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                                                                                                                                  Juez ordenó la libertad del 'hacker' Andrés Sepúlveda

                                                                                                                                  Se consideró que se presentaron incongruencias en los elementos materiales probatorios que sustentaron la solicitud de medida de aseguramiento. Igualmente anuló la imputación.

                                                                                                                                  El Espectador

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                                                                                                                                  En su decisión judicial a jueza consideró que se presentaron fallas en la diligencia de imputación celebrada el pasado 7 de mayo, puesto que la Fiscalía General no ofreció elementos materiales probatorios que permitieran inferir la necesidad de una medida de aseguramiento en contra del procesado, reseñando que no se cumplieron los requisitos exigidos.

                                                                                                                                  “Se presentó una insuficiencia del acervo probatorio”, precisó la jueza de conocimiento al hacer serias observaciones a la decisión tomada por la jueza de garantías que pese a que reconoció que los elementos presentados estaban destructurados y carecían de la fortaleza necesaria para sostener una privación de libertad.

                                                                                                                                  Read more!

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                                                                                                                                  En este punto consideró que se presentó una falta de motivación para emitir la detención preventiva. “La inferencia razonable a la que llegaron la jueza y la Fiscalía no es correcta”, ante lo que aseguró que se tomó una decisión que no tenia coherencia entre los elementos materiales probatorios y los requisitos que se deben suplir.

                                                                                                                                  El punto clave de la decisión tiene que ver con el hecho de que para el momento de la audiencia la Fiscalía General estaba recolectando los elementos materiales y no los había analizado las pruebas presentadas como lo eran los equipos y documentos incautados en el allanamiento.

                                                                                                                                  En este sentido tuvo en cuenta que fue el mismo indiciado quien en ese momento les entregó el hilo conductor sobre sus conductas ilícitas cuando rindió interrogatorio. Para la jueza existen evidencias que permiten inferir que Sepúlveda Ardila no contaba con un abogado penalista de confianza cuando fue interrogado por los fiscales por lo que se le vulneró el debido proceso.

                                                                                                                                  Para la juzgadora se presentó una falencia en los elementos materiales presentados por parte de la fiscal 56 delegada ante el CTI, reiterando que no se adelantaron las actividades emprendidas para verificar los datos entregados por la fuente anónima. “No logró completar el universo jurídico para atribuir a Andrés Fernando Sepúlveda la naturaleza de los mismos (delitos) en esta instancia procesal”.

                                                                                                                                  Read more!

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                                                                                                                                  No ad for you

                                                                                                                                  Según la investigación Sepúlveda Ardila había comprado un paquete de 20 correos electrónicos con sus respectivas claves de “gente en La Habana, que está en la mesa de negociación”. Hasta el momento solamente había pagado tres de los ochos millones. “Base de datos desmovilizados de la guerrilla que obtuvo por un contacto conocido como Torres en el COA, unidad adscrita al Ministerio de Defensa”.

                                                                                                                                  Sepúlveda Ardila fue capturado el pasado 6 de mayo en el marco de un operativo adelantado por agentes del CTI de la Fiscalía General en su oficina ubicada en el norte de Bogotá donde se estarían adelantando actividades ilegales contra personas relacionadas con el proceso de paz así como otros dirigentes políticos.

                                                                                                                                  No ad for you

                                                                                                                                  En su computador personal, según el ente,  estaban los informes relacionados con las interceptaciones realizadas a los correos al exvicepresidente de la República, Francisco Santos, así como funcionarios del Gobierno y guerrilleros de las Farc que tienen relación directa o indirecta con las negociaciones que se adelantan en La Habana.

                                                                                                                                  Por una fuente anónima, la Fiscalía General obtuvo información sobre las actividades ilegales que se estarían adelantando en la oficina 211 ubicada en la calle 93b con 17. Según el ente investigador ahí se realizaban actividades dirigidas al ‘marketing negro’ en contra de un grupo preseleccionado. 

                                                                                                                                  No ad for you

                                                                                                                                  En el momento de su captura, el desarrollador de software le manifestó a los investigadores, en presencia de su abogado, que estaba dispuesto a colaborar con las autoridades y dar detalles sobre las actividades que se adelantaban en su oficina e incluso en su domicilio.

                                                                                                                                  “La información hallada en los equipos de computo fue creada usando software malicioso, obtener información de diferentes personas, usando así redes sociales para interceptar datos, ingreso abusivo de plataformas. Violación de la protección de la información y datos consagrados por la ley”, señaló la jueza al hacer referencia a la información entregada por el ente en la audiencia de imputación. 

                                                                                                                                  Al resolver el recurso de apelación, la jueza 10 de conocimiento levantó la medida de aseguramiento en centro carcelario a Andrés Fernando Sepúlveda Ardila procesado por su presunta participación en las interceptaciones ilegales de correos electrónicos, líneas celulares y obtención de datos personales realizadas a un grupo específico de personas.

                                                                                                                                  En su decisión judicial a jueza consideró que se presentaron fallas en la diligencia de imputación celebrada el pasado 7 de mayo, puesto que la Fiscalía General no ofreció elementos materiales probatorios que permitieran inferir la necesidad de una medida de aseguramiento en contra del procesado, reseñando que no se cumplieron los requisitos exigidos.

                                                                                                                                  “Se presentó una insuficiencia del acervo probatorio”, precisó la jueza de conocimiento al hacer serias observaciones a la decisión tomada por la jueza de garantías que pese a que reconoció que los elementos presentados estaban destructurados y carecían de la fortaleza necesaria para sostener una privación de libertad.

                                                                                                                                  Read more!

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                                                                                                                                  En este punto consideró que se presentó una falta de motivación para emitir la detención preventiva. “La inferencia razonable a la que llegaron la jueza y la Fiscalía no es correcta”, ante lo que aseguró que se tomó una decisión que no tenia coherencia entre los elementos materiales probatorios y los requisitos que se deben suplir.

                                                                                                                                  El punto clave de la decisión tiene que ver con el hecho de que para el momento de la audiencia la Fiscalía General estaba recolectando los elementos materiales y no los había analizado las pruebas presentadas como lo eran los equipos y documentos incautados en el allanamiento.

                                                                                                                                  En este sentido tuvo en cuenta que fue el mismo indiciado quien en ese momento les entregó el hilo conductor sobre sus conductas ilícitas cuando rindió interrogatorio. Para la jueza existen evidencias que permiten inferir que Sepúlveda Ardila no contaba con un abogado penalista de confianza cuando fue interrogado por los fiscales por lo que se le vulneró el debido proceso.

                                                                                                                                  Para la juzgadora se presentó una falencia en los elementos materiales presentados por parte de la fiscal 56 delegada ante el CTI, reiterando que no se adelantaron las actividades emprendidas para verificar los datos entregados por la fuente anónima. “No logró completar el universo jurídico para atribuir a Andrés Fernando Sepúlveda la naturaleza de los mismos (delitos) en esta instancia procesal”.

                                                                                                                                  Read more!

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                                                                                                                                  No ad for you

                                                                                                                                  Según la investigación Sepúlveda Ardila había comprado un paquete de 20 correos electrónicos con sus respectivas claves de “gente en La Habana, que está en la mesa de negociación”. Hasta el momento solamente había pagado tres de los ochos millones. “Base de datos desmovilizados de la guerrilla que obtuvo por un contacto conocido como Torres en el COA, unidad adscrita al Ministerio de Defensa”.

                                                                                                                                  Sepúlveda Ardila fue capturado el pasado 6 de mayo en el marco de un operativo adelantado por agentes del CTI de la Fiscalía General en su oficina ubicada en el norte de Bogotá donde se estarían adelantando actividades ilegales contra personas relacionadas con el proceso de paz así como otros dirigentes políticos.

                                                                                                                                  No ad for you

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                                                                                                                                  Por una fuente anónima, la Fiscalía General obtuvo información sobre las actividades ilegales que se estarían adelantando en la oficina 211 ubicada en la calle 93b con 17. Según el ente investigador ahí se realizaban actividades dirigidas al ‘marketing negro’ en contra de un grupo preseleccionado. 

                                                                                                                                  No ad for you

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                                                                                                                                  “La información hallada en los equipos de computo fue creada usando software malicioso, obtener información de diferentes personas, usando así redes sociales para interceptar datos, ingreso abusivo de plataformas. Violación de la protección de la información y datos consagrados por la ley”, señaló la jueza al hacer referencia a la información entregada por el ente en la audiencia de imputación. 

                                                                                                                                  Por El Espectador

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