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La ola tecnológica no fue ajena al informe que rindió la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) un mes después de que esta arribara a Colombia para identificar las posibles vulneraciones de derechos humanos que se registraron en el marco de la protesta social motivada y convocada en abril pasado por cuenta de las directrices dadas por el actual gobierno. El órgano internacional si bien centró sus preocupaciones en el uso desproporcionado de la fuerza; la violencia basada en género en el marco de la protesta; la violencia étnico-racial; la violencia contra periodistas y contra misiones médicas; las irregularidades en los traslados por protección y el uso de la asistencia militar, no dejó de lado en uno de sus apartes el uso del internet y la incidencia que tuvo durante las movilizaciones.
El informe da cuenta que, durante la visita, la Comisión recibió sendas apreciaciones que ubicaron el internet como un instrumento clave para desplegar el potencial del derecho a la libertad de expresión y el acceso a la información durante las protestas. Por ejemplo, distintas instancias estatales entregaron reportes sobre esfuerzos para transmitir información oficial de forma rápida y amplia a través de distintas plataformas e interactuar con la ciudadanía. Sumado a ello, también consignaron que el internet permitió a las personas manifestantes comunicar incidentes y hacer denuncias abiertas, muchas veces en tiempo real, sobre posibles excesos en el uso de la fuerza, además de solicitar la protección de sus derechos.
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“De esta forma, internet ha constituido una herramienta fundamental para facilitar y enriquecer la deliberación pública y la denuncia de violaciones a los derechos humanos durante las manifestaciones. Los hechos mencionados han puesto en evidencia la necesidad de proteger el ecosistema digital y de garantizar el libre acceso a la red”, dice el informe de la Comisión que a la vez expuso que recibió con preocupación denuncias sobre presuntas medidas estatales que de alguna manera podrían “cercenar” las libertades en este medio. En este caso, afirmó que las autoridades encargadas debían investigar este tipo de situaciones.
En su paso por Colombia, la Comisión recibió informes que dan cuenta de la importancia que tiene el uso del internet como una plataforma trascendental para la deliberación pública. En los documentos recibidos los manifestantes expresaron su temor los discursos que incentivan la violencia e, incluso, iniciativas que restan voz a quienes quieren expresarse sobre asuntos de interés público. En este caso, la CIDH advirtió una generalizada percepción sobre posibles excesos y censuras de discursos en Internet. “Esta zozobra afecta el diálogo y tiene el potencial de afectar tanto a voces institucionales como de la sociedad civil independientemente de su posición frente a la protesta”.
El “ciberpatrullaje”
Entre otros reportes, el organismo internacional también tiene documentado las practicas sobre “ciberpatrullaje” que está orientado a identificar la información falsa que se mueve en la red sobre el desarrollo de las protestas, desprestigio de la imagen de la fuerza pública, así como la instigación al odio. Estas medidas tendrían como fin determinar cuál información es falsa o verdadera, y de esta manera, combatir supuestas actividades de “terrorismo digital”. Durante la visita, el Estado reportó que se adelantaron 21.675 horas de “ciberpatrullaje” y que se identificaron al menos 154 noticias falsas y más de 2.300 publicaciones que contienen amenazas a la vida o la integridad física.
No obstante, en este caso, la Comisión observó con preocupación que las fuerzas de seguridad se estarían endilgando facultades de chequeo de información, clasificando estos contenidos como verdaderos o falsos cuando no tienen albedrio para esa disposición. “Esto resulta especialmente preocupante cuando la información que categoriza corresponde, en su mayoría, a la actuación de las fuerzas de seguridad”. Con lo anterior, la CIDH hizo un llamado para que dejen de calificar los contenidos y reaccionen aportando más información sobre el tema, evitando así incurrir en prácticas de censura.
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“Tal como la Relatoría señaló en su Guía para la desinformación en contextos electorales, resulta claro que la propagación deliberada de información falsa empobrece al debate público y hace más difícil a las y los ciudadanos ejercer su derecho a recibir información de diversas fuentes”, expuso el informe que también documentó denuncias por parte de las autoridades respecto de personas que publican información que contienen mensajes de “odio” o de “incitación a la violencia”. Conocido esto, la CIDH instó a las autoridades para que, en estos casos, presenten denuncias para que se adelanten las investigaciones.
Otra de las preocupaciones de la Comisión en materia de tecnología son las reiteradas denuncias que recibió sobre el perfilamiento de usuarios de redes sociales, participantes o no de las protestas. Reseñó que “la caracterización genérica a través de términos como terrorismo, vandalismo o criminales estigmatiza a las personas manifestantes, activa un ambiente hostil al ejercicio de la protesta y a la libertad de expresión en Internet. La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión ha señalado que las sanciones penales por la difusión de información presuntamente falsa podrían retrotraer a la región a una lógica de criminalizar expresiones sobre asuntos de interés público y establecer una herramienta con un fuerte efecto inhibitorio de la difusión de ideas, críticas e información”.
¿Interrupciones en el internet?
Por último, la CIDH también documentó la preocupación de los colombianos sobre las interrupciones del servicio de Internet en el contexto de las protestas. Según señalaron, esto habría generado un escenario de obstaculización de las denuncias sobre el actuar de la fuerza pública. Los reportes recibidos enseñan tanto el posible uso de tecnología dirigida a inhibir o restringir la señal de Internet, como el bloqueo de las direcciones de dos páginas en Internet que contenían información sobre las protestas.
La Relatoría Especial ha sostenido que el bloqueo obligatorio de sitios web enteros, direcciones IP, puertos, protocolos de red o ciertos tipos de usos (como las redes sociales) constituye una medida extrema que solo podría estar justificada conforme a estándares internacionales, por ejemplo, cuando sea necesaria para proteger a menores de explotación sexual.
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En este caso, la CIDH recomendó que estas restricciones de acceso a las redes, servicios y contenidos de Internet, tanto por medio del uso de tecnología con capacidad de alterar su acceso habitual, como por decisiones de restricción de contenidos, deben de estar previstas por una ley; perseguir un objetivo legítimo, necesario y estrictamente proporcional al fin que persiguen, así como estar sujetas al control judicial.
“La CIDH llama al Estado a brindar, de manera proactiva y periódica, información sobre el funcionamiento de las redes de Internet con el fin de que las denuncias sobre eventuales interrupciones y bloqueos sean contrastables con información técnica, actualizada y accesible. De igual forma, recomienda que las autoridades se abstengan de asignar calificaciones estigmatizantes o tendientes a la criminalización de quienes se expresan sobre las protestas a través de Internet”.