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El juez sexto de Ejecución de Penas de Barranquilla le ordenó a la Sociedad de Activos Especiales que haga efectiva la toma de posesión de la vivienda donde actualmente Enilce López alias La Gata, está cumpliendo prisión domiciliaria para hacer efectiva una orden de extinción de dominio que estaba vigente desde 2014. (Le podría interesar: Trasladan a Enilce López a su residencia)
En la decisión de seis páginas el juez David Hassan Saade Morad, aclara que nunca tuvo conocimiento de la medida cautelar que tenía la casa en la que ordenó la prisión domiciliaria para La Gata, “no encuentra el despacho comunicación alguna anterior a la que ahora ocupa nuestra atención, proveniente de algún fiscal o funcionario de la SAE, donde se ponga de presente que el bien inmueble donde se concede la prisión domiciliaria tenga alguna medida cautelar”.
Advierte el juzgado que, en caso de existir omisiones, estas no son atribuibles al juez, “por cuanto según la Ley de Extinción de Dominio, desde el mismo momento en que el ente fiscal procede a la práctica de medidas cautelares, debe efectuar la aprehensión material de dichos bienes, cosa que aparentemente no ha ocurrido siendo que siempre ha vivido allí la hija de la interna”. De otro lado, pide a la defensa de Enilce López notificar el cambio de domicilio donde se cumpliría la detención domiciliaria para iniciar el desalojo de la propiedad.(En contexto:“La Gata” paga prisión domiciliaria en una casa embargada desde 2014).
Esta decisión del juez de Barranquilla se da en respuesta a la solicitud realizada el pasado 31 de enero por parte de la SAE en la que pidió considerar la posibilidad de que La Gata, pague su pena en otro dominio que no esté cursando un proceso de extinción de dominio. (Lea también: Juez otorgó casa por cárcel a "La Gata")
Por su parte, el ministerio Público consideró que López Romero faltó a la verdad, "al no informar la situación particular del bien, por lo que no podía manifestar ni material ni jurídicamente que ese era su lugar de residencia, con lo que obvió los requisitos legales y obtuvo beneficios indebidos". Igualmente le solicitó a la SAE ejercer su facultad de policía administrativa y recuperar la tenencia material de ese bien.
La polémica se inició con un cuestionamiento de la Fiscalía al revelar que López se encontraba pagando su pena en un inmueble embargado desde el 22 de mayo de 2014. El predio está ubicado en la calle 59A # 91 – 42, en Barranquilla. “Se declara legalmente secuestrado el inmueble antes descrito y se informa que sobre este bien también se ordenaron las medidas cautelares de embargo y suspensión del poder dispositivo”, precisó la Fiscalía citando aquel proceso de extinción de dominio.
Enilce López está condenada a 37 años de prisión, de los cuales ha pagado 11, por su responsabilidad en el crimen del vigilante Amaury Fabián Ochoa Torres. Por este homicidio, ocurrido en el 2000, el Tribunal de Bogotá constató sus nexos con los ejércitos privados del paramilitarismo.