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Una demanda colectiva interpuesta por el Sindicato de Profesionales de las Empresas Públicas de Medellín (Sinpro) reposa en el despacho del Juzgado 35 administrativo de la capital antioqueña luego de que aceptara el documento para su estudio. Una de las determinaciones inmediatas de la corporación judicial son las medidas cautelares que dictó para proteger a EPM. El alcalde de Medellín, Daniel Quintero debe presentar un informe relacionado con el cumplimiento al Código de Gobierno Corporativo de la entidad durante 2020 y 2021.
Lo que busca la demanda es defender el patrimonio público, la moralidad administrativa, el acceso a los servicios públicos y a que su prestación sea eficiente y oportuna. Lo anterior porque, según el sindicato, el alcalde Quintero ha vulnerado en más de una ocasión dichos derechos. Para los demandantes las actuaciones del mandatario son contrarias a las que se deben seguir en cuanto a la administración de las entidades del Estado, y que le exigen la prevalencia del interés general, el cumplimiento de la ley y el mejoramiento del servicio.
“Atendiendo el deber como ciudadanos nos asiste el deber de exigir eficiencia y transparencia a la autoridad administrativa, que con su actuar ha interferido de manera indebida en la gestión de Empresas Públicas de Medellín E.S.P, se solicita al juez administrativo la protección a los derechos invocados como vulnerados o puestos en peligro”, reposa en el documento de los demandantes quienes añadieron que Quintero pone en riesgo la solidez financiera de la entidad por sus afirmaciones infundadas que han deteriorado la imagen de EPM.
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El documento también deja claro que por las actuaciones de Quintero se derivó la renuncia masiva de los todos los miembros de la junta directiva, y desde ese entonces, se han generado consecuencias financieras que reflejarán aumento en el costo de la deuda y en el costo financiero de los créditos que tiene EPM con varios sectores del mercado económico.
“El representante legal del municipio de Medellín, Daniel Quintero Calle, ha realizado pronunciamientos equívocos sobre las condiciones financieras de EPM, causando graves afectaciones a la reputación de la entidad, inestabilidad de su deuda pública y, por ende, al patrimonio público”, dicen los demandantes quienes aseguran que las calificadoras de riesgo han valorado de manera negativa la debilidad del gobierno corporativo de la empresa con base en la “inestabilidad” de los miembros de la junta directiva.
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Una de las firmas que bajó la calificación de la empresa es Fitch Ratings. Esto ocurrió en agosto pasado, dos días después de la renuncia de los miembros de la junta directiva. “Fitch Ratings bajó las calificaciones internaciones en moneda local y extranjera de Empresas Públicas de Medellín S.A (EPM) hasta `BBB´- desde `BBB´ y mantiene la observación negativa”, expuso la entidad en ese entonces.
Lo que preocupa a los demandantes es que Fitch cree que las acciones tomadas recientemente por la compañía son contrarias a lo establecido en el convenio de gobernabilidad suscrito entre la alcaldía de Medellín y la gerencia de EPM. En este convenio la capital antioqueña acordó respetar la autonomía de la entidad como empresa comercial e industrial del Estado y actuar exclusivamente a través de la junta directiva.
Con base en lo anterior, el Juzgado 35 deberá revisar la demanda de 46 páginas en la que también reposan más de 19 documentos anexos y solicitan tener en cuenta los testimonios de 10 personas. Entre los que se encuentran Álvaro Guillermo Rendón López, exgerente General de EPM, María Camila Villamizar, secretaria privada del alcalde de Medellín, Jorge Andrés Tabares Ángel, vicepresidente de finanzas corporativas y gestión de inversiones, los exmiembros de la junta directiva Gabriel Ricardo Maya Maya, Andrés Bernal Correa, Claudia Jiménez Jaramillo y el vicepresidente de Asuntos legales, Alexander Sánchez Pérez.
Igualmente solicitaron que la Superintendencia Financiera aportar un informe sobre la calificación de EPM por las agencias calificadoras internacionales entre octubre de 2019 y mayo de 2021. Así como también a Moody´s Investors Service y Fitch Rating, las agencias de calificación crediticia para que revelen el comportamiento evolutivo de las calificaciones de riesgo entre 2018 y 2021.