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                                                                                                                                "La Gata" tendrá que desalojar la mansión donde paga su condena

                                                                                                                                Un juez de Barranquilla dio vía libre al trámite de embargo y secuestro con fines de extinción de dominio a la casa donde Enilce López. Procuraduría pide revocar la detención domiciliaria.

                                                                                                                                -Redacción Judicial

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                En la decisión de seis páginas el juez David Hassan Saade Morad, aclara que nunca tuvo conocimiento de la medida cautelar que tenía la casa en la que ordenó la prisión domiciliaria para La Gata, “no encuentra el despacho comunicación alguna anterior a la que ahora ocupa nuestra atención, proveniente de algún fiscal o funcionario de la SAE, donde se ponga de presente que el bien inmueble donde se concede la prisión domiciliaria tenga alguna medida cautelar”.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                Por su parte, el ministerio Público consideró que  López Romero faltó a la verdad, "al no informar la situación particular del bien, por lo que no podía manifestar ni material ni jurídicamente que ese era su lugar de residencia, con lo que obvió los requisitos legales y obtuvo beneficios indebidos". Igualmente le solicitó a la SAE ejercer su facultad de policía administrativa y recuperar la tenencia material de ese bien.

                                                                                                                                La polémica se inició con un cuestionamiento de la Fiscalía al revelar que López se encontraba pagando su pena en un inmueble embargado desde el 22 de mayo de 2014. El predio está ubicado en la calle 59A # 91 – 42, en Barranquilla. “Se declara legalmente secuestrado el inmueble antes descrito y se informa que sobre este bien también se ordenaron las medidas cautelares de embargo y suspensión del poder dispositivo”, precisó la Fiscalía citando aquel proceso de extinción de dominio.

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                                                                                                                                Read more!

                                                                                                                                 

                                                                                                                                 

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                En la decisión de seis páginas el juez David Hassan Saade Morad, aclara que nunca tuvo conocimiento de la medida cautelar que tenía la casa en la que ordenó la prisión domiciliaria para La Gata, “no encuentra el despacho comunicación alguna anterior a la que ahora ocupa nuestra atención, proveniente de algún fiscal o funcionario de la SAE, donde se ponga de presente que el bien inmueble donde se concede la prisión domiciliaria tenga alguna medida cautelar”.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                Por su parte, el ministerio Público consideró que  López Romero faltó a la verdad, "al no informar la situación particular del bien, por lo que no podía manifestar ni material ni jurídicamente que ese era su lugar de residencia, con lo que obvió los requisitos legales y obtuvo beneficios indebidos". Igualmente le solicitó a la SAE ejercer su facultad de policía administrativa y recuperar la tenencia material de ese bien.

                                                                                                                                La polémica se inició con un cuestionamiento de la Fiscalía al revelar que López se encontraba pagando su pena en un inmueble embargado desde el 22 de mayo de 2014. El predio está ubicado en la calle 59A # 91 – 42, en Barranquilla. “Se declara legalmente secuestrado el inmueble antes descrito y se informa que sobre este bien también se ordenaron las medidas cautelares de embargo y suspensión del poder dispositivo”, precisó la Fiscalía citando aquel proceso de extinción de dominio.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!

                                                                                                                                 

                                                                                                                                 

                                                                                                                                Por -Redacción Judicial

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