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La Contraloría sostiene que Cerrejón no ha cumplido con sentencia del Arroyo Bruno

El ente de control concluyó que no se han suspendido las actividades mineras en un tajo y que, por el contrario, estarían avanzando hacia el área del cauce natural del Arroyo Bruno, de vital importancia para los pueblos wayuu de la zona.

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10 de febrero de 2023 - 04:30 p. m.
El Cerrejón es una de las minas de carbón a cielo abierto más grandes del mundo.
El Cerrejón es una de las minas de carbón a cielo abierto más grandes del mundo.
Foto: HOUR.POING / WIKIMEDIA COMMONS
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Ante la amenaza de destrucción del arroyo Bruno, en 2016 el Tribunal Administrativo de la Guajira ordenó realizar un estudio técnico que determinaría las afectaciones causadas a las comunidades debido a su desviación. Luego, en 2017, como parte del proyecto del tajo La Puente, Cerrejón había desviado el arroyo Bruno a lo largo de 3,6 kilómetros.

(Lea también: Contraloría raja al Gobierno en cumplimiento de la sentencia del Arroyo Bruno)

Ese mismo año, con un plantón frente a la Corte Constitucional y una tutela, las comunidades de La Horqueta, la Gran Parada y Paradero, lograron que la misma Corte emitiera una sentencia protegiendo los derechos del pueblo indígena. Y así le “ganaron” una batalla jurídica la empresa Carbones del Cerrejón, perteneciente a la multinacional de origen suizo Glencore.

La sentencia ordenaba que la decisión sobre si mantener el desvío del arroyo Bruno o devolverlo a su cauce, involucrara a la mayor cantidad de actores posibles y fuera tomada luego de que se realizaran estudios técnicos para esclarecer sobre su impacto social y ambiental. Fue así que Corte ordenó crear una mesa interinstitucional con representantes de las comunidades, las instituciones y el personal técnico que intervinieron en el trámite.

Esta orden no se cumplió. Las entidades no estaban teniendo en cuenta las exigencias realizadas por las comunidades. Apenas fue que, en 2019, tres comunidades wayuu directamente afectadas por el desvío del arroyo Bruno fueron invitadas a hacer parte de este espacio y solamente participaron en dos ocasiones, hasta julio de 2021. Luego decidieron levantarse de la mesa.

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El Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo (Cajar), que representa a estas comunidades, expresó que el informe de la Contraloría, “ratifica como ineficiente la gestión del Ministerio de Ambiente, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), Corpoguajira y la Agencia Nacional de Minería”. La organización de derechos humanos explicó que en este informe se reiteran conclusiones a las que ya había llegado el ente de control hace dos años. Sin embargo, poco ha cambiado.

La Contraloría también concluyó que hay incumplimientos a la sentencia T-614 de 2019 por las afectaciones a la salud de la comunidad del resguardo wayuu de Provincial. En concreto, que las muestras de agua del río Ranchería y del pozo de captación de esta comunidad comprueban que el agua no es apta para consumo humano y uso doméstico. Además, las entidades encargadas no muestran los resultados sobre contenido de metales pesados.

Ese es uno de los siete hallazgos con posible incidencia disciplinaria que reposan en el informe de la Contraloría. La entidad también reiteró algunas conclusiones del primer informe de auditoría que había emitido sobre este mismo tema en junio de 2020, evidenciando un estancamiento en el cumplimiento de las órdenes judiciales e incluso que las condiciones de vida de las comunidades wayuu demandantes estarían empeorando.

En contexto: ¿Y si hablamos de Bruno, el arroyo que desvió Cerrejón en La Guajira?

La Contraloría manifiesta que no han cesado las afectaciones y los riesgos existentes. Dice que no se cuentan con controles efectivos para que los “análisis realizados contaran con la información suficiente, pertinente y con el nivel de detalle requerido para la toma de la mejor decisión en términos de los derechos de las comunidades afectadas”.

Asimismo, que los mecanismos de participación para las comunidades no han sido efectivos y han hecho caso omiso a las consideraciones de la Corte Constitucional. Por otro lado, que no se contempló con objetividad el estado de fragilidad del bosque seco tropical de la zona, “considerándose únicamente el canal artificial, dejando de lado, escenarios amplios y completos que verdaderamente involucren las relaciones de la comunidad y ecosistema”, recogió el Cajar en un comunicado en el que expuso el informe.

Además, el reporte del ente de control concluye que no hay claridad sobre los impactos del cambio climático y del calentamiento global en el departamento de La Guajira, entendiendo las consecuencias de la explotación del arroyo Bruno y cómo afectará la seguridad alimentaria, la biodiversidad, el agua y la salud. Tampoco se resuelve la incertidumbre acerca de las intervenciones que históricamente ha efectuado Cerrejón en el territorio ni las que tiene proyectado realizar.

Según la entidad, tampoco se está cumpliendo la orden de la Corte de suspender las actividades mineras al interior del tajo La Puente, que avancen hacia el área del cauce natural del Arroyo Bruno. Como último hallazgo, concluyó que el Plan de Mejoramiento del Mads, Anla y Corpoguajira no subsana, ni corrige las causas que dieron origen a los hallazgos de la primera auditoría, y se siguen presentando debilidades en el abordaje de las órdenes que dio el alto tribunal.

El arroyo, además de ser un recurso hídrico y una fuente de bienestar cultural y espiritual para los pueblos wayuu que habitan la zona, constituye también el corredor biológico entre Perijá y la Sierra Nevada de Santa Marta. El Cajar dice que el informe respalda lo que los pueblos indígenas y defensores de derechos humanos han defendido por años y hace un llamado: “A que paren los abusos y violaciones en un territorio donde su población se resiste a ser condenada al etnocidio y al ecocidio que ha dejado la explotación extractivista”.

Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

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