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La JEP le cerró la puerta a Miguel Maza Márquez, exdirector del DAS

La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) señaló que el general retirado no hizo aportes significativos a la verdad en el magnicidio del candidato presidencial Luis Carlos Galán. El antiguo oficial de la Policía fue condenado por su participación en el magnicidio, perpetrado en agosto de 1989.

21 de diciembre de 2022 - 12:55 a. m.
Maza Márquez fue director del desaparecido Departamento Administrativo de Seguridad (DAS), organismo de inteligencia adscrito a la Presidencia.
Maza Márquez fue director del desaparecido Departamento Administrativo de Seguridad (DAS), organismo de inteligencia adscrito a la Presidencia.
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La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) acaba de tomar una decisión clave contra uno de los agentes del Estado que habían solicitado someterse a esta justicia nacida del Acuerdo de Paz con las Farc. La Sala de definición de Situaciones Jurídica acaba de rechazar el sometimiento del exdirector del DAS, el general retirado de la Policía Miguel Maza Márquez. Según este sistema de justicia transicional, el retirado oficial no hizo aportes significativos a la verdad en el magnicidio del candidato presidencial Luis Carlos Galán, perpetrado en agosto de 1989 y por el que fue condenado por la Corte Suprema de Justicia.

Sin embargo, la JEP no descartó que pueda ser procesado en el macrocaso 06, el cual investiga el exterminio que sufrió la Unión Patriótica entre los años ochenta y noventa. “Lo anterior, sin perjuicio de que el señor MAZA MÁRQUEZ pueda ser procesado por la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de Hechos y Conductas como posible máximo responsable en el marco del caso 006, “Victimización de los miembros de la Unión Patriótica (UP)”, u otros macrocasos priorizados por dicha Sala”, dice el documento de 27 páginas.

“No muestra ningún interés en entrar en un proceso restaurativo encaminado a satisfacer, real y efectivamente los derechos de las víctimas a la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición, su caso debe devolverse a la jurisdicción ordinaria (...) Esta Sala no aceptará el sometimiento voluntario a esta jurisdicción de Maza Márquez en calidad de agente del Estado no integrante de la fuerza pública respecto del delito de concierto para delinquir por el cual fue condenado por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia”, señaló la Sala de definición.

La decisión estaba cantada desde enero de 2022. En ese momento, la Sala de Definición rechazó la renuncia que presentó el general (r) en agosto de 2021, con la que intentó frenar su sometimiento ante esa jurisdicción. La renuncia del militar fue presentada porque la JEP no admitió revisar su expediente por el asesinato de Luis Carlos Galán, por el cual está condenado a 30 años de cárcel. Los magistrados de la Sala concluyeron que la comparecencia de Maza Márquez es obligatoria por ser exintegrante de la Fuerza Pública.

Asimismo, la JEP sostuvo que el exdirector del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) debe seguir contribuyendo con información sobre sus presuntos nexos con grupos paramilitares, delito que sí quedó en manos de la JEP y por el cual es investigado en el caso de la Unión Patriótica. De la misma manera la Sala le recordó al militar que él ya había realizado aportes y, por lo tanto, no se podría echar para atrás.

Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

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