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La Corte Constitucional le dio seis meses al Consejo Superior de la Judicatura para que le presente al Gobierno Nacional un plan de descongestión de la jurisdicción penal. El alto tribunal confirmó la existencia de problemas estructurales en la administración de justicia de dicha jurisdicción en todo el país.
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La decisión de la Corte se da después de conceder la protección de los derechos fundamentales de un ciudadano, quien, según el alto tribunal, hace más de seis años presentó un recurso de apelación contra la sentencia de primera instancia que lo condenó a 12 años de prisión. No obstante, dijo la Corte, a la fecha de la interposición de la tutela, la Sala Penal del Tribunal Superior de Villavicencio no había resuelto el recurso.
La Corte, con ponencia del magistrado José Fernando Reyes Cuartas, encontró que se desconocieron los términos previstos en el ordenamiento jurídico para resolver la apelación. Sin embargo, según manifestaron, la Corte comprobó que existen problemas de congestión judicial que afectan el funcionamiento de la jurisdicción penal.
Dijo el alto tribunal que, basándose en la información entregada por el Consejo Superior de la Judicatura, a diciembre de 2019 el represamiento de la jurisdicción penal era de 571.869 asuntos. Además, de las veinte salas penales de tribunal superior que allegaron la relación de los procesos judiciales que llevan más de un año sin que haya sido resuelta la segunda instancia, se tuvo un reporte de 2.031 procesos.
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Se conoció también que la Sala Penal del Tribunal Superior de Villavicencio ha presentado 24 solicitudes de descongestión judicial en los últimos cinco años a la Judicatura, la Procuraduría y al Ministerio de Justicia. Para la Corte, esto demuestra el interés del Tribunal por superar la situación de congestión judicial. Sin embargo, advirtieron, también evidencia la negligencia de los entes competentes para resolver el problema estructural.
En su decisión, la Corte reprochó “la irresponsabilidad de las autoridades encargadas de la planeación y asignación presupuestal porque no están exoneradas de garantizar la efectividad del derecho al acceso a la administración de justicia”. Según el alto tribunal, se evidenció la actitud indolente de las entidades nacionales con las personas que el Estado procesa y que por ello ostentan la condición de debilidad en los procesos.
El fallo de la Corte le ordena a la Sala Penal del Tribunal de Villavicencio que determine una fecha concreta y dentro de un término razonable para resolver el recurso de apelación presentado por el ciudadano. Esto, según el alto tribunal, en garantía de los derechos de otras personas que se encuentran en iguales o peores condiciones de mora judicial que el tutelante.
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Así mismo, por orden de la Corte, el Consejo Superior de la Judicatura tendrá tres meses para realizar un censo en todas las salas penales del país para conocer las cifras de los procesos represados, especialmente los que llevan más de un año sin resolución de segunda instancia. Después de esto, el Consejo Superior de la Judicatura deberá crear un sistema de alertas de la jurisdicción penal para identificar los despachos judiciales congestionados, los procesos con términos judiciales vencidos y los que estén próximos a vencer.
La Judicatura también tendrá, por orden de la Corte, seis meses para presentar al Gobierno un plan de descongestión de la jurisdicción penal. Esto, dice el ato tribunal, en el marco del principio de colaboración armónica. El Ejecutivo deberá disponer tanto lo necesario para adelantar dicho plan como los recursos suficientes para su puesta en marcha. Así mismo, determinó el fallo, cada tres meses el Consejo Superior de la Judicatura deberá presentar ante ellos (la Corte) un informe detallado del cumplimiento de las órdenes.