

                                            Gastronomía y Recetas

                                              La Huerta

                                                Moda e Industria

                                                  Tarot de Mavé

                                                    Autos

                                                      Juegos

                                                        Pasatiempos

                                                          Horóscopo

                                                            Música

                                                              Turismo

                                                                Marcas EE

                                                                Colombia + 20

                                                                BIBO

                                                                  Responsabilidad Social

                                                                  Justicia Inclusiva

                                                                    Desaparecidos

                                                                      EE Play

                                                                      EE play

                                                                        En Vivo

                                                                          La Pulla

                                                                            Documentales

                                                                              Opinión

                                                                                Las igualadas

                                                                                  Redacción al Desnudo

                                                                                    Colombia +20

                                                                                      Destacados

                                                                                        BIBO

                                                                                          La Red Zoocial

                                                                                            ZonaZ

                                                                                              Centro de Ayuda

                                                                                                Newsletters
                                                                                                Servicios

                                                                                                Servicios

                                                                                                  Descuentos

                                                                                                    Idiomas

                                                                                                    EE ADS

                                                                                                      Cursos y programas

                                                                                                        Más

                                                                                                        Blogs

                                                                                                          Especiales

                                                                                                            Descarga la App

                                                                                                              Edición Impresa

                                                                                                                Suscripción

                                                                                                                  Eventos

                                                                                                                    Foros El Espectador

                                                                                                                      Pauta con nosotros en EE

                                                                                                                        Pauta con nosotros en Cromos

                                                                                                                          Pauta con nosotros en Vea

                                                                                                                            Avisos judiciales

                                                                                                                              Preguntas Frecuentes

                                                                                                                                Contenido Patrocinado
                                                                                                                                10 de septiembre de 2020 - 06:16 p. m.

                                                                                                                                Judicatura deberá volver a revisar si el caso Dilan Cruz va a la justicia militar o a la ordinaria

                                                                                                                                La Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura deberá revisar el auto con el cual había resuelto la autoridad judicial competente para llevar la investigación por la muerte del estudiante, ordenó la Corte Suprema de Justicia.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

                                                                                                                                La Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia, confirmó la invalidez del auto dictado por la Judicatura el 12 de diciembre de 2019 en el que envió la investigación por la muerte de Dilan Cruz a manos del Esmad a la justicia penal militar. En el documento se dictaminó que el capitán de la Policía Manuel Cubillos no sería investigado por la justicia ordinaria porque estaba en ejercicio de sus funciones cuando sucedieron los hechos, en medio de las protestas del Paro Nacional.

                                                                                                                                “Para cumplir con la premisa de la certeza, le era preciso a la corporación acá demandada, decantar la decisión tras agotar por completo el análisis de la totalidad de las probanzas que conforman el expediente recolectadas válidamente por el ente acusador, lo que no se cumplió, pues quedaron sin ser apreciadas cuatro declaraciones de testigos directos de los hechos, que al parecer, ofrecieron versiones disímiles a las de los policiales en cuanto al comportamiento del investigado Cubillos Rodríguez, de quien aducen, presuntamente se habría excedido en su proceder”, aseguró la Sala Civil.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

                                                                                                                                “Como integrante del Escuadrón Móvil Antidisturbios de la Policía Nacional, el día 23 de noviembre de 2019, procedió a ordenar el uso de la fuerza para dispersar una manifestación que se estaba dando en el centro de la ciudad, tal y como lo señalaron las pruebas testimoniales referidas en precedencia”, argumentaron los magistrados del Consejo Superior de la Judicatura en su momento.

                                                                                                                                Read more!

                                                                                                                                (Lea tambien: Caso de Dilan Cruz fue trasladado a la Justicia Penal Militar)

                                                                                                                                Sin embargo, la representación legal de la familia de Dilan Cruz, a través de una acción de tutela, ha invocado en diferentes ocasiones el amparo de los derechos fundamentales vulnerados por ausencia de un “juez natural” y un “recurso efectivo”. El argumento más fuerte, y por el cual la Corte Suprema de Justicia ordenó revisar, fue el recaudo de pruebas testimoniales construido únicamente con voces de uniformados de la Policía Nacional.

                                                                                                                                En su momento la Fiscalía 289 de la Unidad de Vida recaudo e incorporó pruebas -inspección técnica del lugar y entrevistas escuchadas por el CTI- en su carpeta de investigación, pero dejó de remitirlas a la Sala Jurisdiccional Disciplinaria, “pese a que fue oportunamente requerida por aquella mediante oficio del 5 de diciembre”, de acuerdo con la resolución.

                                                                                                                                El material recogido por el CTI contrasta con los testimonios que llegaron en principio a la Judicatura: “Las manifestaciones rendidas por estos cuatro ciudadanos son abiertamente diferentes a lo asegurado por los policiales, en primer lugar niegan que de parte de los pocos manifestantes que para el momento en que es gravemente herido Dilan Mauricio se estuviera agrediendo o atacando a la fuerza pública, en segundo lugar, coinciden que las reacciones del ESMAD no estaban realmente justificadas, y que serían éstos los que estaban afectando con el uso desmedido de la fuerza una manifestación pacífica”.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

                                                                                                                                Entonces la Corte Suprema de Justicia, al estimar que se actuó con desprecio de la legalidad por incurrirse en “defecto factico”, decidió que no hubo una valoración completa de los medios de prueba que terminaron por otorgarle la competencia a la Justicia Penal Militar. Es decir, el Consejo Superior de la Judicatura decidió sin escuchar los testimonios recogidos por el CTI de la Fiscalía, recaudados entre el 23 y 24 de noviembre de 2019.

                                                                                                                                Read more!

                                                                                                                                Ahora, por impugnación de su familia, la tutela llegó a la Sala de Casación Civil, que manifestó que, para cumplir con la premisa de la certeza, le era preciso a la corporación demandada -Consejo Superior de la Judicatura-, decidir tras agotar por completo el análisis de la totalidad de las pruebas testimoniales que conforman el expediente y que fueron recolectadas válidamente por el ente acusador.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

                                                                                                                                La Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia, confirmó la invalidez del auto dictado por la Judicatura el 12 de diciembre de 2019 en el que envió la investigación por la muerte de Dilan Cruz a manos del Esmad a la justicia penal militar. En el documento se dictaminó que el capitán de la Policía Manuel Cubillos no sería investigado por la justicia ordinaria porque estaba en ejercicio de sus funciones cuando sucedieron los hechos, en medio de las protestas del Paro Nacional.

                                                                                                                                “Para cumplir con la premisa de la certeza, le era preciso a la corporación acá demandada, decantar la decisión tras agotar por completo el análisis de la totalidad de las probanzas que conforman el expediente recolectadas válidamente por el ente acusador, lo que no se cumplió, pues quedaron sin ser apreciadas cuatro declaraciones de testigos directos de los hechos, que al parecer, ofrecieron versiones disímiles a las de los policiales en cuanto al comportamiento del investigado Cubillos Rodríguez, de quien aducen, presuntamente se habría excedido en su proceder”, aseguró la Sala Civil.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

                                                                                                                                “Como integrante del Escuadrón Móvil Antidisturbios de la Policía Nacional, el día 23 de noviembre de 2019, procedió a ordenar el uso de la fuerza para dispersar una manifestación que se estaba dando en el centro de la ciudad, tal y como lo señalaron las pruebas testimoniales referidas en precedencia”, argumentaron los magistrados del Consejo Superior de la Judicatura en su momento.

                                                                                                                                Read more!

                                                                                                                                (Lea tambien: Caso de Dilan Cruz fue trasladado a la Justicia Penal Militar)

                                                                                                                                Sin embargo, la representación legal de la familia de Dilan Cruz, a través de una acción de tutela, ha invocado en diferentes ocasiones el amparo de los derechos fundamentales vulnerados por ausencia de un “juez natural” y un “recurso efectivo”. El argumento más fuerte, y por el cual la Corte Suprema de Justicia ordenó revisar, fue el recaudo de pruebas testimoniales construido únicamente con voces de uniformados de la Policía Nacional.

                                                                                                                                En su momento la Fiscalía 289 de la Unidad de Vida recaudo e incorporó pruebas -inspección técnica del lugar y entrevistas escuchadas por el CTI- en su carpeta de investigación, pero dejó de remitirlas a la Sala Jurisdiccional Disciplinaria, “pese a que fue oportunamente requerida por aquella mediante oficio del 5 de diciembre”, de acuerdo con la resolución.

                                                                                                                                El material recogido por el CTI contrasta con los testimonios que llegaron en principio a la Judicatura: “Las manifestaciones rendidas por estos cuatro ciudadanos son abiertamente diferentes a lo asegurado por los policiales, en primer lugar niegan que de parte de los pocos manifestantes que para el momento en que es gravemente herido Dilan Mauricio se estuviera agrediendo o atacando a la fuerza pública, en segundo lugar, coinciden que las reacciones del ESMAD no estaban realmente justificadas, y que serían éstos los que estaban afectando con el uso desmedido de la fuerza una manifestación pacífica”.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

                                                                                                                                Entonces la Corte Suprema de Justicia, al estimar que se actuó con desprecio de la legalidad por incurrirse en “defecto factico”, decidió que no hubo una valoración completa de los medios de prueba que terminaron por otorgarle la competencia a la Justicia Penal Militar. Es decir, el Consejo Superior de la Judicatura decidió sin escuchar los testimonios recogidos por el CTI de la Fiscalía, recaudados entre el 23 y 24 de noviembre de 2019.

                                                                                                                                Read more!

                                                                                                                                Ahora, por impugnación de su familia, la tutela llegó a la Sala de Casación Civil, que manifestó que, para cumplir con la premisa de la certeza, le era preciso a la corporación demandada -Consejo Superior de la Judicatura-, decidir tras agotar por completo el análisis de la totalidad de las pruebas testimoniales que conforman el expediente y que fueron recolectadas válidamente por el ente acusador.

                                                                                                                                Ver todas las noticias
                                                                                                                                Read more!
                                                                                                                                Read more!
                                                                                                                                Este portal es propiedad de Comunican S.A. y utiliza cookies. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su uso, de acuerdo con esta  política.
                                                                                                                                Aceptar