La ponencia que podría darle la estocada final al aborto como delito
Se avecinan dos semanas cruciales en la Corte Constitucional para definir el futuro del aborto en Colombia. El Espectador revela detalles de la segunda ponencia que llegó a los despachos de los magistrados y que, como la primera, pide despenalizar por completo esté procedimiento médico.
María José Medellín Cano
Juan David Laverde Palma
Falta un voto para despenalizar completamente el aborto en Colombia. Y ese voto, si es que llega, tendrá que ser femenino. Así de decisiva es la situación en la Corte Constitucional, que ya tiene las dos ponencias que podrían hacer realidad este cambio histórico. Ambas proponen, con todo tipo de argumentos jurídicos y conceptos de expertos, que el aborto en el país deje de ser un delito y cualquier mujer, niña o persona gestante pueda acceder a este procedimiento médico. Los detalles de una de ellas, cuyo autor es el magistrado Antonio José Lizarazo, estaban en secreto. Aunque se rumoraba que pedía su despenalización, hasta hoy no se conocía su contenido.
En contexto: El aborto: lo que está pasando en la Corte Constitucional
El Espectador tuvo acceso a las 192 páginas de ese proyecto de fallo, que le da las puntadas finales a un debate para alquilar balcón en la Sala Plena. Lizarazo estudió la demanda del movimiento feminista Causa Justa, compuesto por más de 45 organizaciones que trabajan en favor de los derechos de las mujeres. Al igual que su colega Alberto Rojas Ríos, el magistrado ponente planteó que es necesario y urgente despenalizar este procedimiento médico en Colombia. En palabras sencillas, el jurista Lizarazo expone la tesis de que el delito del aborto ni funciona como política criminal, ni protege la vida en gestación y tampoco respeta la Constitución Política. Por el contrario, asegura que con la persecución criminal a quienes buscan abortar, se violan varios derechos fundamentales.
Por ejemplo, los derechos de mujeres, niñas y personas gestantes a tener una salud reproductiva y a tener una vida con libertad de conciencia. Sobre el primero, Lizarazo hizo un juicioso estudio de cómo la jurisprudencia nacional ha avanzado para entender que hoy el derecho a la salud tiene que ver directamente con la salud reproductiva de cualquier persona y que, por encima de cualquier circunstancia, el Estado debe hacer todo lo que esté a su alcance para protegerlo. Eso incluye eliminar todas las barreras que existan para su protección. Por eso, para el magistrado ponente, uno de esos obstáculos es, precisamente, el hecho de que el aborto sea un delito. Lizarazo asegura que la penalización “afecta intensamente la obligación de respeto frente al derecho a la salud”.
Le puede interesar: El 62% de los colombianos está de acuerdo con la legalización del aborto
El magistrado ponente recopiló los conceptos que recibió de entidades como el Ministerio de Salud, la Fiscalía y organizaciones internacionales, en donde quedó claro que la persecución penal a quienes buscan abortar termina convirtiéndose en un problema de salud pública. Según esas intervenciones, esta penalización obliga a que los ciudadanos acudan a abortos inseguros, situación que se refleja en las tasas de mortalidad y morbilidad maternas, entre otros asuntos que atentan contra los derechos de las mujeres y niñas, lo cual puede ser reducido con la descriminalización del aborto consentido. “Estas recomendaciones y observaciones, entre otras, adquieren la mayor relevancia, máxime cuando las situaciones que se ponen de presente no son ajenas a la realidad nacional”, dice la ponencia.
A manera de ejemplo, Lizarazo señala que la dimensión de esta problemática en Colombia es tal, que el mismo Ministerio de Salud asegura que se estima que cada año un total de 132.000 mujeres sufren complicaciones debido al aborto inducido practicado en condiciones clandestinas y probablemente inseguras. Una grave situación que existe, a pesar de una legislación que despenaliza parcialmente el aborto en tres circunstancias: en casos de violación, malformaciones del feto y peligro de muerte de la madre. Por eso, su propuesta en la ponencia es despenalizar el aborto por completo, no solo para que Estado proteja el derecho a la salud reproductiva de sus ciudadanos, sino también para acabar con esa afectación intensa que viven mujeres, niñas y personas gestantes.
Lea: Ponencia plantea que el aborto no sea delito porque se discrimina a las mujeres
El proyecto de fallo del magistrado Antonio José Lizarazo es implacable respecto a lo que considera una violación al derecho fundamental de la libertad de conciencia. Para él, existe una vulneración cuando se considera que el aborto es un delito. El ponente arranca este capítulo de la ponencia explicando que, cuando un estado persigue a una persona que quiere decidir sobre su descendencia a partir de sus propias convicciones, se genera una intervención completamente desproporcionada. “Lo anterior deriva en la imposición de una manera específica de proceder, que en este caso implica tener que asumir la maternidad, aun en contra de la propia voluntad, aspecto que afecta de manera intensa la libertad de conciencia de las mujeres, las niñas y las personas gestantes”, se lee en el documento.
Para Lizarazo, la decisión de procrear o de no hacerlo, es un asunto personalísimo, individual e intransferible y nadie, ni siquiera el Estado, debe intervenir. Por el contrario, debe prevalecer la autonomía reproductiva. La ponencia asegura además que la afectación al derecho de la libertad de conciencia con la regulación actual es intensa, pues se está perjudicando el proyecto de vida personal. “La decisión de llevar un embarazo a término tiene múltiples y profundas implicaciones personales, familiares, sociales, culturales y religiosas. Por esta razón, las consecuencias de una decisión tan determinante en la vida de una persona solo pueden ser sopesadas de manera individual por la persona que se encuentra en esta situación, porque es ella quien asumirá sus efectos”, expresa Lizarazo.
Le puede interesar: ‘Hay una confusión enorme porque el aborto es derecho y delito’: demandante
Sobre este punto, el magistrado ponente fue certero: que el Estado coaccione a una mujer, niña o persona gestante a llevar un embarazo a término, con la advertencia de que si no lo hace va a incurrir en un delito y, eventualmente, aplicará una sanción (la cárcel en este caso), da lugar a una afectación intensa a la libertad de conciencia. Lizarazo señala que esta situación empeora todavía más cuando se tiene en cuenta que, para él, existen medios más efectivos para proteger, respetar y garantizar la vida en gestación y que no generan una intromisión tan severa en la libertad de quienes buscan interrumpir voluntariamente un embarazo. Por eso, propone fortalecer campañas de educación sexual y reproductiva, y alternativas como la asistencia social, sicosocial y prestacional en favor de la madre gestante.
Para Lizarazo, es necesario y pertinente que la Corte estudie de nuevo el tema del aborto, a la luz del nuevo contexto en el que se encuentra el país y la evidencia que existe de la violación a los derechos de las mujeres y las barreras a las que se enfrentan cuando pueden abortar bajo las tres causales permitidas. En su ponencia, el magistrado asegura que no existe la cosa juzgada, uno de los argumentos que más han calado en la Sala Plena y que apunta a que el alto tribunal no tiene autoridad para volver a pronunciarse por un tema que ya analizó en 2006. Por el contrario, Lizarazo considera que en esta oportunidad se trata de un debate completamente nuevo, pues el foco no son las tres causales, sino uno mucho más profundo: la vulneración de los derechos de las mujeres, niñas y personas gestantes.
Lea: ¿Qué tienen en común el delito de aborto con la criminalización del VIH?
Por la gravedad del asunto y la intensa afectación a los derechos que plantea Lizarazo, el ponente quiere que la Corte deje de pedirle al Congreso que regule el asunto del aborto. La propuesta de Lizarazo es que sean el Ministerio de Salud y el Gobierno mismo los encargados de sentar las reglas para poder abortar sin restricciones, pues es claro que existe “una grave omisión del legislador para regular la materia”. De ser aprobado este punto de la ponencia, la cartera ministerial tendría máximo dos años para emitir una política pública acorde con la idea de que el aborto no puede ser un delito en Colombia y no puede seguir siendo una herramienta de desprotección para las mujeres, niñas y personas gestantes.
Así está la balanza
Si Lizarazo logra convencer a varios de sus compañeros de que no existe la cosa juzgada, el debate en la Sala Plena podría ponerse todavía más candente. Para lograrlo, el magistrado tiene un apoyo clave: el de Alberto Rojas Ríos, el ponente de otro proyecto de fallo que también busca la despenalización total del aborto, principalmente basado en el argumento de que el aborto es una práctica que discrimina a la mujer. Esa ponencia, que también reveló este diario, ya está en los despachos de los magistrados, que estudian a toda marcha las más de 300 páginas de ambos documentos. Aunque todavía lo hacen por separado, los ponentes no descartan la idea de unir ambos proyectos para concretar el debate y unir esfuerzos para lograr la despenalización.
Aunque el debate está por comenzar, ya se conocen las posturas de los magistrados, pues las han expresado en expedientes anteriores. Situación clave para entender hacia qué lado podría inclinarse la Corte en esta ocasión. En la esquina de los votos negativos están Cristian Pardo, quien defiende la protección de la vida desde su concepción y no comparte la jurisprudencia sentada en 2006; Jorge Enrique Ibáñez, quien también se inclina por el argumento de la protección de la vida desde la concepción y también ha expresado que existe la cosa juzgada (aunque no descartaría la posibilidad de realizar un estudio para una causal más), y Paola Meneses, la única de los nueve magistrados que no ha participado de un debate similar, pero que se espera que vote en contra por sus posiciones conservadoras.
Especiales: “Aborto es vida”: el mensaje de las mujeres a la Corte Constitucional
También está Gloria Stella Ortiz, quien ha defendido en anteriores ocasiones que en el tema del aborto existe la cosa juzgada. Así, los votos en contra son cuatro. Del lado del voto positivo están los ponentes, Alberto Rojas y Antonio Lizarazo, y también dos magistrados que han dejado claro, en debates pasados, que están de acuerdo con la despenalización: José Fernando Reyes y Alejandro Linares. En total, cuatro votos. Por eso, el desempate podría estar en cabeza de la magistrada Diana Fajardo, quien ha defendido la idea de que el aborto debe ser un tema regulado por el Congreso y no por la Corte, pero que podría cambiar de posición pues ambos ponentes aseguran que ha existido una omisión histórica del legislativo para tratar este tema.
Aunque tampoco se descarta que la magistrada Ortiz se una a los votos del sí, en todo caso el desempate será femenino. Durante los próximos 15 días no habrá un tema más sensible en el corazón de la Corte Constitucional que el del aborto. Quedan dos semanas exactamente para que el alto tribunal pueda dar la noticia del año y marcar un hito en la jurisprudencia del país. Las dos ponencias, revolucionarias en cada punto, pasarán al arduo debate en la Sala Plena. Está en juego la protección de los derechos de las mujeres, niñas y personas gestantes y el esfuerzo más relevante de parte de la ciudadanía en los últimos años para avanzar en la despenalización del único delito que es de género.
Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.
Falta un voto para despenalizar completamente el aborto en Colombia. Y ese voto, si es que llega, tendrá que ser femenino. Así de decisiva es la situación en la Corte Constitucional, que ya tiene las dos ponencias que podrían hacer realidad este cambio histórico. Ambas proponen, con todo tipo de argumentos jurídicos y conceptos de expertos, que el aborto en el país deje de ser un delito y cualquier mujer, niña o persona gestante pueda acceder a este procedimiento médico. Los detalles de una de ellas, cuyo autor es el magistrado Antonio José Lizarazo, estaban en secreto. Aunque se rumoraba que pedía su despenalización, hasta hoy no se conocía su contenido.
En contexto: El aborto: lo que está pasando en la Corte Constitucional
El Espectador tuvo acceso a las 192 páginas de ese proyecto de fallo, que le da las puntadas finales a un debate para alquilar balcón en la Sala Plena. Lizarazo estudió la demanda del movimiento feminista Causa Justa, compuesto por más de 45 organizaciones que trabajan en favor de los derechos de las mujeres. Al igual que su colega Alberto Rojas Ríos, el magistrado ponente planteó que es necesario y urgente despenalizar este procedimiento médico en Colombia. En palabras sencillas, el jurista Lizarazo expone la tesis de que el delito del aborto ni funciona como política criminal, ni protege la vida en gestación y tampoco respeta la Constitución Política. Por el contrario, asegura que con la persecución criminal a quienes buscan abortar, se violan varios derechos fundamentales.
Por ejemplo, los derechos de mujeres, niñas y personas gestantes a tener una salud reproductiva y a tener una vida con libertad de conciencia. Sobre el primero, Lizarazo hizo un juicioso estudio de cómo la jurisprudencia nacional ha avanzado para entender que hoy el derecho a la salud tiene que ver directamente con la salud reproductiva de cualquier persona y que, por encima de cualquier circunstancia, el Estado debe hacer todo lo que esté a su alcance para protegerlo. Eso incluye eliminar todas las barreras que existan para su protección. Por eso, para el magistrado ponente, uno de esos obstáculos es, precisamente, el hecho de que el aborto sea un delito. Lizarazo asegura que la penalización “afecta intensamente la obligación de respeto frente al derecho a la salud”.
Le puede interesar: El 62% de los colombianos está de acuerdo con la legalización del aborto
El magistrado ponente recopiló los conceptos que recibió de entidades como el Ministerio de Salud, la Fiscalía y organizaciones internacionales, en donde quedó claro que la persecución penal a quienes buscan abortar termina convirtiéndose en un problema de salud pública. Según esas intervenciones, esta penalización obliga a que los ciudadanos acudan a abortos inseguros, situación que se refleja en las tasas de mortalidad y morbilidad maternas, entre otros asuntos que atentan contra los derechos de las mujeres y niñas, lo cual puede ser reducido con la descriminalización del aborto consentido. “Estas recomendaciones y observaciones, entre otras, adquieren la mayor relevancia, máxime cuando las situaciones que se ponen de presente no son ajenas a la realidad nacional”, dice la ponencia.
A manera de ejemplo, Lizarazo señala que la dimensión de esta problemática en Colombia es tal, que el mismo Ministerio de Salud asegura que se estima que cada año un total de 132.000 mujeres sufren complicaciones debido al aborto inducido practicado en condiciones clandestinas y probablemente inseguras. Una grave situación que existe, a pesar de una legislación que despenaliza parcialmente el aborto en tres circunstancias: en casos de violación, malformaciones del feto y peligro de muerte de la madre. Por eso, su propuesta en la ponencia es despenalizar el aborto por completo, no solo para que Estado proteja el derecho a la salud reproductiva de sus ciudadanos, sino también para acabar con esa afectación intensa que viven mujeres, niñas y personas gestantes.
Lea: Ponencia plantea que el aborto no sea delito porque se discrimina a las mujeres
El proyecto de fallo del magistrado Antonio José Lizarazo es implacable respecto a lo que considera una violación al derecho fundamental de la libertad de conciencia. Para él, existe una vulneración cuando se considera que el aborto es un delito. El ponente arranca este capítulo de la ponencia explicando que, cuando un estado persigue a una persona que quiere decidir sobre su descendencia a partir de sus propias convicciones, se genera una intervención completamente desproporcionada. “Lo anterior deriva en la imposición de una manera específica de proceder, que en este caso implica tener que asumir la maternidad, aun en contra de la propia voluntad, aspecto que afecta de manera intensa la libertad de conciencia de las mujeres, las niñas y las personas gestantes”, se lee en el documento.
Para Lizarazo, la decisión de procrear o de no hacerlo, es un asunto personalísimo, individual e intransferible y nadie, ni siquiera el Estado, debe intervenir. Por el contrario, debe prevalecer la autonomía reproductiva. La ponencia asegura además que la afectación al derecho de la libertad de conciencia con la regulación actual es intensa, pues se está perjudicando el proyecto de vida personal. “La decisión de llevar un embarazo a término tiene múltiples y profundas implicaciones personales, familiares, sociales, culturales y religiosas. Por esta razón, las consecuencias de una decisión tan determinante en la vida de una persona solo pueden ser sopesadas de manera individual por la persona que se encuentra en esta situación, porque es ella quien asumirá sus efectos”, expresa Lizarazo.
Le puede interesar: ‘Hay una confusión enorme porque el aborto es derecho y delito’: demandante
Sobre este punto, el magistrado ponente fue certero: que el Estado coaccione a una mujer, niña o persona gestante a llevar un embarazo a término, con la advertencia de que si no lo hace va a incurrir en un delito y, eventualmente, aplicará una sanción (la cárcel en este caso), da lugar a una afectación intensa a la libertad de conciencia. Lizarazo señala que esta situación empeora todavía más cuando se tiene en cuenta que, para él, existen medios más efectivos para proteger, respetar y garantizar la vida en gestación y que no generan una intromisión tan severa en la libertad de quienes buscan interrumpir voluntariamente un embarazo. Por eso, propone fortalecer campañas de educación sexual y reproductiva, y alternativas como la asistencia social, sicosocial y prestacional en favor de la madre gestante.
Para Lizarazo, es necesario y pertinente que la Corte estudie de nuevo el tema del aborto, a la luz del nuevo contexto en el que se encuentra el país y la evidencia que existe de la violación a los derechos de las mujeres y las barreras a las que se enfrentan cuando pueden abortar bajo las tres causales permitidas. En su ponencia, el magistrado asegura que no existe la cosa juzgada, uno de los argumentos que más han calado en la Sala Plena y que apunta a que el alto tribunal no tiene autoridad para volver a pronunciarse por un tema que ya analizó en 2006. Por el contrario, Lizarazo considera que en esta oportunidad se trata de un debate completamente nuevo, pues el foco no son las tres causales, sino uno mucho más profundo: la vulneración de los derechos de las mujeres, niñas y personas gestantes.
Lea: ¿Qué tienen en común el delito de aborto con la criminalización del VIH?
Por la gravedad del asunto y la intensa afectación a los derechos que plantea Lizarazo, el ponente quiere que la Corte deje de pedirle al Congreso que regule el asunto del aborto. La propuesta de Lizarazo es que sean el Ministerio de Salud y el Gobierno mismo los encargados de sentar las reglas para poder abortar sin restricciones, pues es claro que existe “una grave omisión del legislador para regular la materia”. De ser aprobado este punto de la ponencia, la cartera ministerial tendría máximo dos años para emitir una política pública acorde con la idea de que el aborto no puede ser un delito en Colombia y no puede seguir siendo una herramienta de desprotección para las mujeres, niñas y personas gestantes.
Así está la balanza
Si Lizarazo logra convencer a varios de sus compañeros de que no existe la cosa juzgada, el debate en la Sala Plena podría ponerse todavía más candente. Para lograrlo, el magistrado tiene un apoyo clave: el de Alberto Rojas Ríos, el ponente de otro proyecto de fallo que también busca la despenalización total del aborto, principalmente basado en el argumento de que el aborto es una práctica que discrimina a la mujer. Esa ponencia, que también reveló este diario, ya está en los despachos de los magistrados, que estudian a toda marcha las más de 300 páginas de ambos documentos. Aunque todavía lo hacen por separado, los ponentes no descartan la idea de unir ambos proyectos para concretar el debate y unir esfuerzos para lograr la despenalización.
Aunque el debate está por comenzar, ya se conocen las posturas de los magistrados, pues las han expresado en expedientes anteriores. Situación clave para entender hacia qué lado podría inclinarse la Corte en esta ocasión. En la esquina de los votos negativos están Cristian Pardo, quien defiende la protección de la vida desde su concepción y no comparte la jurisprudencia sentada en 2006; Jorge Enrique Ibáñez, quien también se inclina por el argumento de la protección de la vida desde la concepción y también ha expresado que existe la cosa juzgada (aunque no descartaría la posibilidad de realizar un estudio para una causal más), y Paola Meneses, la única de los nueve magistrados que no ha participado de un debate similar, pero que se espera que vote en contra por sus posiciones conservadoras.
Especiales: “Aborto es vida”: el mensaje de las mujeres a la Corte Constitucional
También está Gloria Stella Ortiz, quien ha defendido en anteriores ocasiones que en el tema del aborto existe la cosa juzgada. Así, los votos en contra son cuatro. Del lado del voto positivo están los ponentes, Alberto Rojas y Antonio Lizarazo, y también dos magistrados que han dejado claro, en debates pasados, que están de acuerdo con la despenalización: José Fernando Reyes y Alejandro Linares. En total, cuatro votos. Por eso, el desempate podría estar en cabeza de la magistrada Diana Fajardo, quien ha defendido la idea de que el aborto debe ser un tema regulado por el Congreso y no por la Corte, pero que podría cambiar de posición pues ambos ponentes aseguran que ha existido una omisión histórica del legislativo para tratar este tema.
Aunque tampoco se descarta que la magistrada Ortiz se una a los votos del sí, en todo caso el desempate será femenino. Durante los próximos 15 días no habrá un tema más sensible en el corazón de la Corte Constitucional que el del aborto. Quedan dos semanas exactamente para que el alto tribunal pueda dar la noticia del año y marcar un hito en la jurisprudencia del país. Las dos ponencias, revolucionarias en cada punto, pasarán al arduo debate en la Sala Plena. Está en juego la protección de los derechos de las mujeres, niñas y personas gestantes y el esfuerzo más relevante de parte de la ciudadanía en los últimos años para avanzar en la despenalización del único delito que es de género.
Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.