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                                                                                                                                  Juez ordena suspender la criticada modificación del Congreso a la Ley de Garantías

                                                                                                                                  Un fallo de tutela cerró la puerta que había abierto el Congreso a que entidades del Gobierno pudieran celebrar convenios con entidades de departamentos y municipios en época electoral. La medida durará 30 días o hasta que la Corte Constitucional comience a estudiar demandas a esta modificación.

                                                                                                                                  PUBLICIDAD

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                                                                                                                                  PUBLICIDAD

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                                                                                                                                  En el fallo de tutela se ordena: “al presidente de la República (Iván Duque) y a los representantes legales de entidades del orden nacional y del sector descentralizado territorialmente abstenerse de dar aplicación a la modificación realizada al parágrafo 38 de la Ley 996 de 2005 (llamada Ley de Garantías)”. La suspensión, agrega el fallo, estará vigente por 30 días o hasta que el abogado que interpuso la tutela, Miguel Ángel Bravo o cualquier otro ciudadano, radique una demanda que lleve a que la Corte Constitucional revise la norma.

                                                                                                                                  Read more!

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                                                                                                                                  (Lea también: Análisis: Modificar la Ley de Garantías es una mala idea)

                                                                                                                                  Según el juzgado que falló la tutela, el trámite, en octubre pasado, de la modificación a la Ley de Garantías, que fue incluida en el proyecto de ley de Presupuesto de la Nación tendría algunos vicios. En concreto, que desconoció “el principio de reserva” y afectó “de manera grave los principios de imparcialidad e igualdad electoral”. Así las cosas, el juez le dio 24 horas a Presidencia para que dé a conocer el fallo, llamando a las entidades de toda índole a que se abstengan de contratar, pues en teoría la Ley de Garantías continúa incólume.

                                                                                                                                  El Gobierno ha defendido esta modificación a la Ley de Garantías con el argumento de que busca acelerar la reactivación económica, pues en muchos departamentos y municipios, por ejemplo, dependen de grandes obras y proyectos que tienen recursos de la Nación. Sin embargo, organizaciones como la Misión de Observación Electoral (MOE) ha defendido la norma anterior, pues tenía como propósito evitar un uso electoral de esos recursos con el fin de beneficiar a determinados candidatos o partidos políticos.

                                                                                                                                  Read more!
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                                                                                                                                  Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

                                                                                                                                  PUBLICIDAD

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                                                                                                                                  PUBLICIDAD

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                                                                                                                                  En el fallo de tutela se ordena: “al presidente de la República (Iván Duque) y a los representantes legales de entidades del orden nacional y del sector descentralizado territorialmente abstenerse de dar aplicación a la modificación realizada al parágrafo 38 de la Ley 996 de 2005 (llamada Ley de Garantías)”. La suspensión, agrega el fallo, estará vigente por 30 días o hasta que el abogado que interpuso la tutela, Miguel Ángel Bravo o cualquier otro ciudadano, radique una demanda que lleve a que la Corte Constitucional revise la norma.

                                                                                                                                  Read more!

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                                                                                                                                  (Lea también: Análisis: Modificar la Ley de Garantías es una mala idea)

                                                                                                                                  Según el juzgado que falló la tutela, el trámite, en octubre pasado, de la modificación a la Ley de Garantías, que fue incluida en el proyecto de ley de Presupuesto de la Nación tendría algunos vicios. En concreto, que desconoció “el principio de reserva” y afectó “de manera grave los principios de imparcialidad e igualdad electoral”. Así las cosas, el juez le dio 24 horas a Presidencia para que dé a conocer el fallo, llamando a las entidades de toda índole a que se abstengan de contratar, pues en teoría la Ley de Garantías continúa incólume.

                                                                                                                                  El Gobierno ha defendido esta modificación a la Ley de Garantías con el argumento de que busca acelerar la reactivación económica, pues en muchos departamentos y municipios, por ejemplo, dependen de grandes obras y proyectos que tienen recursos de la Nación. Sin embargo, organizaciones como la Misión de Observación Electoral (MOE) ha defendido la norma anterior, pues tenía como propósito evitar un uso electoral de esos recursos con el fin de beneficiar a determinados candidatos o partidos políticos.

                                                                                                                                  Read more!
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                                                                                                                                  Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

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