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La eutanasia va a otro “round” en la Corte Constitucional

Nuevamente se abre la discusión que pide ampliar las condiciones de la muerte asistida por cuenta de una demanda y una tutela que reposan en los despachos de las magistradas Diana Fajardo y Cristina Pardo. Así está la balanza.

Fernanda Torres Tovar
16 de julio de 2021 - 02:00 a. m.
La eutanasia va a otro “round” en la Corte Constitucional
La eutanasia va a otro “round” en la Corte Constitucional
Foto: Getty Images/iStockphoto - sittithat tangwitthayaphum
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En noviembre de 2020, los abogados Daniel Porras y Alejandro Matta abrieron, nuevamente, el debate sobre la eutanasia en Colombia. Lo hicieron a través de una demanda en la que buscan tumbar el artículo del Código Penal que la hace un delito. Ya en 1997 la Corte Constitucional había establecido cuatro excepciones, que se tienen que dar a la vez, para que no sea un crimen: en casos de enfermedades terminales, que haya intenso dolor; el procedimiento se debe solicitar de manera voluntaria y lo debe realizar un especialista. La demanda pide que no haya requisitos. Y mientras el tema se discute en el alto tribunal, llegó una tutela más que pide tumbar una de esas condiciones.

Así, hay dos discusiones paralelas sobre eutanasia en la Corte Constitucional. La primera, por la demanda al Código Penal, que está siendo estudiada en el despacho de la magistrada Diana Fajardo. La segunda, por cuenta de una acción de tutela que interpuso Yolanda Chaparro, una ciudadana que recibió la eutanasia el pasado 25 de junio, tras un año de haber hecho la solicitud. Sus abogados han seguido con el proceso, precisamente, buscando que en casos futuros no sea necesario demostrar una enfermedad terminal para acceder al procedimiento. Este último proceso está en el despacho de la magistrada Cristina Pardo.

Los demandantes Matta y Porras expusieron que, si bien la Corte sentó su posición desde 1997, eximiendo de responsabilidad penal al cuerpo médico si se daban cuatro circunstancias puntuales, el hecho de que la eutanasia siga siendo un delito desconoce el derecho a la muerte digna. Y con ello se vulnerarían otros derechos más, como la igualdad, la integridad física, el libre desarrollo de la personalidad y el principio de la solidaridad y dignidad humana. En su escrito ponen de ejemplo a los pacientes con lesiones corporales que les ocasionan dolores intensos, pero que no son diagnosticados como enfermedades terminales. A su juicio, aquí hay una clara vulneración.

“Consideramos que la norma realiza una distribución inequitativa y desigual entre dos grupos de ciudadanos, al permitir que uno sea beneficiado del derecho fundamental a la muerte digna, mientras que el otro debe asumir injustamente las consecuencias incalculables de la lesión corporal sin siquiera estipularse el porqué de esta distribución”, escribieron los juristas. De ahí que Porras y Matta consideren que algunos colombianos están altamente expuestos a padecer sufrimientos “crueles e inhumanos” debido a que “no solamente se están vulnerando principios y derechos constitucionales, sino que claramente se está lesionando la dignidad humana como derecho”.

La magistrada Fajardo pidió conceptos de los ministerios de Salud y de Justicia, así como de la Procuraduría, para zanjar esta discusión. Las dos carteras del Gobierno pidieron dejar en firme que la eutanasia sea delito y el Ministerio Público sugirió inhibirse de tomar una decisión de fondo. En sus escritos, el Ministerio de Justicia reseñó que la misma Corte consideró que es el Congreso el llamado a regular el tema. “Se considera deseable que sea el Congreso la instancia que aborde el tema del homicidio por piedad y específicamente la procedencia de la muerte asistida en enfermos no terminales que desean asistencia para dar por terminada su vida”, escribió.

Para la cartera ministerial, el objetivo de la demanda no es tumbar la eutanasia del Código Penal, sino la inclusión o ampliación de las excepciones del fallo de 1997, una observación que comparte la Procuraduría. Desde el Ministerio de Salud señalaron que la regulación colombiana reconoce el derecho a morir dignamente como un proceso: pronóstico, control de síntomas y alivio del sufrimiento. Se busca, en palabras de la entidad, “garantizar el cuidado integral del proceso de muerte para que ninguna persona se vea abocada a adelantar el momento de muerte por falta del cuidado debido”. De ahí que le pidan a la Corte que el artículo del Código Penal quede intacto.

Otra es la historia en el proceso que estudia la magistrada Cristina Pardo, quien ha tenido posturas de corte conservador en otros temas como el aborto. Desde ya, fuentes le dijeron a este diario que podría oponerse a conceder la tutela de Yolanda Chaparro, quien hace casi un mes se convirtió en la paciente número 124 en Colombia en recibir la eutanasia. Su legado será haber vuelto a encender la discusión sobre el derecho a morir dignamente en la opinión pública. Ahora, con estas dos acciones, la atención está puesta en los despachos de Fajardo y Pardo, y sus decisiones de cuál será el debate que le presenten a sus compañeros de Sala Plena, en donde deben discutirse sus ponencias. La discusión no será fácil, pues desde ya se sabe que la Sala está dividida.

Fuentes del alto tribunal le confirmaron a El Espectador que, además de Pardo, los magistrados Gloria Stella Ortiz, Jorge Enrique Ibáñez y Paola Andrea Meneses votarían en contra de ampliar los requisitos para acceder a la eutanasia, cuatro votos decisivos en la decisión de fondo. Mientras el debate en la Sala Plena de la Corte Constitucional se va definiendo y se toman las decisiones finales, el Ministerio de Salud se le adelantó a la discusión. Justamente esta semana la entidad expidió una resolución que establece las reglas para la utilización de este procedimiento, siguiendo lineamientos que ha dado la Corte Constitucional en el pasado, una reglamentación que podría tener su tiempo contado si alguna de las demandas que estudia el alto tribunal prosperan.

La iniciativa de la cartera de Salud es bien recibida por la docente de la Universidad Manuela Beltrán, Leidy Cantor, quien consideró importante que se zanje un debate sobre la definición de los criterios para acceder a esta práctica en la que tanto pacientes como integrantes del sector médico conozcan a ciencia cierta los requisitos de la eutanasia y cómo acceder a ella. La catedrática también puso de presente que el procedimiento es una tema que se debe abordar desde lo que significa esta situación médica y culturalmente, pues, trajo a colación que Colombia, al ser un país con doctrinas religiosas tan arraigadas puede generar conflictos de moralidad.

Por Fernanda Torres Tovar

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Antonio(sa3gs)16 de julio de 2021 - 05:21 p. m.
No necesita más normas hace tiempo se aplica al no atender a los enfermos mire el # de tutelas por luchar por la salud
Claudia(fgx02)16 de julio de 2021 - 02:30 p. m.
Un tema delicado que en países desarrollados ha llevado años, décadas de análisis y discusión ;científicos, expertos en bioetica, médicos y representantes de los estamentos religiosos se han ocupado de ese análisis. No es para aficionados ni abogadillos. Y no se olviden que la vida es un don que Dios da, un regalo que viene con alegrías y sufrimiento. La vida y la muerte están unidas por el mismo hilo
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